lunes, 16 de noviembre de 2015

Director del Área musical y artística. Fundación de la Comunitat Valenciana, Auditorio de la Diputación de Alicante, ADDA.

Fundación de la Comunitat Valenciana, Auditorio de la Diputación de Alicante, ADDA. BASES DIRECTOR DEL ÁREA MUSICAL Y ARTÍSTICA-ADDA-2015
PRIMERA.- OBJETO DE LAS BASES. Es objeto de estas Bases regir la convocatoria para cubrir, mediante contratación laboral no permanente, el puesto de Director del Área Musical y Artística de la Fundación C.V. ADDA, de conformidad con lo previsto en la legislación vigente.SEGUNDA.- REFERENCIAS GENÉRICAS. Toda referencia hecha al género masculino en las presentes bases incluye necesariamente su homónimo en femenino. Los géneros han sido empleados conforme a la práctica y uso generalmente admitidos en aras a la agilidad lingüística.TERCERA.- CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO1.-Denominación: Director del Área musical y artística
2.-Jornada: Intensiva/partida y libre disponibilidad3.-Lugar de Trabajo: Auditorio de la Diputación, Avda.de Jijona núm. 5 de Alicante.
4.-Funciones: La dirección, gestión y ejecución de las actividades musicales y artísticas de la Fundación de acuerdo con las directrices señaladas por el Patronato.En concreto las que se detallan en la descripción del puesto de trabajo aprobada por el Patronato de la Fundación.La Fundación de la Comunitat Valenciana, ADDA, se halla integrada en el Sector Público de la Diputación de Alicante, estando las retribuciones de los contratos de alta dirección establecidos en el acuerdo del Pleno de la Diputación de Alicante de fecha de 31 de julio de 2014.

CUARTA.- RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN Y DE INCOMPATIBILIDADES. El régimen de contratación del director o directora del Área musical y artística es el de contrato laboral de alta dirección, con una duración no inferior a 2 años. El contrato se regirá de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, que regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección o normativa que lo sustituya.Su relación laboral quedará regulada por lo establecido en el contrato y demás normativa que le resulte de aplicación.El director o directora del Área musical y artística, anualmente someterá a evaluación del Patronato la aprobación de su gestión, según los objetivos fijados.QUINTA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTESI.-
a) Nacionalidad:
− Tener nacionalidad española.− Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea− Ser nacional de algún Estado en el que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.− Podrán participar, también, cualquiera que sea su nacionalidad, los cónyuges de españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de sus cónyuges siempre que no estén separados de derechos, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.− Tener residencia legal en España, en caso de tratarse de extranjeros no incluidos en los apartados anteriores.b) Capacidad funcional: no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de sus funciones.c) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.d) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que le impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.e) Titulación: Estar en posesión de Título Superior en Música/Titulación Universitaria Superior,Licenciatura o Título Universitario de Grado equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
f) Acreditar una trayectoria y experiencia significativas de dirección artística y musical al menos de 5 años.Todos los aspirantes deberán acompañar a su solicitud la documentación acreditativa de las condiciones que se alegan.  ...
III.-Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta la formalización del pertinente contrato laboral no permanente.SEXTA.- MÉRITOS. Serán objeto de valoración los conocimientos significativos en la calidad y agenda artística de Auditorios y Teatros, de artistas y producciones nacionales e Internacionales para poder realizar la futura programación, y la experiéncia en la gestión musical.Igualmente se valorará la capacidad innovadora en la gestión de la producción para intentar optimizar los costes de producción, la experiencia internacional en la dirección de Orquestas, así como el conocimiento de idiomas.SÉPTIMA.- SOLICITUDES. Las solicitudes para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Presidente de la Fundación, en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones o requisitos exigidos en la Base Quinta, de acuerdo con el modelo disponible en su página web addaalicante.es o el que se facilite en las instalaciones de la Fundación, sitas en la Avda. de Jijona nº 5 de Alicante. El modelo de instancia se adjunta como Anexo I a las presentes Bases.La presentación de solicitudes habrá de efectuarse en días hábiles de lunes a viernes en el Registro General de la Fundación, sito en el Auditorio, Avda. de Jijona nº 5 de Alicante en horario de 9:00 a 14:00 horas, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.La solicitud deberá ir acompañada de los documentos siguientes:a) Fotocopia compulsada del DNI o documento equivalente para justificar la personalidad.b) Fotocopia compulsada del título o títulos exigidos.c) Curriculum Vitae.d) Documentación acreditativa de los méritos alegados para la convocatoria, mediante fotocopia compulsada.e) Acreditación de la experiencia en puestos similares, de ser el caso, mediante el certificado de vida laboral y contratos de trabajo.f) El proyecto artístico/musical del ADDA para los próximos 2 años, definiendo los fines, valores, líneas de actuación, posible programación y objetivos que se propone desarrollar, tomando como referencia lo previsto en los Estatutos vigentes que le son de aplicación, y la adaptación al actual modelo de programación artística del ADDA, especialmente en cuanto a Temporada Sinfónica se refiere.Las personas con discapacidad deberán aportar fotocopia de la certificación del órgano competente que acredite tal condición, así como el tipo y graduación de la misma.El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE DIAS naturales, a contar desde el día siguiente de inserción del anuncio de la convocatoria en el B.O.P. {del 17 de noviembre al 9* de diciembre de 2015, a.i.}
Asimismo se publicará en la página web y el tablón de anuncios de la Fundación.Si el último día coincidiese con sábado, domingo o festivo, se entenderá prorrogado hasta el siguiente día hábil
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