jueves, 8 de julio de 2010

"Premios INJUVE para tesis doctorales" en el año 2010.

MINISTERIO DE IGUALDAD
Premios


Resolución de 18 de junio de 2010, del Instituto de la Juventud, por la que se convocan los "Premios INJUVE para tesis doctorales" en el año 2010.
PDF (BOE-A-2010-10879 - 5 págs. - 250 KB)
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Objeto, condiciones y finalidad de la concesión.- 1. El objeto de la presente convocatoria es recompensar los trabajos de las tesis doctorales que, versando sobre cualquier tema relacionado con la juventud, realicen estudiantes universitarios, con la finalidad de fomentar las actividades de interés científico en el ámbito de la juventud, favorecer su promoción y la difusión de dichas tesis.
2. Todas las Tesis que opten a los premios habrán debido ser previamente realizadas, presentadas y aprobadas en su respectiva universidad.
3. Podrán optar al premio las tesis doctorales que reúnan las siguientes características:
a) Versar acerca de temas relacionados directamente con la juventud.
b) Haber sido realizadas en Universidades españolas públicas o privadas.
c) Haber sido aprobadas con anterioridad a la convocatoria del premio en los últimos cinco años.
Requisitos para solicitar la participación.- 1. Podrán solicitar su participación los/las universitarios españoles y/o extranjeros, tal que reúnan los requisitos indicados en el artículo 3.2 de la Orden IGD/3723/2008, de 10 de diciembre, y que habiendo realizado sus estudios en una universidad española y aprobado su tesis doctoral en la misma con anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria en los últimos cinco años, se encuentren en la situación que fundamente la concesión de los premios de acuerdo con la presente convocatoria.
2. No podrán solicitar su participación los/las premiados en ediciones anteriores de estos Premios convocados por el Instituto de la Juventud con las mismas tesis.
3. La comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad, en cualquier momento del proceso anterior a la concesión, podrá comportar la denegación del premio, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir los solicitantes.
Solicitud.- La solicitud y la documentación antedicha podrán ser presentadas en la sede del Instituto de la Juventud, calle José Ortega y Gasset, 71- 28006 Madrid), y en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Plazo de presentación.-El plazo de presentación de las solicitudes finalizará transcurridos cuarenta días naturales desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el «BOE». {del 9 de Julio al 17 de Agosto de 2010, a.i.}

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