lunes, 19 de julio de 2010

ajudes per a la creació o l'adequació de les entitats d'assessorament a les explotacions agràries.

Por la presente resolución se convocan las ayudas para el ejercicio 2010 reguladas en la Orden de 24 de junio de 2010 de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación (DOCV nº 6303 de 5 de julio de 2010) por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de implantación de servicios de asesoramiento a las explotaciones agrarias en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana 2007-2013.
En el artículo 4.2 de la referida orden, se indica que el plazo de presentación de solicitudes correspondientes a la convocatoria de cada año se establecerá mediante resolución de la directora de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Apartado primero.- El plazo de presentación de solicitudes de ayudas para el ejercicio 2010 se establece en veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente disposición en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. {del 20 de Julio al 10 de Agosto de 2010, a.i.}
Apartado segundo.- 1. Las subvenciones para la creación o adecuación de las entidades de asesoramiento a las explotaciones agrarias están encuadradas en la medida 115 del Eje 1 de las ayudas al desarrollo rural que financia el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) establecido en el Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo de 20 de septiembre de 2005, encuadrándose dichas ayudas en la medida y eje indicados del Programa de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana 2007-2013.
1.1 El importe global máximo de las ayudas reguladas en el artículo 3.1 a) de la orden de bases para las inversiones en la adquisición de bienes inventariables, a cargo del capítulo 7 de la línea de subvención SE833000 es :
Anualidad 2010: 75.000 euros
1.2. El importe global máximo de las ayudas reguladas en el artículo 3.1 b) de la orden de bases, para la contratación del personal técnico y administrativo necesario, a cargo del capítulo 4 de la línea de subvención SE832000 es :
Anualidad 2010: 200.000 euros
2. En la financiación de la medida 115 participan sobre el coste total del gasto público elegible, el FEADER en un 21,58%, el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino en un 77,54% y la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación en un 0,88%.

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