AYUNTAMIENTO DE BIGASTRO. El Ayuntamiento en pleno, ha aprobado, mediante acuerdo adoptado en sesión ordinaria de fecha 31 de mayo de 2010, la convocatoria de pruebas selectivas para la provisión como funcionario de carrera de dos plazas de Agente de la Policía Local, una por turno libre y una por turno de movilidad, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, encuadradas en la Escala Básica, categoría de Agente, con nivel C1 de titulación, correspondiente a la oferta de empleo público de 2008 del Excelentísimo Ayuntamiento de Bigastro, con sujeción a las siguientes:
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN COMO FUNCIONARIO DE CARRERA DE DOS PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL, UNA POR TURNO LIBRE Y UNA POR TURNO DE MOVILIDAD, CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2008 DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE BIGASTRO.
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR EL PROCEDIMIENTO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN COMO FUNCIONARIO DE CARRERA DE DOS PLAZAS DE AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL, UNA POR TURNO LIBRE Y UNA POR TURNO DE MOVILIDAD, CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2008 DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE BIGASTRO.
1.- Objeto de la convocatoria. Bases de la convocatoria para proveer en propiedad dos plazas vacantes en la plantilla de este Ayuntamiento, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, encuadradas en la Escala Básica, categoría de agente, con nivel C1 de titulación.
Las plazas convocadas se cubrirán una de ellas por el turno libre, mediante el sistema de oposición y, la otra por el turno de movilidad, mediante el sistema de concurso de méritos entre funcionarios perteneciente a otros cuerpos de Policía Local de la Comunidad Valenciana (anexo I, D. 88/01). Si la plaza ofertada por turno de movilidad no fuera cubierta por este procedimiento de selección, incrementará las que hayan de ser provistas por oposición libre. A las plazas convocadas podrán agregarse las vacantes que se hubieren producido hasta su celebración. Una vez cubiertas las plazas en propiedad, el resto de los aspirantes que hayan superado, la prueba psicotécnica, pasarán a constituir en el mismo orden de la puntuación obtenida una bolsa de trabajo para cubrir las posibles bajas y/o vacantes interinas que se produzcan en un futuro.
2.- Condiciones de los/las aspirantes. Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas, los/las aspirantes, deberán reunir los siguientes requisitos, referidos al día en que finalice el plazo de admisión de solicitudes:
2.1. Turno libre.
a) Tener la nacionalidad española.
b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se recogen en el anexo I de estas bases, y tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
d) Tener cumplidos dieciocho años, sin exceder de la edad de treinta años. A los solos efectos de la edad máxima, se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente a la Administración Local como Policía Local o Auxiliar de Policía Local.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
f) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw. o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw./Kg.
3.- Presentación de instancias y documentación anexa. 3.1.- En las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria, que deberán estar debidamente cumplimentadas, manifestarán los/as aspirantes que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, y que aceptan en todos sus extremos las presentes bases, indicando además si se presentan por el turno libre o concurso de méritos por movilidad. Igualmente el modelo contendrá obligatoriamente el compromiso de prestar juramento o promesa posesoria en la forma prevista por la legislación vigente. Las instancias irán dirigidas al señor alcalde-presidente, debiendo presentarse en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento (Plaza de la Constitución, 1), o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/92, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Las plazas convocadas se cubrirán una de ellas por el turno libre, mediante el sistema de oposición y, la otra por el turno de movilidad, mediante el sistema de concurso de méritos entre funcionarios perteneciente a otros cuerpos de Policía Local de la Comunidad Valenciana (anexo I, D. 88/01). Si la plaza ofertada por turno de movilidad no fuera cubierta por este procedimiento de selección, incrementará las que hayan de ser provistas por oposición libre. A las plazas convocadas podrán agregarse las vacantes que se hubieren producido hasta su celebración. Una vez cubiertas las plazas en propiedad, el resto de los aspirantes que hayan superado, la prueba psicotécnica, pasarán a constituir en el mismo orden de la puntuación obtenida una bolsa de trabajo para cubrir las posibles bajas y/o vacantes interinas que se produzcan en un futuro.
2.- Condiciones de los/las aspirantes. Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas selectivas, los/las aspirantes, deberán reunir los siguientes requisitos, referidos al día en que finalice el plazo de admisión de solicitudes:
2.1. Turno libre.
a) Tener la nacionalidad española.
b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se recogen en el anexo I de estas bases, y tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
d) Tener cumplidos dieciocho años, sin exceder de la edad de treinta años. A los solos efectos de la edad máxima, se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente a la Administración Local como Policía Local o Auxiliar de Policía Local.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
f) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw. o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw./Kg.
3.- Presentación de instancias y documentación anexa. 3.1.- En las instancias solicitando tomar parte en la presente convocatoria, que deberán estar debidamente cumplimentadas, manifestarán los/as aspirantes que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, y que aceptan en todos sus extremos las presentes bases, indicando además si se presentan por el turno libre o concurso de méritos por movilidad. Igualmente el modelo contendrá obligatoriamente el compromiso de prestar juramento o promesa posesoria en la forma prevista por la legislación vigente. Las instancias irán dirigidas al señor alcalde-presidente, debiendo presentarse en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento (Plaza de la Constitución, 1), o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/92, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
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