viernes, 9 de julio de 2010

ajudes del Programa Xec Gestió per a l'exercici 2010. programa d'empreses consultores. IMPIVA - Institut de la Petita i Mitjana Indústria de la G.V.-

Institut de la Petita i Mitjana Indústria de la Generalitat Valenciana (IMPIVA). Ajudes
RESOLUCIÓ de 2 de juliol de 2010, del president de l'Institut de la Petita i Mitjana Indústria de la Generalitat Valenciana (IMPIVA), per la qual es convoquen les ajudes del Programa Xec Gestió per a l'exercici 2010 i l'adhesió al dit programa d'empreses consultores en condició de centres proveïdors. [2010/7839] (pdf 557KB)
El importe global máximo que con cargo a la anualidad 2010 se destinará para la concesión de las ayudas previstas en la presente convocatoria es de 2.152.500 euros.
La información detallada relativa al Programa Operativo FEDER de la Comunitat Valenciana 2007-2013 se puede encontrar en la siguiente página Web:
www.gva.es/c_economia/web/hacienda/organos/dge/Progr-Op-FEDER2007-2013.pdf
1. Objeto de la resolución.- El objeto de la presente resolución es establecer, junto con lo dispuesto en la Orden de 12 de diciembre de 2006 de la Conselleria de Empresa, Universidad y Ciencia, las bases reguladoras y la convocatoria del Programa Cheque Gestión para el ejercicio 2010.
Asimismo se regula en esta convocatoria la adhesión de empresas consultoras para la prestación de los servicios de asesoramiento en innovación empresarial a las PYME beneficiarias del Cheque Gestión 2010.
2. Objetivo de la convocatoria.- El Programa Cheque Gestión persigue potenciar la competitividad de las PYME a través de proyectos de carácter estratégico, impulsando acciones innovadoras en el tejido empresarial que incrementen el conocimiento y la difusión de nuevas técnicas y factores de competencia claves en un entorno económico global, contribuyendo con ello a la mejora del capital organizativo y la innovación empresarial tal como se recoge en el siguiente eje y tema prioritario del Programa Operativo FEDER de la Comunitat Valenciana 2007-2013: Eje 2: «Desarrollo e Innovación Empresarial», Tema Prioritario 9: «Otras acciones destinadas al estímulo de la innovación y el espíritu de empresa en las PYME».
En concreto, el programa va dirigido a desarrollar en las PYME acciones de asesoramiento en innovación empresarial llevadas a cabo con el apoyo externo de asesores especializados y en las que participe el personal clave de la propia empresa, de manera que contribuyan al cambio estratégico de las mismas.
5. Beneficiarios de las ayudas.- 1. Podrán acogerse a estas ayudas las PYME que tengan su sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana.
2. A efectos de la presente resolución, se considerará PYME, según el Anexo I del Reglamento (CE) núm. 800/2008 de la Comisión de 6 de agosto de 2008 por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (General de Exención por Categorías), toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica que reúna los siguientes requisitos:
– Que emplee a menos de 250 personas.
– Que tenga un volumen de negocio anual no superior a 50.000.000 de euros, o bien un balance general no superior a 43.000.000 de euros.
El computo de los efectivos y límites señalados, en el caso de empresas asociadas o vinculadas se efectuará tal y como disponen los apartados 2 y 3 del artículo 6 del Anexo I del Reglamento (CE) núm. 800/2008 de la Comisión, General de Exención por Categorías. Dichos criterios de cómputo se pueden consultar en la solicitud normalizada.
7. Actuaciones apoyables y costes subvencionables.- 7.1. Actuaciones apoyables. Se apoyará a las PYME en la contratación de servicios de asesoramiento en innovación empresarial que impliquen mejoras en su gestión a través de la incorporación de nuevos conocimientos y técnicas empresariales y comerciales para la mejora competitiva de las empresas.
Estos servicios deberán ser prestados por consultoras con experiencia y capacidad acreditada ante el IMPIVA mediante el proceso de adhesión definido en el artículo 8 de la presente convocatoria.
Estos servicios de asesoramiento en innovación empresarial deberán consistir en una o más de las siguientes acciones:
– Planes (o agendas) de innovación para la mejora de la competitividad de la empresa que, mediante un ejercicio de reflexión estratégica desarrollado con el equipo directivo de la empresa, incorpore de forma sistemática la gestión de la innovación en la planificación empresarial e identifique proyectos de actuación concretos para la revisión de su modelo de negocio y el desarrollo de oportunidades de futuro.
– Nuevos métodos de gestión para la mejora y optimización de los recursos humanos, de la productividad o de los canales de comunicación y coordinación en la empresa.

– Estrategias novedosas de financiación o de búsqueda de nuevos mercados, que favorezcan el crecimiento empresarial.

– Métodos de comercialización que integren la ingeniería emocional o nuevas formas de promoción de bienes y servicios.
– Nuevos canales de ventas y de presentación de los productos, como la generación de espacios de creatividad y laboratorios de ideas
–ateliers– orientados a la presentación innovadora de los productos, entre otros.
– Planes y estudios de nuevas oportunidades para la expansión internacional

7.2 Costes subvencionables.- El coste subvencionable del programa lo constituyen los servicios de asesoramiento en innovación empresarial contratados por la PYME beneficiaria en relación con las actuaciones definidas en el punto 7.1.
Estos servicios deberán contratarse con un único centro proveedor de entre los previstos en la relación disponible en la dirección de Internet del IMPIVAhttp://www.impiva.es/>.
Los servicios de asesoramiento en innovación empresarial deberán cumplir los siguientes requisitos:
– Coste/hora máximo del servicio: 90€, IVA no incluido.
– Duración mínima del servicio: 100 horas de consultoría, conteniendo todos los servicios contratados.
– Las ayudas del programa no podrán ser utilizadas para cubrir gastos ocasionados por actividades permanentes o periódicas, o que estén relacionadas con los gastos de explotación normales de la empresa.
8.2 Procedimiento y documentación necesaria.- Las empresas consultoras interesadas en prestar el servicio de asesoramiento en innovación empresarial a PYME deberán presentar ante el IMPIVA un escrito de solicitud de adhesión, según modelo que se incluye en el anexo de esta resolución y disponible también en la dirección de Internet del IMPIVA: http://www.impiva.es/>, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el DOCV de la presente convocatoria.{del 10 al 27 de Julio de 2010, a.i.}
Junto con el escrito de solicitud de adhesión, las empresas interesadas deberán presentar la ficha de empresa y las fichas/curriculum de los consultores así como la acreditación de los méritos que en ellas se indiquen, según el detalle siguiente y los modelos disponibles en la dirección de Internet del IMPIVA: http://www.impiva.es/>

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