Edicto del Ayuntamiento de Puçol sobre bases de la bolsa de trabajo de monitores y coordinadores/promotores socio-culturales para programas educativos y socio-culturales.
Mediante resolución de la Alcaldía-Presidencia nº 555/2010 de fecha 11 de febrero se ha aprobado:
"BASES QUE HAN DE REGIR LA SELECCIÓN PARA LA CREACION DE DOS BOLSAS DE TRABAJO, UNA PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL DE CARÁCTER TEMPORAL, Y EN SU CASO, NOMBRAMIENTOS DE FUNCIONARIOS INTERINOS DE COORDINADORES/PROMOTORES SOCIO-CULTURALES Y OTRA PARA MONITORES, AMBAS PARA PROGRAMAS EDUCATIVOS Y SOCIO-CULTURALES (ESCOLA D'ESTIU, NADAL, PASCUA Y OTROS PROGRAMAS EDUCATIVOS Y SOCIO-CULTURALES).
1.- OBJETO DE LAS CONVOCATORIAS.- El objeto de la presente convocatoria es la creación de una bolsa de trabajo para la contratación laboral temporal y en su caso, nombramientos de funcionarios interinos de coordinadores/promotores socio-culturales, para programas educativos y socio-.culturales (escola d'estiu, nadal, pascua y otros programas educativos y socio-culturales); y la creación de una bolsa de trabajo para la contratación laboral temporal y en su caso, nombramientos de funcionarios interinos de monitores/as, para programas educativos y socio-culturales (escola d'estiu, nadal, pascua y otros programas educativos y socio-culturales)
El sistema selectivo será el de concurso-oposición libre.
En ambos casos la retribución será la correspondiente a un subgrupo de titulación C1.
2.- HORARIO DEL PUESTO DE TRABAJO.- El horario del puesto de trabajo será de mañanas y/o tardes, y/o noches, pudiendo incluir dentro de la jornada laboral los sábados y/o domingos, de acuerdo con el programa de actividades a desarrollar.
4.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, que deberán cumplirse en el último día de plazo de la presentación de solicitudes y mantenerlos en su caso en el momento de la toma de posesión o de celebración del contrato:
REQUISITOS PARA MONITOR:
d) Estar en posesión del título de Bachiller superior o equivalente. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
e) Estar en posesión de certificado de conocimiento del grado elemental expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencia, o equivalente.
REQUISITOS PARA COORDINADOR/PROMOTOR SOCIO-CULTURAL:
d) Estar en posesión del título de Bachiller superior o equivalente. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
f) Estar en posesión de certificado de conocimiento del grado medio expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià o equivalente.
5.- SOLICITUDES.- Quien desee participar en las pruebas de acceso deberá presentar la correspondiente instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente, en la que hará constar que reúne todos los requisitos exigidos en la convocatoria, debiendo adjuntarse a la misma los comprobantes siguientes:
- Resguardo justificativo de haber abonado los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 22,54 euros (veintidós euros con cincuenta y cuatro céntimos), por cada una de las bolsas de trabajo a la que se opte. El pago de estos derechos se hará en la cuenta de este Ayuntamiento en Bancaja, número 2077-0124-40-3100421380, dirigido a la Tesorería Municipal, donde se indicará claramente la plaza objeto de la convocatoria, así como la persona que realiza el ingreso.
- En caso de tener la condición de minusválido, deberá aportar igualmente documento acreditativo de su aptitud, así como escrito en el que se especifique cualquier tipo de adaptación necesaria a la hora de la realización de las pruebas
- Original o copia compulsada de los méritos a valorar, que se presentarán en sobre cerrado.
Las personas que estén interesados en tomar parte en los dos procesos selectivos, deberán presentar, por cada una de las bolsas y por separado, la correspondiente instancia, justificante de derechos de examen y sobre cerrado con los méritos a valorar.
Según el artículo 26 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, procederá la devolución de los derechos de examen cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo.
No se valorará ningún mérito que no sea acreditado en ese momento por el aspirante en la forma indicada.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la provincia.
[del 19 de FEBRERO al 2 de MARZO de 2010, a.i.]. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Mediante resolución de la Alcaldía-Presidencia nº 555/2010 de fecha 11 de febrero se ha aprobado:
"BASES QUE HAN DE REGIR LA SELECCIÓN PARA LA CREACION DE DOS BOLSAS DE TRABAJO, UNA PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL DE CARÁCTER TEMPORAL, Y EN SU CASO, NOMBRAMIENTOS DE FUNCIONARIOS INTERINOS DE COORDINADORES/PROMOTORES SOCIO-CULTURALES Y OTRA PARA MONITORES, AMBAS PARA PROGRAMAS EDUCATIVOS Y SOCIO-CULTURALES (ESCOLA D'ESTIU, NADAL, PASCUA Y OTROS PROGRAMAS EDUCATIVOS Y SOCIO-CULTURALES).
1.- OBJETO DE LAS CONVOCATORIAS.- El objeto de la presente convocatoria es la creación de una bolsa de trabajo para la contratación laboral temporal y en su caso, nombramientos de funcionarios interinos de coordinadores/promotores socio-culturales, para programas educativos y socio-.culturales (escola d'estiu, nadal, pascua y otros programas educativos y socio-culturales); y la creación de una bolsa de trabajo para la contratación laboral temporal y en su caso, nombramientos de funcionarios interinos de monitores/as, para programas educativos y socio-culturales (escola d'estiu, nadal, pascua y otros programas educativos y socio-culturales)
El sistema selectivo será el de concurso-oposición libre.
En ambos casos la retribución será la correspondiente a un subgrupo de titulación C1.
2.- HORARIO DEL PUESTO DE TRABAJO.- El horario del puesto de trabajo será de mañanas y/o tardes, y/o noches, pudiendo incluir dentro de la jornada laboral los sábados y/o domingos, de acuerdo con el programa de actividades a desarrollar.
4.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, que deberán cumplirse en el último día de plazo de la presentación de solicitudes y mantenerlos en su caso en el momento de la toma de posesión o de celebración del contrato:
REQUISITOS PARA MONITOR:
d) Estar en posesión del título de Bachiller superior o equivalente. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
e) Estar en posesión de certificado de conocimiento del grado elemental expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencia, o equivalente.
REQUISITOS PARA COORDINADOR/PROMOTOR SOCIO-CULTURAL:
d) Estar en posesión del título de Bachiller superior o equivalente. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
f) Estar en posesión de certificado de conocimiento del grado medio expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià o equivalente.
5.- SOLICITUDES.- Quien desee participar en las pruebas de acceso deberá presentar la correspondiente instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente, en la que hará constar que reúne todos los requisitos exigidos en la convocatoria, debiendo adjuntarse a la misma los comprobantes siguientes:
- Resguardo justificativo de haber abonado los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 22,54 euros (veintidós euros con cincuenta y cuatro céntimos), por cada una de las bolsas de trabajo a la que se opte. El pago de estos derechos se hará en la cuenta de este Ayuntamiento en Bancaja, número 2077-0124-40-3100421380, dirigido a la Tesorería Municipal, donde se indicará claramente la plaza objeto de la convocatoria, así como la persona que realiza el ingreso.
- En caso de tener la condición de minusválido, deberá aportar igualmente documento acreditativo de su aptitud, así como escrito en el que se especifique cualquier tipo de adaptación necesaria a la hora de la realización de las pruebas
- Original o copia compulsada de los méritos a valorar, que se presentarán en sobre cerrado.
Las personas que estén interesados en tomar parte en los dos procesos selectivos, deberán presentar, por cada una de las bolsas y por separado, la correspondiente instancia, justificante de derechos de examen y sobre cerrado con los méritos a valorar.
Según el artículo 26 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, procederá la devolución de los derechos de examen cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo.
No se valorará ningún mérito que no sea acreditado en ese momento por el aspirante en la forma indicada.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la provincia.
[del 19 de FEBRERO al 2 de MARZO de 2010, a.i.]. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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