1. Objeto y finalidad.
1. La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria de
concesión de subvenciones del año 2015 para fomentar la investigación en medicina
personalizada en etapas avanzadas de aplicación en el ámbito clínico.
2. Serán susceptibles de financiación proyectos de calidad contrastada en medicina
personalizada basados en experiencias preliminares que permitan obtener beneficios
tangibles para los pacientes y que proporcionen evidencias para su implantación en el SNS
a las autoridades sanitarias.
3. Con esta actuación se pretende:
a) Potenciar la investigación traslacional sobre medicina personalizada para acercarla
a la práctica clínica.
b) Favorecer la transferencia y aplicación del conocimiento científico – técnico a la
mejora en la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades específicas mediante
el uso de información genómica con una orientación clara al paciente individual y no al
descubrimiento de nuevos marcadores genéticos de enfermedades.
c) Proporcionar evidencia científica sobre el análisis de coste – efectividad de la
aplicación de la información genómica en el entorno de una medicina personalizada en el
cuidado de la salud en el marco del Sistema Nacional de Salud.
d) Agregar capacidades y fomentar las sinergias entre los grupos científicos de los
Institutos de Investigación Sanitaria (en adelante, IIS) y entre estos y otras instituciones
públicas o privadas sin ánimo de lucro con objetivos I+D+I en Biomedicina y Ciencias de
la Salud.
3. Beneficiarios.
Únicamente podrán ser beneficiarios de esta actuación los IIS acreditados de acuerdo
a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, sobre acreditación de
institutos de investigación sanitaria (todas las referencias a los IIS incluidas en la presente
Resolución se refieren a los acreditados según el citado Real Decreto 339/2004, de 27 de
febrero), si bien podrán formar parte del proyecto grupos de otro tipo de entidades. Estas
últimas deberán cumplir los requisitos indicados en el artículo 4 de la Orden de bases.
9. Solicitudes y documentación. Forma y plazo de presentación.
1. Los interesados cumplimentarán y presentarán la documentación normalizada
disponible en la sede electrónica del ISCIII https://sede.isciii.gob.es, en Trámites más
usados. Acción Estratégica en Salud. Ayudas y Subvenciones.
En esta misma dirección de la sede electrónica del ISCIII se publicará toda la
información que se produzca a lo largo de la tramitación de esta convocatoria.
2. La forma de presentación de la solicitud y restante documentación será una de las
siguientes:
a) Mediante la aplicación informática sin certificado electrónico habilitada en la citada
dirección electrónica.
Una vez generada la solicitud en la aplicación informática, se deberá imprimir y firmar
por el representante legal de la entidad solicitante para su entrega, en el Registro General
del ISCIII, avenida de Monforte de Lemos, 5, 28029 Madrid, o en cualquiera de las formas
previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante
Ley 30/1992, de 26 de noviembre).
Cuando se opte por presentar las solicitudes y la restante documentación en una
oficina de correos de España, se hará en sobre abierto para que el modelo normalizado de
solicitud sea fechado y sellado por el funcionario de correos antes de ser certificado.
Cuando los solicitantes presenten su solicitud en el extranjero, podrán hacerlo en las
representaciones diplomáticas o en las oficinas consulares de España en el extranjero.
Los servicios de correos extranjeros, públicos o privados, y los envíos realizados mediante
mensajería, no son registros válidos a efectos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por
lo que si se presenta una solicitud ante uno de estos servicios, la fecha de registro que se
tome en consideración será la que corresponda a la de recepción en un registro válido.
b) Alternativamente a la forma de presentación descrita en la letra a), los interesados
podrán presentar la solicitud y restante documentación ante el registro electrónico del ISCIII. ...
4. El plazo de presentación de las solicitudes y de la restante documentación
necesaria será desde la fecha de entrada en vigor de la resolución al 14 de septiembre
de 2015, ambos inclusive. En todos los casos el plazo para la generación de la solicitud
finalizará a las 15:00 horas, hora peninsular, del día de finalización indicado.
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