
ANUNCIO
El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de febrero de 2010, acordó aprobar la Convocatoria de subvenciones destinadas a ONGD para financiar Proyectos de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Anualidad 2010, de conformidad

Primera.- Objeto.- Es objeto de las presentes Bases regular la concesión de subvenciones, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, en la modalidad de concurrencia ordinaria, destinadas a Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo (ONGD), con sede o delegación permanente en la provincia de Alicante, para la cofinanciación de proyectos de cooperación al desarrollo que se realicen en países estructuralmente empobrecidos, y que permitan la mejora de las condiciones de vida de la población en general, y de los sectores con mayores necesidades en particular, a través de la movilización de los propios recursos.
No serán objeto de subvención las actuaciones que sean destinadas a ayuda humanitaria, alimentaria o médica de emergencia, ni las de carácter asistencial que no puedan asegurar su viabilidad cuando finalice la financiación externa.
Quedan expresamente excluidos de esta Convocatoria las Instituci

Segunda.- Marco normativo.
Tercera.- Cuantía y condiciones de las subvenciones.- Las subvenciones concedidas se imputarán a la partida 20.238.48000 del presupuesto vigente, denominada «Subvenciones a ONGD para financiar proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo», que cuenta con una dotación de 500.000 euros, destinados a este fin. Este importe podrá ser incrementado mediante las oportunas modificaciones presupuestarias.
El importe de la ayuda no será superior a los 36.000 euros, y en ningún caso superará el 80 por ciento del presupuesto total del proyecto presentado, debiéndose cubrir el resto con aportaciones de la propia entidad, de la contraparte local o de otros posibles financiadores.
Octava.- Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.- El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 30 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia. [del 20 de FEBRERO al 22 de marzo de 2010, a.i.] .
El lugar de presentación de las solicitudes será preferentemente en el Registro General de la Diputación de Alicante, sito en la calle Tucumán, número 8 (Alicante- 03005), de lunes a viernes.
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