martes, 3 de noviembre de 2015

77 plazas del «Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado», código «1146». 92 plazas del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado, código «1188».

http://boe.es/boe/dias/2015/11/03/pdfs/BOE-A-2015-11843.pdfOrden HAP/2294/2015, de 21 de octubre, por la que se convocan procesos selectivos para el ingreso o el acceso en Cuerpos de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.
Bases comunes Los procesos selectivos previstos en esta Orden se rigen por la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado («Boletín Oficial del Estado» núm. 284, del 27), modificada por la Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio («Boletín Oficial del Estado» núm. 183 del 30).
Bases específicas 1. Las bases específicas de la convocatoria a la que se refiere esta Orden serán comunes para todos los cuerpos, a excepción de los aspectos específicos que vendrán recogidos en el correspondiente Anexo para cada uno de ellos.
2. Programas y pruebas. Los programas y pruebas que han de regir la fase de oposición son los que figuran en las normas específicas recogidas en el anexo correspondiente a cada proceso selectivo.
6. Solicitudes. 6.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el formulario de solicitud (modelo 790).
6.2 Una vez cumplimentada, la solicitud tendrá que ser presentada en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». {del 4 al 23 de noviembrede 2015, a.i.}
La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes: a) Los interesados podrán presentar su solicitud por vía electrónica haciendo uso del servicio Inscripción en Procesos Selectivos del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), ...
b) Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790, a través del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/modelo790. Una vez cumplimentados en la citada página todos los datos solicitados de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo sobre la opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres copias («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»). Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias). Para efectuar el pago de esta tasa, se presentará el original de la solicitud impresa cumplimentado en la forma descrita en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, habrá que presentar el formulario de solicitud en el Registro del Instituto Nacional de Administración Pública (calle Atocha, núm. 106, 28012 Madrid), o en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado Duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («BOE» del 27).
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ANEXO I Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso libre en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado
1. El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado por el sistema general de ingreso libre será de 77 plazas.
Del total de las plazas convocadas se reservarán 7 para ser cubiertas por personas con discapacidad con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con las plazas autorizadas en el anexo I del Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo («BOE» del 23) por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2015 ...
4. Además de los requisitos enumerados en la base novena de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado en Educación Secundaria, Graduado Escolar o Bachiller Elemental. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.  «Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado», código «1146».
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ANEXO IV Normas específicas de la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso libre, en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado
1. El conjunto total de plazas a cubrir por el sistema general de ingreso libre será de 92 plazas. Del total de estas plazas se reservarán 8 para ser cubiertas por personas con discapacidad con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con las plazas autorizadas en el anexo I del Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2015.
3. Además de los requisitos enumerados en el base novena de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio («BOE» del 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

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