jueves, 14 de noviembre de 2013

5 plazas de auxiliar administrativo, subgrupo C2; y 1 Subalterno (Conserje) AP. Bases. Ayuntamiento de Godella (Horta Nord-València)

“BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE CINCO PLAZAS DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO, SUBGRUPO C2, VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE CARRERA DE ESTE AYUNTAMIENTO, INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2010 ( BOP nº 269 de 12 de noviembre de 2010)
PRIMERA.- OBJETO. 1.1.-, El objeto de la presente convocatoria es la cobertura, en propiedad, de cinco plazas vacantes en la plantilla municipal de Auxiliar Administrativo, mediante el procedimiento de concurso oposición.
Dichas plazas están encuadradas en la escala de administración general, subescala, grupo C2, dotada con el sueldo correspondiente a los funcionarios de este grupo, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que corresponden a dicha subescala, con arreglo a la legislación vigente, y se halla incluida en la oferta de empleo público de 2010.
TERCERA.- SISTEMA DE PROVISIÓN. La plaza se proveerá por turno libre y mediante el sistema de concurso- oposición.
CUARTA.- REQUISITOS.
- Tener la nacionalidad española o, en el caso de extranjeros, ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea, así como ser cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, que sean menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. El acceso al empleo público también se extiende a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Todo ello en los términos del artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- Estar en posesión del título de graduado en educación secundaria obligatoria, o equivalente.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Estar en posesión del grado “elemental” de conocimiento del valenciano, según la titulación expedida por la Junta Qualificadora. Todo ello de conformidad con la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo aprobada en el Pleno del Ayuntamiento de Godella en fecha 26 de septiembre de 2013 y publicada en el BOP nº 249 de fecha 19 de octubre de 2013.
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado para el
desempeño de las funciones públicas.
QUINTA.- SOLICITUDES Y DERECHOS DE EXAMEN.
Quienes deseen participar en las pruebas selectivas deberán solicitarlo mediante instancia que se dirigirá a la Presidencia de la Corporación y se presentará en el Registro General durante el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, aportando junto con ella la fotocopia del D.N.I.
Las instancias podrán presentarse igualmente en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El modelo de instancia para tomar parte en las pruebas selectivas será el que se recoge en el Anexo I de estas bases.
Los derechos de examen, que son de 38 euros, serán satisfechos por los aspirantes antes de presentar la instancia, debiendo adjuntarse a la instancia resguardo acreditativo de su ingreso en la cuenta del Banco BANKIA nº 2038 6135 65 6000004043, abierta a nombre del Ayuntamiento
de Godella. Si el pago se efectuó mediante giro postal o telegráfico se consignará en la instancia el número de giro.
Gozarán de una bonificación del 20% los que acrediten una discapacidad igual o superior al 33% y los miembros de familia numerosa.
Para ser admitidos y tomar parte en las pruebas selectivas, además de sus circunstancias personales, los solicitantes habrán de manifestar en las instancias que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias y que se comprometen a prestar el preceptivo juramento o promesa. Estas condiciones se deberán mantener a lo largo de todo el proceso selectivo durante el que, en cualquier momento, podrán ser requeridos los aspirantes para efectuar las comprobaciones oportunas.
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Ayuntamiento de Godella   (ver pdf)
Edicto del Ayuntamiento de Godella sobre aprobación de las bases específicas de la convocatoria para la cobertura en propiedad de una plaza de conserje subalterno, clasificada como agrupación profesional, vacante en la plantilla de personal laboral de esta corporación.
EDICTO
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de fecha 7 de noviembre de 2013, se aprobaron las bases específicas para la cobertura en propiedad de una plaza de conserje subalterno, clasificada como agrupación profesional, vacante en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Godella y que se transcriben a continuación:
“BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA COBERTURA EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE CONSERJE SUBALTERNO, CLASIFICADA COMO AGRUPACIÓN PROFESIONAL, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DE ESTE AYUNTAMIENTO, INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2010.( BOP nº 269 de 12 de noviembre del 2010)
PRIMERA.- OBJETO. 1.1.-, El objeto de la presente convocatoria es la cobertura, en propiedad, de una plaza vacante en la plantilla municipal de Subalterno (Conserje), mediante el procedimiento de concurso oposición.
Dicha plaza está encuadrada como personal laboral, agrupación profesional, dotada con el sueldo correspondiente a los empleados de esta categoría, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que corresponden a dicha subescala, con arreglo a la legislación vigente, y se halla incluida en la oferta de empleo público de 2010. (BOP nº 269 de 12 de noviembre de 2010)
TERCERA.- SISTEMA DE PROVISIÓN. La plaza se proveerá por turno libre mediante el sistema de concurso- oposición.
CUARTA.- REQUISITOS.
- Tener la nacionalidad española o, en el caso de extranjeros, ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea, así como ser cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, que sean menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. El acceso al empleo público también se extiende a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Todo ello en los términos del artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Estar en posesión del certificado de “coneiximents orals” expedido por la Junta Qualificadora. Todo ello de conformidad con la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo aprobada en el Pleno del Ayuntamiento de Godella en fecha 26 de septiembre de 2013 y publicada en el BOP nº 249 de fecha 19 de octubre de 2013.
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
QUINTA.- SOLICITUDES Y DERECHOS DE EXAMEN. Quienes deseen participar en las pruebas selectivas deberán solicitarlo mediante instancia que se dirigirá a la Presidencia de la Corporación y se presentará en el Registro General durante el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, aportando junto con ella la fotocopia del D.N.I.
Las instancias podrán presentarse igualmente en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El modelo de instancia para tomar parte en las pruebas selectivas será el que se recoge en el Anexo I de estas bases.
Los derechos de examen, que son de 32 euros, serán satisfechos por los aspirantes antes de presentar la instancia, debiendo adjuntarse a la instancia resguardo acreditativo de su ingreso en la cuenta del Banco BANKIA nº 2038 6135 65 6000004043, abierta a nombre del Ayuntamiento de Godella. Si el pago se efectuó mediante giro postal o telegráfico se consignará en la instancia el número de giro.
Gozarán de una bonificación del 20% los que acrediten una discapacidad igual o superior al 33% y los miembros de familia numerosa.
Para ser admitidos y tomar parte en las pruebas selectivas, además de sus circunstancias personales, los solicitantes habrán de manifestar en las instancias que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias y que se comprometen a prestar el preceptivo juramento o promesa. Estas condiciones se deberán mantener a lo largo de todo el proceso selectivo durante el que, en cualquier momento, podrán ser requeridos los aspirantes para efectuar las comprobaciones oportunas.

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