jueves, 18 de febrero de 2010

3 becas de formación para el programa de trabajo del Consejo de Consumidores y Usuarios en el ejercicio 2010.

MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL. Becas. Resolución de 26 de enero de 2010, del Instituto Nacional del Consumo, por la que se convocan becas de formación para el programa de trabajo del Consejo de Consumidores y Usuarios en el ejercicio 2010.
Objeto y finalidad.–
La resolución, tramitada anticipadamente, tiene por objeto la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva de tres becas para la formación teórica y práctica de titulados superiores como especialistas en materia de consumo, mediante la colaboración en las actividades del Consejo de Consumidores y Usuarios y de acuerdo a lo dispuesto en el apartado primero de la Orden SCO/643/2006, de 16 de febrero de 2006. Una de las becas estará destinada a licenciados en Derecho, otra a licenciados en Ciencias Económicas ó Empresariales y otra a licenciados en Periodismo.
La formación de los becarios se desarrollará a través de un programa de tutorías que incluirá formación teórica y práctica en materia de normativa relativa a la protección de los consumidores y usuarios, así como a su representación institucional a través de sus asociaciones.
Los becarios contarán con el asesoramiento, orientación, dirección y supervisión de un tutor, el Secretario del Consejo de Consumidores y Usuarios, que, conforme al programa de tutorías, dirigirá su formación.
El tutor evaluará mensualmente el cumplimiento del programa de formación diseñado, con carácter previo al abono del importe mensual de la beca.
cuantía de las becas.- importe estimado de cada una de las becas de 884,16 euros brutos mensuales.
Duración de las becas.–La duración máxima de las becas, conforme a lo previsto en la base séptima de la Orden SCO/643/2006 de 16 de febrero, será anual, extendiéndose desde la fecha de la aceptación hasta el 31 de diciembre de 2010, pudiendo prorrogarse durante el ejercicio 2011.
Requisitos de los candidatos.-
1. Podrán solicitar las becas convocadas en la presente resolución, las personas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española, la de un país miembro de la Unión Europea o la de un país signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. También podrán solicitar las becas los extranjeros residentes legalmente en España, de conformidad con las previsiones del artículo 9.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
b) Ser residente en España en el momento de incorporarse a la beca, y poseer plena capacidad de obrar.
c) Estar en posesión de las titulaciones académicas de Licenciado en Derecho, Licenciado en Ciencias Económicas o Empresariales ó Licenciado en Periodismo.
d)
Edad no superior a 30 años.
e)
Conocimientos de inglés y otros idiomas de países miembros de la Unión Europea.
f) Manejo a nivel usuario de bases de datos, Windows, correo electrónico e Internet.
g) La fecha de finalización de los estudios realizados no podrá ser anterior al curso académico 2005-2006.
h) Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos previamente a la resolución definitiva de la convocatoria.
i) No haber disfrutado anteriormente de una beca de estas características del Instituto Nacional del Consumo.
j) No padecer enfermedad o impedimento físico o psíquico que le imposibilite para el cumplimiento de sus obligaciones como becario.
k) No estar incurso en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
l) Los candidatos que no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar dominio suficiente de la lengua española para el desempeño correcto de las funciones y tareas a desarrollar en el Consejo de Consumidores y Usuarios.
Presentación de solicitudes.–Los impresos de solicitud podrán obtenerse en la sede del Instituto Nacional del Consumo, calle Príncipe de Vergara, 54, en la Secretaría del Consejo de Consumidores y Usuarios, o a través de Internet en la página www.consumo-inc.es .
Los interesados dirigirán sus solicitudes, de acuerdo con el modelo de instancia que se incluye como anexo I, al Registro del Instituto Nacional del Consumo, en la calle Príncipe de Vergara, 54. 28006 Madrid, o en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».[del 19 de FEBRERO al 10 de MARZO de 2010, a.i.]

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia