jueves, 26 de noviembre de 2015

1 plaza de Jefe/a de la Oficina de Acción Humanitaria. Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. AECID.

Resolución de 20 de noviembre de 2015, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueban las bases y se convoca la provisión de la plaza de Jefe de la Oficina de Acción Humanitaria.
Bases de la convocatoria
La presente convocatoria se publicará, entre otras, en la página web del Portal del ciudadano www.administracion.gob.es, y en la de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo www.aecid.gob.es
I. Características de la plaza y funciones. De acuerdo con lo previsto en el artículo 38.1 a), del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, el/la Jefe/a de la Oficina de Acción Humanitaria, tendrá la consideración de personal directivo.Bajo la dependencia jerárquica del Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, al Jefe/a de la Oficina de Acción Humanitaria, le corresponde: la puesta en marcha de la nueva Estrategia de Acción Humanitaria de la Cooperación Española mediante la dirección de los recursos humanos y la gestión del presupuesto correspondiente. Representará a la AECID en los foros internacionales competentes en la materia, tanto de las Naciones Unidas como del Movimiento Internacional de la Cruz Roja. Desempeñará el papel de interlocutor con otros Departamentos de la Administración Española, con las ONGD,S y sociedad civil en general en materia de acción humanitaria y será responsable de la marcha de los operativos de emergencia emprendidos por la AECID y asegurará la coordinación de los diferentes actores humanitarios.Asimismo, dirigirá y coordinará el Departamento de Emergencia y Postconflicto y la Unidad de Prevención y Evaluación.
III. Requisitos de los aspirantes. Los aspirantes a la plaza que se convoca deberán reunir los siguientes requisitos:
•  Tener la nacionalidad española.•  Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.•  También podrán participar quienes no estando incluidos en el punto anterior se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.•  Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.•  No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.•  No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia judicial firme.Estar en condiciones de acreditar la titulación de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o el título universitario de Grado. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
IV. Méritos específicos. A los/as candidatos/as, se les valorará específicamente los siguientes méritos:
•  Experiencia en el desempeño de puestos de trabajo relacionados con la acción humanitaria en entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales.•  Experiencia en dirección de equipos de trabajo.
•  Capacidad de negociación e interlocución política con agentes del ámbito de la ayuda humanitaria en foros internacionales y a nivel estatal tanto central como descentralizado.•  Conocimientos de organismos internacionales humanitarios.•  Conocimiento de idiomas, valorándose especialmente, el idioma inglés.V. Solicitudes. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante escrito, acompañado de «curriculum vitae», dirigido al Sr. Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que podrá ser presentado directamente en el Registro General de la AECID (avenida de los Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid), citando expresamente «Plaza de Jefe/a de la Oficina de Acción Humanitaria», o en el resto de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria. {del 26 de noviembre al 10 de diciembre de 2015, a.i.}

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia