Anuncio del Ayuntamiento Beniflà sobre la publicación de las bases específicas de la convocatória, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de auxiliar de policía local, grupo C1, vacante en la plantilla de funcionarios, aprobado por Decreto de la Alcaldía núm. 133/2010, de 16 de juny.«Decreto núm.: 133/2010.
BASES PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE AUXILIAR DE POLICÍA LOCAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE BENIFLÀ
Aprobada por resolución de esta Alcaldía de fecha 20 de mayo de 2010 la oferta de empleo público correspondiente a este ejercicio, se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de Auxiliar de Policía Local, de conformidad con las bases que a continuación se transcriben.
El plazo para presentación de instancias se computará a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.-El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad de una plaza de Auxiliar de Policía Local, Grupo C1, vacante en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de Beniflà, actualmente ocupada por un funcionario interino, y perteneciente a la Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio 2010 mediante el sistema de concurso-oposición por turno libre.BASES PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE AUXILIAR DE POLICÍA LOCAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE BENIFLÀ
Aprobada por resolución de esta Alcaldía de fecha 20 de mayo de 2010 la oferta de empleo público correspondiente a este ejercicio, se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de Auxiliar de Policía Local, de conformidad con las bases que a continuación se transcriben.
El plazo para presentación de instancias se computará a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
2.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES.- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes, deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias:
A. Tener la nacionalidad española.
B. Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación profesional de segundo grado o equivalente, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias; la equivalencia deberá ser reconocida por la administración competente y debidamente acreditada en tal sentido por los aspirantes.
C. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se establezcan, y tener una estatura mínima de 1,65 metros para los hombres y 1,60 para las mujeres.
E. Tener cumplidos 18 años de edad sin exceder de la edad de 30 años. A los solos efectos de la edad máxima, se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente a la administración local como Policía Local o Auxiliar de Policía Local (personal incluido en el Art. 2 del ámbito de aplicación de la L.6/99 de 19 de abril de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad Valenciana, que hayan prestado las funciones propias de Policía Local o Auxiliar de Policía Local).
G. Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw/Kg.
3.- PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.- Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento. Las instancias se presentarán en el Registro General o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
A. Tener la nacionalidad española.
B. Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación profesional de segundo grado o equivalente, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias; la equivalencia deberá ser reconocida por la administración competente y debidamente acreditada en tal sentido por los aspirantes.
C. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se establezcan, y tener una estatura mínima de 1,65 metros para los hombres y 1,60 para las mujeres.
E. Tener cumplidos 18 años de edad sin exceder de la edad de 30 años. A los solos efectos de la edad máxima, se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente a la administración local como Policía Local o Auxiliar de Policía Local (personal incluido en el Art. 2 del ámbito de aplicación de la L.6/99 de 19 de abril de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad Valenciana, que hayan prestado las funciones propias de Policía Local o Auxiliar de Policía Local).
G. Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw/Kg.
3.- PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.- Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento. Las instancias se presentarán en el Registro General o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de 20 días naturales a partir del siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
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