Orden AAA/2358/2015, de 27 de octubre, por la que se establece el plazo para la presentación de solicitudes para acogerse al régimen excepcional previsto en el Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca.
Primero. Plazo de presentación. Las solicitudes para acogerse al régimen excepcional previsto en el último párrafo del artículo 3.b) del Real Decreto 1549/2009, de 29 de octubre, para la construcción de nuevas unidades pesqueras en astilleros de la Unión Europea, se pondrán presentar, desde el día siguiente a la publicación de esta orden hasta el 15 de marzo de 2016.
Las solicitudes presentadas con anterioridad a la publicación de la presente orden deberán hacer referencia expresa a su intención de acogerse al régimen excepcional previsto en el artículo 3.b) del Real Decreto 1549/2009, y contener la información mínima que permita evaluar la solicitud. En caso de no incluir la citada información, deberán presentar una nueva solicitud.
Segundo. Tramitación. Las solicitudes se dirigirán al Director General de Ordenación Pesquera, conforme al modelo que se acompaña como anexo, y se presentarán en el Registro de la Secretaría General de Pesca o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4) de La ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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