lunes, 17 de junio de 2013

Bolsa de Empleo: Conductor de Camión, y Operarios. ( para la sustitución de trabajadores que prestan servicio en el área de Aseo Urbano ). Ayuntamiento de Orihuela/Oriola (Baix Segura/Vega Baja-Alacant)

AYUNTAMIENTO ORIHUELA. [butlletí oficial de la província - alacant, 17 juny 2013 - n.º 113]
-BASES PRUEBAS SELECTIVAS BOLSA CONDUCTOR DE CAMIÓN pàgina 24
-BASES BOLSA DE EMPLEO OPERARIOS pàgina 25
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El Ayuntamiento de Orihuela convoca pruebas selectivas para la constitución de una bolsa de empleo para la sustitución de trabajadores que prestan servicio en el área de Aseo Urbano como Conductor de Camión, cuyas bases aprobadas por resolución de la Concejala Delegada de Personal de fecha treinta y uno de mayo de dos mil trece, se transcriben íntegras a continuación:
BASES
PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Empleo para la sustitución de trabajadores que prestan servicio en el área de Aseo Urbano como conductor de camión.
SEGUNDA: REQUISITO DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, los requisitos siguientes:
· Tener la nacionalidad española o la de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea, o de aquellos Estados que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, todo ello en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril de 2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.
· Estar en posesión del Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración educativa competente en cada caso.
· Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación.
· Carné de Conducir tipo C y el Certificado de Adaptación Profesional
· No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Los requisitos contenidos en los apartados a), b), c) y d) deberán ser acreditados en el momento de la presentación de la solicitud, el resto de los requisitos se acreditarán en el momento en que el aspirante sea llamado, en su caso, para su nombramiento interino o contrato temporal.
TERCERA: SOLICITUDES. 3.1 Presentación de Instancias:
Quienes deseen tomar parte en las pruebas lo solicitarán mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente, en la que deberán manifestar que reúnen los requisitos exigidos en la base segunda así como que conocen el contenido de las bases y las aceptan en todos sus términos.
Las solicitudes se presentarán acompañadas de la siguiente documentación:
- Documentación acreditativa de la titulación exigida para el desempeño del puesto.
- Fotocopia del D.N.I.
- Justificante del abono de los derechos de examen.(9,02 €)
- Fotocopia del Carné de Conducir tipo C y del Certificado de Adaptación Profesional
Las fotocopias de los documentos aportados junto con la instancia deberán presentarse debidamente compulsados, de no hacerlo así no serán tenidas en cuenta.
Las instancias se presentarán dentro del plazo de 15 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia;[butlletí oficial de la província - alacant, 17 juny 2013 - n.º 113]{del 18 de junio al 2 de julio de 2013, a.i.} en el Registro General de la Corporación, o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.  www.orihuela.es
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El Ayuntamiento de Orihuela convoca pruebas selectivas para la constitución de una bolsa de empleo para la sustitución de trabajadores que prestan servicio en el área de Aseo Urbano como Operarios, cuyas bases aprobadas por resolución de la Concejala Delegada de Personal de fecha treinta y uno de mayo de dos mil trece, se transcriben íntegras a continuación:
BASES
PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Empleo, para la sustitución de trabajadores que prestan servicio en el área de Aseo urbano como Operarios.
SEGUNDA: REQUISITO DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, los requisitos siguientes:
· Tener la nacionalidad española o la de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea, o de aquellos Estados que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, todo ello en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril de 2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.
· Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación.
· No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
· Carné de conducir B1
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Los requisitos contenidos en los apartados a), b) y d) deberán ser acreditados en el momento de la presentación de la solicitud, el resto de los requisitos se acreditarán en el momento en que el aspirante sea llamado, en su caso, para su nombramiento interino o contrato laboral temporal.
TERCERA: SOLICITUDES. Presentación de Instancias:
Quienes deseen tomar parte en las pruebas lo solicitarán mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente, en la que deberán manifestar que reúnen los requisitos exigidos en la base segunda, así como que conocen el contenido de las mismas y las aceptas en todos sus términos.
Las solicitudes se presentarán acompañadas de la siguiente documentación:
- Fotocopia del D.N.I.
- Justificante del abono de los derechos de examen.( 7,21.-€)
- Fotocopia del carné de conducir B1
Las fotocopias de los documentos aportados junto con la instancia deberán presentarse debidamente compulsados, de no hacerlo así no serán tenidas en cuenta.
Las instancias se presentarán dentro del plazo de 15 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia;[butlletí oficial de la província - alacant, 17 juny 2013 - n.º 113] {del 18 de junio al 2 de julio de 2013, a.i.} en el Registro General de la Corporación, o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común. www.orihuela.es
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nota de redacción: parece que en la bolsa de 'operarios' se ha omitido los requisitos a), b) , c) y d). Por lo que consideramos probable una posterior publicación subsanando dichas bases, y abriendo un nuevo periodo de presentación de solicitudes; so más que probable impugnación de dicho proceso.

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