jueves, 18 de febrero de 2010

bolsa de trabajo de técnico deportivo. Fundación Municipal de Cultura y Deportes de Puçol

Edicto de la Fundación Municipal de Cultura y Deportes de Puçol sobre bases para bolsa de trabajo de técnico deportivo.
Mediante resolución de la Presidencia nº 8/2010 de fecha 4 de febrero se ha aprobado:
"BASES QUE HAN DE REGIR LA SELECCIÓN PARA LA CREACION DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA NOMBRAMIENTOS DE FUNCIONARIOS INTERINOS Y EN SU CASO, CONTRATACIÓN LABORAL DE CARÁCTER TEMPORAL DE TÉCNICO DEPORTIVO, SUBGRUPO DE TITULACIÓN A2, PARA LA FUNDACIÓ MUNICIPAL DE CULTURA I ESPORTS DE PUÇOL.
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. - El objeto de la presente convocatoria es la creación de una bolsa de trabajo para nombramientos de funcionarios interinos y en su caso, la contratación laboral temporal, de Técnico Deportivo, correspondiente al subgrupo de titulación A2, para la Fundació Municipal de Cultura i Esports de Puçol.
El sistema selectivo será el de concurso-oposición libre.
3.- BASES GENERALES.- En lo no previsto en estas bases específicas regirá, en lo que no contravenga la legislación vigente, lo dispuesto en las bases generales publicadas en los Boletines Oficiales de la Provincia número 299, de fecha 17.12.1997, número 76, de fecha 31.03-1998, y número 109, de fecha 09.05.2000; y en los diarios oficiales de la Generalitat Valenciana número 3.145, de fecha 18.12.1997, número 3.228, de fecha 23.04.1998, y número 3.744, de fecha 08.05.2000.
4.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. - d) Estar en posesión del título de Diplomado en Educación Física, Magisterio en la especialidad de Educación Física, haber superado tres años de licenciatura de Educación Física, o equivalente. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
g) Estar en posesión del certificado de conocimiento del grado medio expedido u homologado por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valenciá, o equivalente. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso.
5.- SOLICITUDES.- Quien desee participar en las pruebas de acceso deberá presentar la correspondiente instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente, en la que hará constar que reúne todos los requisitos exigidos en la convocatoria, debiendo adjuntarse a la misma los comprobantes siguientes:
- Resguardo justificativo de haber abonado los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 27,05 euros (veintisiete euros con cinco céntimos). El pago de estos derechos se hará en la cuenta de este Ayuntamiento en Bancaja, número 2077-0124-40-3100421380, dirigido a la Tesorería Municipal, donde se indicará claramente la plaza objeto de la convocatoria, así como la persona que realiza el ingreso.
- En caso de tener la condición de minusválido, deberá aportar igualmente documento acreditativo de su aptitud, así como escrito en el que se especifique cualquier tipo de adaptación necesaria a la hora de la realización de las pruebas.
- Original o copia compulsada de los méritos a valorar, que se presentarán en sobre cerrado.
Según el artículo 26 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, procederá la devolución de los derechos de examen cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo.
No se valorará ningún mérito que no sea acreditado en ese momento por el aspirante en la forma indicada.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la provincia. [del 19 de FEBRERO al 2 de MARZO de 2010, a.i.]
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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