Orden JUS/2293/2015, de 19 de octubre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.Bases comunes Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre (BOE de 19 de octubre).Bases específicas
1. Descripción de las plazas 1.1 Se convoca proceso selectivo de acceso libre para cubrir 140 plazas de las comprendidas en el Anexo II, «Personal de la Administración de Justicia», del Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015, en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (código de cuerpo 010) a través del sistema de oposición, con la siguiente distribución territorial:
Ámbito territorial . . Sistema general . . Reserva personas con discapacidad
Andalucía . . . . . . . . . . . . . . . . 5 . . –
Canarias................. 11 . . 1
Cataluña................. 33 . . 2
Comunidad Valenciana...... 12 . . –
Madrid................... 21 . . 1
Navarra.................. 4 . . –
País Vasco ............... 16 . . 1
Ministerio de Justicia ....... 31 . . 2
Total................. 133 . . 7
4. Titulación y otros requisitos de participación Para participar en este proceso selectivo es necesario cumplir todos los requisitos señalados en la base séptima de las bases comunes y estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
4. Titulación y otros requisitos de participación Para participar en este proceso selectivo es necesario cumplir todos los requisitos señalados en la base séptima de las bases comunes y estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso, a efectos académicos y profesionales. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones del Derecho de la Unión Europea.
5. Solicitudes 5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración de Justicia (modelo 790 – Código 007 en cuya parte superior figura, «Solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen»), que estará disponible en castellano y en las demás lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas. Este modelo se descarga gratuitamente de la página web del Ministerio de Justicia, (www.mjusticia.gob.es) y de las páginas web de las Comunidades Autónomas que ofertan plazas y que se indican en la base 6.7.
5.2 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado»{del 4 al 23 de noviembre de 2015, a.i.} y se dirigirá a la Secretaria de Estado de Justicia. La no presentación de la misma en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.3 La presentación, previo pago de la correspondiente tasa, se realizará por alguno de los siguientes medios:
a) A través del Registro Electrónico del Ministerio de Justicia en la Dirección de Internet www.mjusticia.gob.es, o páginas web de las Comunidades Autónomas que ofertan plazas indicadas en la base 6.7, y de acuerdo con las instrucciones que en ellas se indican. La presentación de instancias por este sistema conlleva necesariamente el pago telemático de la tasa de examen. Los aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en la base novena de la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre (BOE de 19 octubre) por la que se establecen las bases comunes, estén exentos del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción de ésta, no podrán hacer uso de este sistema y deberán necesariamente presentar la instancia en soporte papel, acompañando la documentación acreditativa del derecho a la exención o reducción en alguno de los registros indicados a continuación.
b) En el Registro General del Ministerio de Justicia, calle Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid, o en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, o en cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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