MINISTERIO DE EDUCACIÓN . 3058 . Resolución de 12 de febrero de 2010, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan ayudas para participar en un Programa de Inmersión Lingüística en colonias de vacaciones, para el verano de 2010.
Primero.–Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 1.600 ayudas para la participación en una de las colonias de dos semanas de duración, organizadas por el Ministerio de Educación durante el mes de agosto de 2010.
Estas ayudas se distribuyen a su vez en dos grupos: Primero y segundo, de acuerdo con los requisitos que para cada uno de ellos se establecen en el apartado siguiente:
1.200 ayudas de hasta 456 euros para el grupo primero.
400 ayudas de hasta 156 euros para el grupo segundo.
Segundo.–1. Requisitos generales que deberán cumplir todos/as los/as solicitantes:
a) Podrá optar a estas ayudas el alumnado que en el presente curso 2009/2010 esté matriculado en centros sostenidos con fondos públicos, en alguno de los cursos mencionados a continuación:
Quinto curso de Enseñanza Primaria
Sexto curso de Enseñanza Primaria
Primer curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria
b) La edad de los/as participantes no podrá superar los 13 años a fecha 5 de septiembre de 2010.
2. Los/as solicitantes que a fecha 31 de diciembre de 2009 se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, integrarán el denominado grupo primero, al que hace referencia el apartado primero de la presente convocatoria:
a) Orfandad absoluta del/de la solicitante.
b) Pertenecer a familias en las que algún miembro esté afectado de minusvalía legalmente calificada (en grado superior al 65% para padre/madre/hermanos/as del/de la solicitante y superior al 33% en el caso de que la padezca el/la propio/a solicitante).
c) Pertenecer a familias cuyo/a sustentador/a principal se encuentre en situación legal de desempleo o tenga reconocida la incapacidad permanente absoluta.
d) Pertenecer a familia numerosa.
e) Pertenecer a familia monoparental, cuyo/a sustentador/a principal sea viudo/a, padre o madre soltero/a, divorciado/a o separado/a legalmente o de hecho.
3. Los/as solicitantes que, reuniendo los requisitos generales, no se encuentren en ninguna de las circunstancias del apartado anterior formarán parte del denominado grupo segundo de la convocatoria.
Podrá incrementarse el número de ayudas en uno de los grupos si existiera un exceso de solicitudes y para el otro grupo no se hubieran presentado suficientes.
Tercero.–2. La adjudicación de una ayuda dará lugar a la asignación automática de una plaza para participar en la actividad.
3. No obstante lo anterior, para completar el precio total del programa, los/as beneficiarios/as pertenecientes al primer grupo abonarán 70 euros a la empresa que resulte adjudicataria del procedimiento abierto. En el caso de que pertenezcan al segundo grupo la cantidad a abonar será de 370 euros.
4. Todos/as los/as beneficiarios/as obtendrán, además, una ayuda adicional en concepto de gastos de desplazamiento. Esta ayuda consistirá en el abono de 65 euros para los/as domiciliados/as en territorio peninsular, y de 155 euros en el caso de que el domicilio familiar se encuentre fuera del territorio peninsular. La concesión de esta ayuda quedará condicionada a la efectiva asistencia del/de la alumno/a a la colonia.
Cuarto.–1. Presentación de solicitudes: 1.1 Quienes cumplan los requisitos establecidos en los apartados anteriores y deseen obtener una de las ayudas convocadas por la presente Resolución, deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud que figura en la página web: www.educacion.es a través de los siguientes enlaces: «Educacion/Becas y Ayudas/Becas y ayudas para estudiar/Para estudiar Idiomas/Colonias de verano en inglés».
1.2 Los interesados que dispongan de certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, podrán presentar su solicitud en el registro telemático del Ministerio de Educación en la dirección www.educación.es a través del enlace «Educacion/Becas y Ayudas/Becas y ayudas para estudiar/ Para estudiar Idiomas/ Colonias de verano en inglés», cumplimentando el correspondiente formulario de la opción «entrar en el sistema con certificado digital», de acuerdo con lo previsto en la Orden ECI/23/2005, de 9 de enero de 2005 (BOE del 19).
Los interesados que no dispongan de certificado de firma, deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud que figura en la página web: www.educacion.es a través del enlace indicado en el apartado anterior accediendo a la opción «entrar en el sistema sin certificado digital». Estos alumnos deberán, además, imprimir el modelo de solicitud y una vez cumplimentado presentarlo en el centro educativo en el que se encuentren matriculados. El centro educativo consignará la fecha de entrada y sellará la solicitud. Los centros receptores deberán remitir las solicitudes al Ministerio de Educación, Subdirección General de Alumnos, Participación e Igualdad (calle Torrelaguna, 58, 1.ª planta, desp. 112, 28071 Madrid).
Asimismo, los/as interesados/as podrán presentar sus solicitudes por alguno de los procedimientos previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en las oficinas de correos o en cualquier registro de las distintas Administraciones públicas). A estos solos efectos se considerarán Registros públicos los centros educativos donde cursen estudios los/as solicitantes. En caso de que las solicitudes se presenten en una Oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que sean fechadas y selladas por el/la funcionario/a de Correos antes de ser certificadas.
Las solicitudes deberán ser firmadas por el/la padre/madre o tutor/a del/de la solicitante, declarando asimismo que conocen y aceptan las bases de la convocatoria y que autorizan la participación de aquel/lla en las actividades programadas.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 18 de marzo de 2010.
Primero.–Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 1.600 ayudas para la participación en una de las colonias de dos semanas de duración, organizadas por el Ministerio de Educación durante el mes de agosto de 2010.
Estas ayudas se distribuyen a su vez en dos grupos: Primero y segundo, de acuerdo con los requisitos que para cada uno de ellos se establecen en el apartado siguiente:
1.200 ayudas de hasta 456 euros para el grupo primero.
400 ayudas de hasta 156 euros para el grupo segundo.
Segundo.–1. Requisitos generales que deberán cumplir todos/as los/as solicitantes:
a) Podrá optar a estas ayudas el alumnado que en el presente curso 2009/2010 esté matriculado en centros sostenidos con fondos públicos, en alguno de los cursos mencionados a continuación:
Quinto curso de Enseñanza Primaria
Sexto curso de Enseñanza Primaria
Primer curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria
b) La edad de los/as participantes no podrá superar los 13 años a fecha 5 de septiembre de 2010.
2. Los/as solicitantes que a fecha 31 de diciembre de 2009 se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, integrarán el denominado grupo primero, al que hace referencia el apartado primero de la presente convocatoria:
a) Orfandad absoluta del/de la solicitante.
b) Pertenecer a familias en las que algún miembro esté afectado de minusvalía legalmente calificada (en grado superior al 65% para padre/madre/hermanos/as del/de la solicitante y superior al 33% en el caso de que la padezca el/la propio/a solicitante).
c) Pertenecer a familias cuyo/a sustentador/a principal se encuentre en situación legal de desempleo o tenga reconocida la incapacidad permanente absoluta.
d) Pertenecer a familia numerosa.
e) Pertenecer a familia monoparental, cuyo/a sustentador/a principal sea viudo/a, padre o madre soltero/a, divorciado/a o separado/a legalmente o de hecho.
3. Los/as solicitantes que, reuniendo los requisitos generales, no se encuentren en ninguna de las circunstancias del apartado anterior formarán parte del denominado grupo segundo de la convocatoria.
Podrá incrementarse el número de ayudas en uno de los grupos si existiera un exceso de solicitudes y para el otro grupo no se hubieran presentado suficientes.
Tercero.–2. La adjudicación de una ayuda dará lugar a la asignación automática de una plaza para participar en la actividad.
3. No obstante lo anterior, para completar el precio total del programa, los/as beneficiarios/as pertenecientes al primer grupo abonarán 70 euros a la empresa que resulte adjudicataria del procedimiento abierto. En el caso de que pertenezcan al segundo grupo la cantidad a abonar será de 370 euros.
4. Todos/as los/as beneficiarios/as obtendrán, además, una ayuda adicional en concepto de gastos de desplazamiento. Esta ayuda consistirá en el abono de 65 euros para los/as domiciliados/as en territorio peninsular, y de 155 euros en el caso de que el domicilio familiar se encuentre fuera del territorio peninsular. La concesión de esta ayuda quedará condicionada a la efectiva asistencia del/de la alumno/a a la colonia.
Cuarto.–1. Presentación de solicitudes: 1.1 Quienes cumplan los requisitos establecidos en los apartados anteriores y deseen obtener una de las ayudas convocadas por la presente Resolución, deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud que figura en la página web: www.educacion.es a través de los siguientes enlaces: «Educacion/Becas y Ayudas/Becas y ayudas para estudiar/Para estudiar Idiomas/Colonias de verano en inglés».
1.2 Los interesados que dispongan de certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, podrán presentar su solicitud en el registro telemático del Ministerio de Educación en la dirección www.educación.es a través del enlace «Educacion/Becas y Ayudas/Becas y ayudas para estudiar/ Para estudiar Idiomas/ Colonias de verano en inglés», cumplimentando el correspondiente formulario de la opción «entrar en el sistema con certificado digital», de acuerdo con lo previsto en la Orden ECI/23/2005, de 9 de enero de 2005 (BOE del 19).
Los interesados que no dispongan de certificado de firma, deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud que figura en la página web: www.educacion.es a través del enlace indicado en el apartado anterior accediendo a la opción «entrar en el sistema sin certificado digital». Estos alumnos deberán, además, imprimir el modelo de solicitud y una vez cumplimentado presentarlo en el centro educativo en el que se encuentren matriculados. El centro educativo consignará la fecha de entrada y sellará la solicitud. Los centros receptores deberán remitir las solicitudes al Ministerio de Educación, Subdirección General de Alumnos, Participación e Igualdad (calle Torrelaguna, 58, 1.ª planta, desp. 112, 28071 Madrid).
Asimismo, los/as interesados/as podrán presentar sus solicitudes por alguno de los procedimientos previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en las oficinas de correos o en cualquier registro de las distintas Administraciones públicas). A estos solos efectos se considerarán Registros públicos los centros educativos donde cursen estudios los/as solicitantes. En caso de que las solicitudes se presenten en una Oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que sean fechadas y selladas por el/la funcionario/a de Correos antes de ser certificadas.
Las solicitudes deberán ser firmadas por el/la padre/madre o tutor/a del/de la solicitante, declarando asimismo que conocen y aceptan las bases de la convocatoria y que autorizan la participación de aquel/lla en las actividades programadas.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 18 de marzo de 2010.
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