viernes, 19 de febrero de 2010

Bases que han de regir la convocatoria Ayudas a Revistas. Anualidad 2010. Instituto Alicantino de Cultura Juan Gil Albert de Alicante.

INSTITUTO ALICANTINO DE CULTURA JUAN GIL ALBERT DE ALICANTE
ANUNCIO
Bases que han de regir la convocatoria Ayudas a Revistas. Anualidad 2010.
El Instituto Alicantino de Cultura Juan Gil-Albert, Organismo Autónomo de la Diputación de Alicante, al objeto de contribuir al desarrollo y mantenimiento de publicaciones periódicas de investigación de interés provincial, promueve la presente convocatoria de Ayudas con sujeción a las siguientes bases:
Primera: objeto de la convocatoria.- Es objeto de la presente Convocatoria el apoyo a la difusión cultural realizada por Entidades culturales sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica debidamente acreditada y que publiquen, en la provincia de Alicante y fuera del ámbito universitario, revistas de investigación de probado interés, ya sean de contenido provincial, comarcal o local. De esta Convocatoria quedarán excluidas aquellas Entidades que publiquen revistas cuyo precio de venta por ejemplar supere los veinte euros (20 €).
Para atender el importe de las ayudas a conceder dentro de la presente Convocatoria, queda afectada la partida del Presupuesto de Gastos de 2010 del Instituto 04.334.48300 «Ayudas a revistas existentes», por importe de 7.500 euros, sin perjuicio de las variaciones al alza que
pudieran producirse en posteriores modificaciones presupuestarias.
Segunda: plazo de presentación de solicitudes.- Las Entidades que deseen tomar parte en esta Convocatoria, lo solicitarán mediante impreso (modelo normalizado) que se facilitará en la Secretaría del Instituto (calle San Fernando, 44- Casa Bardín- 03001Alicante) y en la página web www.dip-alicante.es/gilalbert ,

debidamente cumplimentado, a partir del día siguiente a la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia, y hasta el 30 de abril de 2010.
Tercera: requisitos que deben reunir los beneficiarios.-
Para solicitar ayuda económica además de lo explicitado en la Base Primera anterior, será requisito inexcusable que se acredite, por la entidad solicitante, la publicación de la revista presentada, con anterioridad al 31 de diciembre de 2008, o bien la edición de un mínimo de tres números en fecha anterior a la de la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.
Quinta: número de Ayudas y cuantía.- Se concederán 5 Ayudas de hasta mil quinientos euros cada una. La cuantía de cada una de las ayudas a que se refiere la presente convocatoria en ningún caso podrá exceder del coste de la actividad subvencionada, correspondiendo al beneficiario financiar a su cargo la parte del presupuesto que excediera de la ayuda concedida.

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