martes, 19 de noviembre de 2013

Premios Nacionales de la Moda durante el período 2013-2016.

El objetivo de los premios es el de dar un mayor prestigio al Sector de la Moda española, presentándola en un entorno de calidad y de excelencia, reconociendo los méritos de las personas, de las instituciones, de las organizaciones y las industrias del sector que destaquen por su creatividad, su adaptación al mercado, su capacidad de innovación, su internacionalización, su apoyo desde los medios de comunicación social y desde el ámbito de la formación y de la cultura conservando al mismo tiempo las características específicas que la definen como tal y reconociendo su labor con las actuaciones que han contribuido a alcanzar los objetivos que se persiguen con la constitución de dichos premios.
Las modalidades serán las siguientes:
a)
Premio Nacional a la PYME de la Industria del Sector de la Moda.b) Premio Nacional a la Gran Empresa de la Industria del Sector de la Moda.c) Premio Nacional al Emprendimiento de la Industria del Sector de la Moda.d) Premio Nacional al Diseñador de Moda.e) Premio Nacional a los Profesionales de la Comunicación, de la Academia y de la Cultura que destaquen por su labor de puesta en valor de la Moda Española.
Mediante la presente orden se aprueban las bases reguladoras para la organización, gestión y concesión de los Premios Nacionales de Moda durante el período 2013-2016 y asimismo se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2013.
Bases
Objeto. 1. Esta orden tiene por objeto establecer las bases por las que se regularán, durante el período 2013-2016, la organización, gestión y concesión de los Premios Nacionales de la Moda, que tienen como finalidad galardonar a las personas, las instituciones, organizaciones o industrias del sector españolas que hayan destacado por actuaciones que se correspondan con alguna de las determinadas en la regulación de las modalidades de dichos premios.
2. Las convocatorias de los premios para cada una de las ediciones que resultan del ámbito temporal de estas bases se realizarán por orden del Ministro de Industria, Energía y Turismo, que será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y a través de las direcciones de Internet www.minetur.gob.es y www.ipyme.org, sin perjuicio de lo que se dispone en el apartado decimoséptimo.
3. Las convocatorias, preferentemente anuales, así como las designaciones del Jurado y del Comité de valoración técnica, serán objeto de una presentación pública única, junto al balance de la edición anterior. Este acto irá acompañado de una amplia campaña de difusión de estos galardones entre las personas, instituciones, organizaciones o industrias de los sectores profesionales interesados.
Actuaciones objeto de galardón y requisitos de los candidatos. Se podrán galardonar con los Premios Nacionales de la Moda, en sus distintas modalidades, de acuerdo a la respectiva convocatoria, las siguientes actuaciones:
a)
Premio Nacional a la PYME de la Industria del Sector de la Moda. El premio valorará a la PYME que haya realizado un esfuerzo continuado y modélico en la industria del sector y en todas las áreas relacionadas con el mismo, valorando actuaciones relacionadas con diseño, tecnología, arte, cultura, producción, innovación, distribución, internacionalización y empleo, adecuando su labor a las nuevas circunstancias del sector, y además, haber realizado una eficaz gestión de los recursos humanos y materiales.
b) Premio Nacional a la Gran Empresa de la Industria del Sector de la Moda. El premio valorará a la Gran Empresa que haya realizado un esfuerzo continuado y modélico en la industria del sector y en todas las áreas relacionadas con el mismo, valorando actuaciones relacionadas con diseño, tecnología, arte, cultura, producción, innovación, distribución, internacionalización y empleo, adecuando su labor a las nuevas circunstancias del sector, y además, haber realizado una eficaz gestión de los recursos humanos y materiales.
c) Premio Nacional al Emprendimiento en la Industria del Sector de la Moda. El premio valorará al emprendedor o empresa emprendedora que haya destacado por la introducción de nuevos conceptos en la industria del sector en cualquiera de las áreas relacionadas con el mismo, reconociendo su capacidad de aportar soluciones novedosas que le hayan permitido posicionarse en el mercado.
Se entenderá por emprendedor o empresa emprendedora a aquellas personas o empresas cuya actividad económica en el sector de la moda tenga un recorrido formal inferior a cinco años.
d) Premio Nacional al Diseñador de Moda. Este premio tendrá dos modalidades: Premio Nacional a la Trayectoria y Premio Nacional al Nuevo Valor.
A la Trayectoria: Accederán al mismo aquellos diseñadores de amplia trayectoria profesional con prestigio, proyección social y méritos reconocidos, que les haga acreedores de dicho reconocimiento.
Además, el premio tiene como objetivo que el candidato elegido sea ejemplo en el sector y sirva de punto de referencia para jóvenes y emprendedores del mismo.
Al Nuevo Valor: Con él se pretende distinguir, con carácter personal, a un diseñador de corta trayectoria profesional, pero que haya desarrollado un trabajo meritorio y que sea ejemplo para otros diseñadores.
e) Premio Nacional a los Profesionales de la Comunicación, de la Academia y de la Cultura que destaquen por su labor de puesta en valor de la Moda Española. Con éste premio se quiere reconocer al profesional o al medio de comunicación que haya contribuido a difundir la actividad de la industria de la moda en la sociedad, su reconocimiento social, su promoción nacional e internacional y con ello, haya logrado mejorar el posicionamiento del Sector de la Moda española en el mercado nacional e internacional.
También se pretende premiar a aquellas personas e instituciones académicas o culturales que o bien hayan tenido un papel destacado en la formación de profesionales especializados, dando una visión integral de la moda y del mundo que la rodea y que conocen los principales aspectos y singularidades de la moda; o bien hayan logrado difundir los valores que representa el Sector de la Moda en nuestra sociedad. 
Presentación de candidaturas. 1. Las candidaturas a cualquiera de las modalidades de los premios necesariamente, se formularán mediante una propuesta, acompañada de informe de alguna de las siguientes personas o entidades:
a) Representantes en la Mesa de la Moda.
b) Departamentos y otros organismos pertenecientes a los gobiernos de las comunidades autónomas con competencias en el sector de la moda.
c) Centros de enseñanza relacionados con los sectores de la moda, tanto públicos como privados.
d) Centros tecnológicos relacionados con el sector de la moda y dotados de personalidad jurídica propia.
e) Cámaras de Comercio, Industria y Navegación.
f) Fundaciones, asociaciones y federaciones y otras entidades sin ánimo de lucro relacionadas con el sector de la moda.
g) Cualquier otro organismo o entidad relacionados con el sector de la moda.
2. La presentación de la candidatura deberá incluir, tal y como se especificará en la correspondiente convocatoria, los datos correspondientes a la entidad que propone a la persona física o jurídica candidatas y los del firmante; los datos identificativos de los candidatos, la modalidad del premio a la que se presentan y una descripción de los méritos que en ellas concurren para optar al mismo. Además si se trata de una persona jurídica se deben facilitar los datos correspondientes a la sede social de la empresa cuya candidatura se propone; persona de contacto, teléfono y fax.
El mismo candidato puede ser propuesto para varias modalidades de los premios, siendo necesario enviar una propuesta de candidatura distinta y completa, documentación incluida, por cada modalidad.
3. No podrá optar a premio ninguna persona física o jurídica en la que concurra cualquiera de las circunstancias expresadas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. La documentación presentada no será devuelta, ni se mantendrá correspondencia sobre la misma. No podrá presentarse documentación adicional una vez finalizado el plazo de admisión de candidaturas, salvo la que sea requerida por el Comité de valoración técnica o el Jurado correspondientes.
5. Los originales firmados de los anexos II y III, y demás documentación en papel deberán ir dirigidos a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa y podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (paseo de la Castellana, número 160, 28046 Madrid), o en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
6. También se podrán presentar en el registro electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, de acuerdo con la Orden IET/1902/2012, de 6 de septiembre, por la que se crea y regula dicho registro.
Convocatoria
Convocatoria. Se convoca la edición correspondiente al año 2013, que se regirá por las bases reguladoras contenidas en el capítulo I de esta orden, sin perjuicio de lo que en particular se establece en el presente capítulo.
Plazo de presentación de candidaturas. El plazo de presentación de candidaturas será de 45 días hábiles a partir del día siguiente al de su publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».{del 20 de noviembre de 2013 al 15 de enero de 2014, a.i.}

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