Convocatòria d'ajudes a petites i mitjanes empreses (pimes) i autònoms per al desenvolupament de plans de sensibilització i suport tutoritzat a la innovació. [2010/7702] (pdf 252KB)
2. Objeto.- La presente convocatoria tiene por objeto promover la participación de las pymes de la Comunitat Valenciana en el Programa InnoCámaras, mediante la puesta a su disposición de los servicios de apoyo tutorizado que se detallan en el anexo I.
3. Beneficiarios.- Con carácter general, podrán ser beneficiarios de las ayudas las pymes (incluyendo microempresas y autónomos), según la definición recogida en la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 06.05.2003 (DOCE L 124, de 20.05.2003), que tengan su domicilio social y/o centro productivo en el ámbito de demarcación de la Comunitat Valenciana.
En el caso concreto de la fase II del Programa Plan de Apoyo a la Innovación, podrán ser beneficiarias exclusivamente aquellas pymes que hayan justificado documentalmente su participación previa en la fase I del programa1, a menos que con carácter excepcional se produzca la apertura de una convocatoria específica para esta segunda fase que lo permita.
4. Sectores promocionables.- Podrán ser beneficiarias de las ayudas las pymes de cualquier sector de actividad que se encuentren dadas de alta en el Censo del IAE, sección 1: actividades empresariales, industriales y de servicios, sin perjuicio del pleno respeto a lo dispuesto por los reglamentos o directivas comunitarias especiales establecidos en el marco del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
Quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del anexo I del Tratado de la CE.
5. Conceptos objeto de las ayudas.- Serán objeto de ayuda, los gastos incurridos por las pymes durante el desarrollo de los planes individuales de apoyo a la innovación, estando referidos a los siguientes conceptos generales:
– Fase I: Diagnóstico Individualizado.
A) Gastos de los servicios de asesoría proporcionados por el tutor.
– Fase II: Plan de Apoyo a la Innovación.
B) Gastos de los servicios de asesoría y consultoría proporcionados por el asesor para la elaboración y desarrollo del plan.
C) Inversiones y/o gastos asociados al desarrollo y ejecución del plan elaborado por el asesor, cuya tipología se detalla en el anexo I.
El importe total elegible por el Programa InnoCámaras (cuantía de la ayuda) será del 80% del coste financiable en que haya incurrido la empresa destinataria, siendo por tanto, la cuantía máxima por empresa de 4.800,00 € (9.600,00 € en caso de ampliación de coste financiable).
7. Tramitación de la ayuda.- La tramitación de la ayuda a aquellas pymes cuya solicitud haya sido aprobada, se realizará a través de la firma de un convenio de participación en el Programa InnoCámaras entre la pyme participante y la cámara de comercio de su demarcación.
Dicho convenio se adjunta a esta convocatoria, en forma de anexo II, y en él se detallan las condiciones de participación en el programa.
8. Presentación de solicitudes.- La solicitud de participación en el programa se presentará conforme al modelo adjunto a esta convocatoria (anexo III), junto a la documentación adicional señalada en el citado anexo.
Las solicitudes deberán presentarse en alguna de las direcciones de la Cámara de Comercio de la Comunitat Valenciana que aparecen recogidas en el anexo IV de esta convocatoria. Igualmente, se podrán remitir por correo postal certificado y con acuse de recibo o por vía fax.
El Registro de Entradas de la cámara certificará la presentación y su prioridad temporal.
El plazo para presentar las solicitudes se iniciará el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y finalizará a las 14.00 horas del día 22 de octubre de 2010, o hasta agotar presupuesto.
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