martes, 16 de febrero de 2010

ayudas destinadas a la difusión de recursos turísticos de los municipios de interior de la Comunitat Valenciana

Conselleria de Turisme
ORDE 1/2010, de 10 de febrer, de la Conselleria de Turisme, per la qual es regulen i convoquen les ajudes destinades a la difusió dels recursos turístics dels municipis de l'interior de la Comunitat Valenciana. [2010/1607] (pdf 828KB)
ORDEN 1/2010, de 10 de febrero, de la Conselleria de Turismo, por la que se regulan y convocan las ayudas destinadas a la difusión de recursos turísticos de los municipios de interior de la Comunitat Valenciana. [2010/1607]
Objeto.- 1. El objeto de la presente orden es establecer el régimen de concesión de ayudas para las actuaciones que se realicen en 2010 de difusión de los municipios de interior de la Comunitat Valenciana como destinos turísticos, o bien de algunos recursos turísticos específicos de los mismos, que se lleven a cabo mediante la edición de material impreso, CD’s y DVD’s.
2. A los efectos de lo dispuesto en la presente orden se entiende por difusión aquellas acciones tendentes a la divulgación de los recursos turísticos de los municipios a los que se refiere el número 1 de este artículo.
Beneficiarios.- 1. Podrán solicitar ayudas los municipios y mancomunidades de municipios del interior de la Comunitat Valenciana que cumplan losrequisitos establecidos en el apartado siguiente.
Tal y como se indica en el punto 4, del Art. 4, sólo se podrá presentar una solicitud por municipio o mancomunidad y para una única actuación.
2. A efectos de estas ayudas se entenderán por municipios de interior de la Comunitat Valenciana, las entidades locales a las que se refiere el apartado a, del número 1 del artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local cuyo término municipal no sea limítrofe con el mar.
Análogamente, se entenderán por mancomunidades de interior de la Comunitat Valenciana las entidades locales a las que se refiere el apartado d del número 2 del artículo 3 de la citada ley 7/1985, en las que ninguno de los municipios que las integran sea limítrofe con el mar.
Presentación de solicitudes y documentación.- 1. Los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación: a) Instancia de solicitud en impreso normalizado, debidamente cumplimentado, según modelo que figura en el Anexo I de la presente orden y disponible en www.turisme.gva.es/ayudas .
4. Las solicitudes podrán presentarse en los Registros de los servicios territoriales de Turismo de Alicante (C/ Churruca, 29; 03003 Alicante), Castellón (Pl. María Agustina, 5; 12003 Alicante) y Valencia (Pl. Alfonso el Magnánimo, 15; 46003 Valencia) y en el Registro General de la Conselleria de Turismo.
5. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el DOCV.[del 17 de FEBRERO al 8 de MARZO de 2010, a.i.]

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