jueves, 19 de noviembre de 2015

bolsa de trabajo de peones de limpieza viaria, peones de mantenimiento y limpieza de edificios. Ayuntamiento de Gilet (Camp de Morvedre-Valencia)

Anuncio del Ayuntamiento de Gilet sobre aprobación de bases y convocatoria para la constitución de bolsa de trabajo de peones de limpieza viaria, peones de mantenimiento y limpieza de edificios.
ANUNCIOMediante acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 29 de octubre de 2015, se aprobaron las bases y la convocatoria para la constitución de una bolsa de empleo para cubrir las posibles vacantes en los puestos siguientes peones de limpieza viaria, peones mantenimiento y limpieza de edificios municipales.
Se hace pública la convocatoria que se regirá por las siguientes basesOBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es la confección de una bolsa de trabajo de peones de limpieza viaria, peones de mantenimiento y limpieza de edificios , al objeto de cubrir necesidades temporales puntuales que surjan durante el ejercicio / 2015/2016 en el Ayuntamiento por motivos de sustitución de personal en situación de incapacidad temporal, vacaciones, excedencia, etc.El Ayuntamiento, ante futuras necesidades no contempladas estrictamente en la presente convocatoria, podrá abrir otras bolsas de trabajo adicionales o realizar otros procesos de selección.DURACIÓN Y PLAZOS. La duración de la Bolsa será desde el día que se publique la lista de admitidos hasta el día 31 de diciembre de 2016 ambos inclusive, pudiendo prorrogarse en un año a propuesta de la Comisión de seguimiento Las contrataciones podrán ser de uno hasta TRES meses, a media jornada o jornada completa dependiendo de las características propias del puesto de trabajo a desempeñar y del contratado.PUESTOS DE TRABAJO. Peón Limpieza viaria, peón de mantenimiento, limpieza de edificios municipales. El número de contratos dependerá de la disponibilidad presupuestaria de la partida destinada a la contratación eventual.ADJUDICACIÓN DE PLAZAS. El Tribunal nombrado por la Alcaldía estará formado por tres empleados públicos:Presidente: El Secretario del Ayuntamiento o funcionario en quien delegueSecretario: Un funcionario del AyuntamientoVocal : Funcionario del AyuntamientoVocal : Representante de un Sindicato con mayor representación en la Comunidad Valenciana.En el acto de baremación estará presente un representante de cada grupo municipal designado al efecto.Asimismo para todas aquellas cuestiones no previstas en las presentes Bases y otras de su competencia se constituye una Comisión de seguimiento integrada por un representante de cada grupo municipal, y Presidida por el Sr. Alcalde.El funcionamiento de la citada Comisión se acordará por la misma en el acto de constitución.El tribunal baremará la documentación aportada por los aspirantes que cumplan los requisitos, realizará y puntuará la prueba oral y se elaborará un listado con todos los candidatos por orden de puntuación, del cual dependerá asimismo el tiempo de contratación. El orden de contratación dependerá de las necesidades del servicio y de la capacitación profesional del candidato.REQUISITOS. Serán requisitos imprescindibles para participar en el proceso de selección:
a) Tener la nacionalidad española o la de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea, o de aquellos Estados que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratifiados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, todo ello en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.b) Tener cumplidos, en la fecha de la convocatoria, los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban el caso del personal laboral, en el que hubises sido separado o inhabilitados. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.d) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, sin perjuicio de la aplicación de la Ley 13/1982 de 7 de abril, de integración social de minusválidos.e) No estar realizando ningún tipo de trabajo de forma fraudulenta, en caso que la administración detecte que se están realizando este tipo de trabajos, el aspirante quedará excluido del proceso.Todos los requisitos anteriores deberán reunirlos los aspirantes en la fecha en que se presente la instancia.La presentación de la instancia modelo por el Registro de Entrada implica la autorización expresa para que el Ayuntamiento realice cualquier actuación encaminada a comprobar todo lo anterior.INSTANCIAS. Las instancias modelos se recogerán el Registro de Entrada o se descargarán de la página web, se dirigirán a la Alcaldía. Junto con la solicitud los aspirantes deberán presentar las declaraciones correspondientes como que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, y deberán adjuntar todos los documentos que así lo demuestren y los susceptibles de baremación. También se adjuntará un currículum vitae y el informe de vida laboral.Las solicitudes se podrán presentar durante quince días hábiles a partir del día de la publicación de estas bases debidamente aprobadas en el Tablón de Anuncios y la página web de este Ayuntamiento  [
www.gilet.es] , por Registro de Entrada mediante escrito dirigido al Sr. Alcalde en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes. [Butlletí Oficial de la Provincia de València núm. 233 de 19 de novembre de 2015] ¿{del 20 de noviembre al 9* de diciembre de 2015, a.i.}?

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