miércoles, 26 de junio de 2013

ajudes en matèria d’estalvi i eficiència energètica en les empreses, sector edificació, cogeneració i diversificació energètica per a l’exercici 2013. IVACE.

RESOLUCIÓ de 6 de juny de 2013, del president de l’Institut Valencià de Competitivitat Empresarial (IVACE), per la qual es convoquen ajudes en matèria d’estalvi i eficiència energètica en les empreses, sector edificació, cogeneració i diversificació energètica per a l’exercici 2013. [2013/6595]
RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2013, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas en materia de ahorro y eficiencia energética en las empresas, sector edificación, cogeneración y diversificación energética para el ejercicio 2013. [2013/6595]
1. Objeto de la resolución. 1. El objeto de la presente resolución es establecer, junto con lo dispuesto en la Orden 1/2012, de 12 de marzo, de la Consellería de Economía, Industria y Comercio, las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2013 de las ayudas del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) en materia de ahorro y eficiencia energética.
En la presente resolución se recogen actuaciones encaminadas a cumplir los compromisos internacionales en materia de ahorro, diversificación energética y respeto al medioambiente.
2. El régimen de ayudas será de aplicación tal y como se determina en los siguientes artículos.
8. Beneficiarios. 1. Podrá acogerse a estas ayudas cualquier entidad o persona física o jurídica, de naturaleza pública o privada, incluyendo las agrupaciones sin personalidad jurídica, las comunidades de bienes y las empresas de servicios energéticos (ESE), dependiendo de lo establecido en el anexo para cada programa y actuación apoyable.
A los efectos de esta resolución, se entiende por empresa de servicios energéticos (ESE), toda aquella persona jurídica que proporcione servicios energéticos en la forma definida en el párrafo siguiente, en las instalaciones o locales de un usuario y afronte cierto grado de riesgo económico al hacerlo y que esté registrada en el registro que a tal fin tiene el IDAE como empresa de servicios energéticos. Si se trata de una unión temporal de empresas (UTE) será necesario que al menos una de las empresas que componen la UTE esté inscrita en dicho registro. Todo ello, siempre que el pago de los servicios prestados se base, ya sea en parte o totalmente, en la obtención de ahorros de energía por introducción de mejoras de la eficiencia energética y en el cumplimiento de los demás requisitos convenidos.
El servicio energético prestado por la empresa de servicios energéticos consistirá en un conjunto de prestaciones incluyendo la realización de inversiones inmateriales, de obras o de suministros necesarios para optimizar la calidad y la reducción de los costes energéticos. Esta actuación podrá comprender además de la construcción, instalación o transformación de obras, equipos y sistemas, su mantenimiento, actualización o renovación, su explotación o su gestión derivados de la incorporación de tecnologías eficientes en materia de ahorro de energía.
El servicio energético así definido deberá prestarse basándose en un contrato que deberá llevar asociado un ahorro de energía verificable, medible o estimable.
Sin perjuicio de lo anterior, la ESE deberá repercutir en última instancia al titular del edificio o instalación que suscribe un contrato con una ESE el importe de la subvención recibida del IVACE según se recoge en el artículo 9.
6. El proyecto objeto de subvención deberá encontrarse dentro del territorio de la Comunidad Valenciana.
7. La condición para ser beneficiario habrá de mantenerse hasta el momento del pago de la subvención.
9. Presentación de solicitudes. 1. Los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación:
1.1. Solicitud y memoria técnica.
La solicitud y la memoria técnica se adecuarán a los modelos normalizados disponibles en la página web www.aven.es y su tramitación deberá realizarse de forma telemática para todos los solicitantes de estas ayudas, a excepción de los particulares, para los cuales la tramitación telemática será opcional.
... En el caso de particulares que no presenten la solicitud de forma telemática, deberán imprimir las páginas preceptivas resultantes del uso del programa informático disponible en la web www.aven.es y las presentarán, una vez cumplimentadas con las correspondientes firmas originales, en los lugares indicados en el artículo 10.1.
10. Lugar de presentación de solicitudes y plazo. 1. Las solicitudes y la documentación anexa se presentarán ante el Registro Electrónico de la Generalitat, a excepción de que el solicitante de la ayuda sean particulares que no hayan optado por la tramitación telemática, los cuales podrán presentar dicha documentación en la sede del IVACE, calle Colón número 1, 4.ª planta, o en las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por la oficina de Correos antes de ser certificada.
3. Con carácter general, el plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta disposición en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.{del 27 de junio al 26 de julio de 2013, a.i.}
En todo caso, cuando el día concreto de finalización del plazo fuera sábado o inhábil en el municipio en que residiese el interesado o en la sede del IVACE, se prorrogará al primer día hábil siguiente.
4. Con el fin de potenciar el logro de los objetivos de la presente resolución, el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial podrá trasladar las solicitudes a otros programas o convocatorias de ayudas, así como acoger proyectos de otras convocatorias de ayudas del Instituto, siempre que las características de los programas lo permitan.
Valenciana.
ANEXO  -  Descripción y particularidades de los programas y actuaciones.
1. Programa de Ahorro y Eficiencia Energética en la Empresa. Actuación IN12: inversiones en medidas de ahorro de energía en las empresas.
a) Objeto. El objetivo de esta medida es facilitar la viabilidad económica de las inversiones en ahorro de energía en las empresas de la Comunitat Valenciana en cualquier sector económico.
2. Programa de Ahorro y Eficiencia Energética en la Edificación. Actuación ED32: Mejora de
la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes.
a) Objeto. Reducir el consumo de energía de las instalaciones térmicas existentes de los edificios (calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria).
2.1. Actuación ED33: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior en los edificios existentes.
a) Objeto. Reducir el consumo de energía de las instalaciones de iluminación interior existentes.
2.2. Actuación ED34: Construcción de nuevos edificios con alta calificación energética.
a) Objeto. Reducir el consumo de energía mediante la promoción de edificios de nueva construcción: viviendas unifamiliares, edificios de viviendas en bloque y/o edificios terciarios con alta calificación energética.
3. Programa de Ahorro y Eficiencia Energética en Transformación de la Energía.
3.1. Actuación TE73: inversiones en cogeneración no industrial.
a) Objeto. El objetivo de esta medida es contribuir a desarrollar el potencial de cogeneración en la Comunitat Valenciana, apoyando la implantación de sistemas de cogeneración de alta eficiencia en los subsectores en los que esta tecnología tiene menor presencia como es el sector terciario.
3.2. Actuación TE74: fomento de plantas de cogeneración de pequeña potencia.
a) Objeto. El objetivo de esta medida es la promoción de la instalación de sistemas de cogeneración de alta eficiencia (según la definición dada en el Real Decreto 616/2007), de potencia eléctrica igual o inferior a 150 kW.
3.3. Actuación TE75: inversiones en cogeneración industrial.
a) Objeto. El objetivo de esta medida es contribuir a desarrollar el potencial de cogeneración en la Comunitat Valenciana, apoyando la implantación de sistemas de cogeneración en cualquier empresa perteneciente al sector industrial.
4. Programa de Diversificación Energética.
4.1. Actuación DIVE: inversiones en diversificación energética.
a) Objeto. El objetivo de esta actuación es la implantación de medidas destinadas a la sustitución de productos petrolíferos por gas natural en cualquier empresa perteneciente a cualquier sector económico y en las entidades públicas.

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