miércoles, 28 de julio de 2010

ayudas al desarrollo tecnológico pesquero y acuícola para el año 2010. marm.es

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO
Ayudas
Orden ARM/2042/2010, de 15 de julio, por la que se convoca la concesión de ayudas al desarrollo tecnológico pesquero y acuícola para el año 2010.
PDF (BOE-A-2010-12163 - 10 págs. - 285 KB)
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Objeto.– La presente orden, tiene como objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones reguladas en la Orden ARM/2696/2008, de 16 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al desarrollo tecnológico pesquero y acuícola (Boletín Oficial del Estado n.º 232 de 25 de septiembre del 2008).
Beneficiarios.- 1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las organizaciones de productores pesqueros, las cofradías de pescadores, las asociaciones empresariales cuya actividad principal esté vinculada a la gestión, explotación o conservación de los recursos naturales vivos o del medio ambiente marino, incluyendo la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura y que deseen llevar a cabo actividades de desarrollo tecnológico y las plataformas tecnológicas de ámbito estatal o las asociaciones empresariales que actúen en representación de éstas, cuya temática y campo de actuación se englobe dentro del sector pesquero y acuícola y cuyo fin sea el fomento de la investigación científico-tecnológica entre diferentes agentes del sistema I+D+i mediante análisis y discusión de estrategias de interés estratégico nacional que impulsen la capacidad tecnológica.
2. Los beneficiarios podrán presentarse en colaboración con otras asociaciones o entidades o instituciones científicas del sector.
Solicitudes.-1. Las solicitudes se dirigirán a la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y se presentarán en el Registro de la Secretaría General del Mar, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Dichas solicitudes se cumplimentarán conforme al modelo del anexo I
4. Los anexos I, II y III estarán a disposición de los interesados en la siguiente dirección de Internet perteneciente al Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (sede.marm.gob.es/).
5. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir de la entrada en vigor de la presente convocatoria. {del 29 de Julio al 28 de Agosto de 2010, a.i.}

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