Consejería de Educación, Ciencia y Cultura
Resolución de 16/07/2010, de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, por la que se convoca proceso para la constitución de bolsas de trabajo de funcionarios docentes interinos de los Cuerpos de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y artes escénicas, Profesores de Artes plásticas y diseño y Cuerpo de Maestros. [2010/12148]
Resolución de 16/07/2010, de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, por la que se convoca proceso para la constitución de bolsas de trabajo de funcionarios docentes interinos de los Cuerpos de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y artes escénicas, Profesores de Artes plásticas y diseño y Cuerpo de Maestros. [2010/12148]
Bases
1.1 Alcance de la convocatoria.- De conformidad con lo establecido en el punto séptimo de la Resolución de 23-de Abril de 2004, de la Secretaría General Técnica ( D.O.C.M. de 30-04-2004) por la que se dispone la publicación del Acuerdo Marco de ordenación y gestión de listas de aspirantes a interinidades, se convoca proceso selectivo para constituir las bolsas de trabajo que se relacionan a continuación, al objeto de cubrir con funcionarios docentes interinos las vacantes y sustituciones cuya cobertura resultara necesaria y urgente y no fuera posible, por no existir o por haberse agotado previamente, cubrir aquéllas con los integrantes de bolsas ya constituidas.
Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional
Instalación y Mantenimiento de Equipos Térmicos y Fluidos
Oficina de Proyectos de Construcción
Procedimientos de Diagnóstico Clínico y Productos Ortoprotésicos
Servicios de Restauración
Sistemas y Aplicaciones Informáticas
Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas
Canto
Contrabajo
Fundamentos de Composición
Guitarra Flamenca
Instrumentos de Púa
Oboe
Lenguaje Musical
Saxofón
Viola
Violín
Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño
Diseño Gráfico
Cuerpo de Maestros
Especialidad de Lenguas Extranjeras ( Inglés)
1.2 El sistema de selección consistirá en un concurso de méritos, de acuerdo con el baremo de méritos que se publica como Anexo VI junto a esta Resolución.
1.1 Alcance de la convocatoria.- De conformidad con lo establecido en el punto séptimo de la Resolución de 23-de Abril de 2004, de la Secretaría General Técnica ( D.O.C.M. de 30-04-2004) por la que se dispone la publicación del Acuerdo Marco de ordenación y gestión de listas de aspirantes a interinidades, se convoca proceso selectivo para constituir las bolsas de trabajo que se relacionan a continuación, al objeto de cubrir con funcionarios docentes interinos las vacantes y sustituciones cuya cobertura resultara necesaria y urgente y no fuera posible, por no existir o por haberse agotado previamente, cubrir aquéllas con los integrantes de bolsas ya constituidas.
Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional
Instalación y Mantenimiento de Equipos Térmicos y Fluidos
Oficina de Proyectos de Construcción
Procedimientos de Diagnóstico Clínico y Productos Ortoprotésicos
Servicios de Restauración
Sistemas y Aplicaciones Informáticas
Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas
Canto
Contrabajo
Fundamentos de Composición
Guitarra Flamenca
Instrumentos de Púa
Oboe
Lenguaje Musical
Saxofón
Viola
Violín
Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño
Diseño Gráfico
Cuerpo de Maestros
Especialidad de Lenguas Extranjeras ( Inglés)
1.2 El sistema de selección consistirá en un concurso de méritos, de acuerdo con el baremo de méritos que se publica como Anexo VI junto a esta Resolución.
2. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1 Requisitos generales. Para ser admitidas a la realización del procedimiento, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español / a o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles/ as y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo y especialidad a que se opta.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
e) No ser funcionario/ a de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo Cuerpo al que se refiera la convocatoria.
f) No estar integrado/ a en una bolsa vigente de la misma especialidad gestionada por la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura.
g) No estar prestando servicios docentes en centros públicos del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha, o haberlos prestado, en la especialidad a la que desea presentarse el ó la aspirante, con referencia al actual curso 2009/10.
Con carácter previo al nombramiento como funcionario o funcionaria interinos, las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. La prueba se calificará de apto o no apto, siendo necesario obtener la valoración de apto para ser nombrado funcionario interino.
2.2 Requisitos específicos.
a) Los aspirantes deberán acreditar alguna de las titulaciones que se relacionan en el Anexo III para cada especialidad.
Los aspirantes que opten para la especialidad de Inglés del Cuerpo de Maestros deberán estar en posesión del título de Maestro ó equivalente. (Profesor/ a de EGB, Maestro/ a de Primera Enseñanza) y reunir el requisito de habilitación correspondiente a la especialidad convocada.
b) Las personas aspirantes que deseen optar a centros bilingües acreditarán que poseen la competencia lingüística, mediante la presentación de alguna de las titulaciones que se relacionan en el Anexo IV como requisitos y titulaciones para acreditar la competencia lingüística para desempeñar puestos en centros Bilingües / Secciones Europeas.
Todas las condiciones y requisitos enumerados en los puntos 2.1 y 2.2 se deberán reunir y acreditar en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el nombramiento como funcionario ó funcionaria interino / a.
3. Solicitudes y documentación. 3.1 - La solicitud de participación se presentará electrónicamente, a través del Portal de Educación, www.educa.jccm.es, pudiendo ser registrada de forma telemática. En caso de optar por el registro convencional el/la aspirante deberá imprimir dos copias de dicha solicitud, que serán registradas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, y en la sede de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, así como en cualquiera de los lugares habilitados por el artículo 38 de la Ley 30/92, de Procedimiento Administrativo y Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
2.1 Requisitos generales. Para ser admitidas a la realización del procedimiento, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español / a o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles/ as y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo y especialidad a que se opta.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
e) No ser funcionario/ a de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo Cuerpo al que se refiera la convocatoria.
f) No estar integrado/ a en una bolsa vigente de la misma especialidad gestionada por la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura.
g) No estar prestando servicios docentes en centros públicos del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha, o haberlos prestado, en la especialidad a la que desea presentarse el ó la aspirante, con referencia al actual curso 2009/10.
Con carácter previo al nombramiento como funcionario o funcionaria interinos, las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. La prueba se calificará de apto o no apto, siendo necesario obtener la valoración de apto para ser nombrado funcionario interino.
2.2 Requisitos específicos.
a) Los aspirantes deberán acreditar alguna de las titulaciones que se relacionan en el Anexo III para cada especialidad.
Los aspirantes que opten para la especialidad de Inglés del Cuerpo de Maestros deberán estar en posesión del título de Maestro ó equivalente. (Profesor/ a de EGB, Maestro/ a de Primera Enseñanza) y reunir el requisito de habilitación correspondiente a la especialidad convocada.
b) Las personas aspirantes que deseen optar a centros bilingües acreditarán que poseen la competencia lingüística, mediante la presentación de alguna de las titulaciones que se relacionan en el Anexo IV como requisitos y titulaciones para acreditar la competencia lingüística para desempeñar puestos en centros Bilingües / Secciones Europeas.
Todas las condiciones y requisitos enumerados en los puntos 2.1 y 2.2 se deberán reunir y acreditar en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el nombramiento como funcionario ó funcionaria interino / a.
3. Solicitudes y documentación. 3.1 - La solicitud de participación se presentará electrónicamente, a través del Portal de Educación, www.educa.jccm.es, pudiendo ser registrada de forma telemática. En caso de optar por el registro convencional el/la aspirante deberá imprimir dos copias de dicha solicitud, que serán registradas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, y en la sede de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, así como en cualquiera de los lugares habilitados por el artículo 38 de la Ley 30/92, de Procedimiento Administrativo y Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
3.1.1.- Acceso de los /las Aspirantes a interinidades. Para poder acceder a la solicitud electrónica es necesario que la persona aspirante se identifique mediante su NIF y la contraseña que elija tras el proceso de alta como “usuario/a registrado/a” de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, a través del Portal de Educación.
Para registrarse deberá seleccionar a continuación la opción de acceso mediante NIF y contraseña y pulsará en la pantalla siguiente sobre el botón “Registro”.
3.1.2.- Acceso de los Funcionarios y Funcionarias Interinos/ as. Si la persona participante tiene la condición de funcionario ó funcionaria interino docente de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha y ya está dado de alta en la Intranet del Portal de Educación no es necesario que se registre en esta web. Para acceder a la solicitud electrónica deberá utilizar las claves de acceso habituales a la Intranet docente.
3.2. Las personas aspirantes que presenten más de una solicitud por distintas especialidades convocadas dentro del plazo de admisión de las mismas, deberán optar por una especialidad única de participación en el plazo de subsanación que se habilite, una vez publicada la resolución provisional de admitidos/ as. En caso de no subsanar este defecto, serán excluidos/ as definitivamente del proceso.
3.3. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla La Mancha hasta el 11 de agosto de 2010.
3.4. Las instancias se dirigirán al Director General de Personal Docente y se podrán registrar telemáticamente. En caso de optar por el registro convencional se presentarán en:
- Los Registros de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura (Albacete: Avda. de la Estación, 2; Ciudad Real: Avda. Alarcos, 21; Cuenca: Avda. República Argentina, 16; Guadalajara: Avda. de Castilla, 10 y Toledo: Avda. de Europa, 26),
- El Registro de la Delegación de Servicios de Talavera de la Reina (Toledo), Plaza del Pan, 10,
- El Registro de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, Bulevar del Río Alberche, s/n, 45071, Toledo),
- o en cualquiera de las oficinas a las que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, (LRJ -PAC).
Las Delegaciones Provinciales deberán remitir las solicitudes y documentación recibidas a la Dirección General de Personal Docente.
Para registrarse deberá seleccionar a continuación la opción de acceso mediante NIF y contraseña y pulsará en la pantalla siguiente sobre el botón “Registro”.
3.1.2.- Acceso de los Funcionarios y Funcionarias Interinos/ as. Si la persona participante tiene la condición de funcionario ó funcionaria interino docente de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha y ya está dado de alta en la Intranet del Portal de Educación no es necesario que se registre en esta web. Para acceder a la solicitud electrónica deberá utilizar las claves de acceso habituales a la Intranet docente.
3.2. Las personas aspirantes que presenten más de una solicitud por distintas especialidades convocadas dentro del plazo de admisión de las mismas, deberán optar por una especialidad única de participación en el plazo de subsanación que se habilite, una vez publicada la resolución provisional de admitidos/ as. En caso de no subsanar este defecto, serán excluidos/ as definitivamente del proceso.
3.3. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla La Mancha hasta el 11 de agosto de 2010.
3.4. Las instancias se dirigirán al Director General de Personal Docente y se podrán registrar telemáticamente. En caso de optar por el registro convencional se presentarán en:
- Los Registros de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura (Albacete: Avda. de la Estación, 2; Ciudad Real: Avda. Alarcos, 21; Cuenca: Avda. República Argentina, 16; Guadalajara: Avda. de Castilla, 10 y Toledo: Avda. de Europa, 26),
- El Registro de la Delegación de Servicios de Talavera de la Reina (Toledo), Plaza del Pan, 10,
- El Registro de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, Bulevar del Río Alberche, s/n, 45071, Toledo),
- o en cualquiera de las oficinas a las que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, (LRJ -PAC).
Las Delegaciones Provinciales deberán remitir las solicitudes y documentación recibidas a la Dirección General de Personal Docente.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia