martes, 25 de junio de 2013

ajudes Comerç Innova; Continuïtat Empresarial, i Artesania per a l’exercici 2013. // ayudas Comerç Innova; Continuïtat Empresarial, y Artesania para el ejercicio 2013.

ORDE 21/2013, de 14 de juny, de la Conselleria d’Economia, Indústria, Turisme i Ocupació, per la qual es convoquen les ajudes Comerç Innova; Continuïtat Empresarial, i Artesania per a l’exercici 2013. [2013/6478] (pdf 787KB) 
ORDEN 21/2013, de 14 de junio, de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se convocan las ayudas Comerç Innova; Continuïtat Empresarial, y Artesania para el ejercicio 2013. [2013/6478]  (pdf 787KB)
1. Objeto. Es objeto de la presente orden convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2013, en materia de comercio y artesanía, destinadas a incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes, de acuerdo con la Orden 8/2013, de 4 de abril, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en materia de comercio y artesanía, publicada en Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 7002, de 12 de abril de 2013, mediante las líneas Comerç Innova; Continuïtat Empresarial, y Artesania. 
2. Beneficiarios y requisitos para solicitar la subvención. 1. Podrán acceder a las ayudas contempladas en los títulos II y III los beneficiarios previstos en el punto 1.b del artículo 2 de las bases reguladoras referenciadas y los previstos en el punto 1.a del mismo artículo para las reguladas en el título IV de esta orden. ...
5. Las empresas del sector de venta de alimentación y bebidas que, cumpliendo con la reglamentación técnico-sanitaria y demás normativa específica, dispongan de una zona de degustación en el propio establecimiento, podrán ser objeto de apoyo en las correspondientes líneas de ayuda, siempre que la citada zona no suponga más del 40 por ciento de las dimensiones totales de la sala de venta. A efectos de cálculo de esta zona, el solicitante deberá aportar plano a escala o acotado de la distribución de la sala de ventas, grafíando el espacio destinado a degustación que comprenderá en todo caso la zona ocupada por mesas y sillas, así como el espacio de mostrador que disponga de taburetes o similares para facilitar la consumición de productos por parte de los clientes, así como el espacio común necesario para el uso de la zona de degustación.
El equipamiento específico para esta zona, en ningún caso será objeto de apoyo con cargo a esta orden.
6. En el caso de desarrollarse en el mismo establecimiento distintas actividades, a los efectos del impuesto de actividades económicas, en cuanto a las ayudas establecidas en esta orden se considerarán únicamente las actuaciones directamente vinculadas a la actividad apoyable.
Por otro lado, aquellas actuaciones que, estando directamente vinculadas a la actividad apoyable, sean susceptibles de aprovechamiento para el desarrollo de las actividades no apoyables en el mismo establecimiento, deberán prorratearse tomando como referencia el volumen de negocio atribuible a cada actividad.
7. En cuanto a las definiciones que se emplean en los títulos II a IV de esta orden se estará a lo dispuesto en el artículo 4 de las bases reguladoras. 
3. Solicitud de la subvención, documentación adicional y plazo de presentación. 1. La solicitud de subvención deberá presentarse junto con el anexo correspondiente en la forma descrita en el artículo 6 de las bases reguladoras.
La información de esta convocatoria y los impresos normalizados de solicitud estarán disponibles en la página web de la Generalitat www.gva.es, a partir de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. ...
4. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales, iniciándose el día siguiente al de la publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.{del 25 de junio al 9 de julio de 2013, a.i.}

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