ORDE 17/2013, de 5 de juny, de la Conselleria d’Economia, Indústria, Turisme i Ocupació, per la qual es regula i convoca la concessió de subvencions de foment de l’ocupació dirigit a emprenedors per a l’any 2013. [2013/6127] (pdf 405KB)
ORDEN 17/2013, de 5 de junio, de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones de fomento del empleo dirigido a
emprendedores para el año 2013. [2013/6127] (pdf 405KB)
1. Objeto y ámbito. 1. Esta orden tiene por objeto favorecer la generación de empleo en la Comunitat Valenciana a través de la promoción del establecimiento del trabajador por cuenta propia, mediante la concesión de subvenciones por la creación de actividad empresarial independiente.
2. Las ayudas solo se concederán para la creación de empleo en centros de trabajo domiciliados en la Comunitat Valenciana. Las inversiones que, en su caso, deban justificarse para su concesión deberán realizarse en establecimientos domiciliados en esta Comunidad.
2. Las ayudas solo se concederán para la creación de empleo en centros de trabajo domiciliados en la Comunitat Valenciana. Las inversiones que, en su caso, deban justificarse para su concesión deberán realizarse en establecimientos domiciliados en esta Comunidad.
2. Beneficiarios.1. Son beneficiarios de las ayudas establecidas en esta orden:
1.1. Las personas desempleadas, inscritas como demandantes de empleo en el correspondiente centro SERVEF de empleo, que se constituyan en personal autónomo o profesional desde el 1 de junio de 2013.
1.2. Se entenderá por personal trabajador autónomo o por cuenta propia el que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo sin sujeción a contrato de trabajo, aunque utilice el servicio remunerado de otras personas.
1.1. Las personas desempleadas, inscritas como demandantes de empleo en el correspondiente centro SERVEF de empleo, que se constituyan en personal autónomo o profesional desde el 1 de junio de 2013.
1.2. Se entenderá por personal trabajador autónomo o por cuenta propia el que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo sin sujeción a contrato de trabajo, aunque utilice el servicio remunerado de otras personas.
3. Incompatibilidades. Las subvenciones establecidas en esta orden son incompatibles con cualquier otra que tenga el mismo objeto, salvo la bonificación de cuotas a la Seguridad Social.
4. Cuantías. 1. Actividades en sectores de carácter tradicional: Las personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el correspondiente Centro SERVEF de Empleo que se constituyan en personal autónomo o profesional desde el 1 de junio de 2013 se beneficiarán de una ayuda cuyo importe se graduará en función de la dificultad de acceso al mercado de trabajo, de acuerdo con su inclusión en alguno de los siguientes colectivos:
1.º 4.000 euros para desempleados en general.
2.º 5.000 euros para jóvenes desempleados menores de 30 años.
3.º 6.000 euros para mujeres desempleadas.
4.º 7.000 euros para desempleados con discapacidad.
5.º 9.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad.
6.º En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cuantías de los puntos 3.º y 5.º se incrementarán en un 10 por ciento.
2. Actividades en sectores emergentes: Las cuantías a que hace referencia el apartado anterior se incrementarán en 1.000 euros en el caso de que la actividad económica que vaya a desarrollarse de forma autónoma se encuadre en alguna de las divisiones, grupos o clases de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) que especifica el anexo I de la orden, o su equivalente en la normativa que estuviera en vigor.
4. Cuantías. 1. Actividades en sectores de carácter tradicional: Las personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el correspondiente Centro SERVEF de Empleo que se constituyan en personal autónomo o profesional desde el 1 de junio de 2013 se beneficiarán de una ayuda cuyo importe se graduará en función de la dificultad de acceso al mercado de trabajo, de acuerdo con su inclusión en alguno de los siguientes colectivos:
1.º 4.000 euros para desempleados en general.
2.º 5.000 euros para jóvenes desempleados menores de 30 años.
3.º 6.000 euros para mujeres desempleadas.
4.º 7.000 euros para desempleados con discapacidad.
5.º 9.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad.
6.º En el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las cuantías de los puntos 3.º y 5.º se incrementarán en un 10 por ciento.
2. Actividades en sectores emergentes: Las cuantías a que hace referencia el apartado anterior se incrementarán en 1.000 euros en el caso de que la actividad económica que vaya a desarrollarse de forma autónoma se encuadre en alguna de las divisiones, grupos o clases de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) que especifica el anexo I de la orden, o su equivalente en la normativa que estuviera en vigor.
6. Presentación de solicitudes y documentación. 1. Las solicitudes, que deberán dirigirse al Servicio Valenciano de Empleo y Formación, se formalizarán en impresos normalizados que se presentarán en las correspondientes direcciones territoriales de Empleo del SERVEF, ...
7. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas para la constitución en personal trabajador autónomo o profesional por cuenta propia comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la orden y finalizará el 20 de septiembre de 2013. Con anterioridad a la presentación de la solicitud se deberá estar de alta en el Censo de Obligados Tributarios y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Hemos creado la Plataforma de autónomos que no cobran subvenciones para denunciar el impago de estas ayudas. No están pagando desde 2011.
ResponderEliminarPor favor, adviertan que estas ayudas no se están pagando. Los que accedieron a las ayudas en 2012 no han cobrado y del 2011 falta por pagar el 80%. No hay ni siquiera calendario de pagos. Hemos creado la plataforma de autónomos que no cobran subvenciones comunidad valenciana. Ya ha llegado a las cortes valencianas y al congreso de diputados.
ResponderEliminarNo están cumpliendo, el PSOE ha denunciado hasta en las cortes valencianas los impagos a desempleados de 2011 y 2012. Que los parados sepan que si se acogen a esta ayuda, tardarán años en cobrar o puede que ni la cobren.
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