sábado, 2 de noviembre de 2013

9 becas de formación práctica para diplomados universitarios y titulados superiores en materia de (7) pesca marítima y de (2) economía financiera.

1. Objeto, finalidad y características de las becas. La presente orden tiene como objeto la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de un total de nueve becas para titulados universitarios, con el fin de contribuir a la formación teórico práctica en materia de pesca marítima y economía financiera de la Secretaría General de Pesca en las siguientes áreas de conocimiento:
a) Siete becas en el área de conocimiento de la pesca marítima.b) Dos becas en el área de conocimiento de economía financiera.
Cada candidato sólo podrá optar a una de las dos áreas de conocimiento.
3. Requisitos de los candidatos. 1. Podrán solicitar las becas reguladas en la presente orden los españoles y los nacionales de algún Estado miembro de la Unión Europea o extranjeros residentes en España, que cumplan, en cada caso, los requisitos señalados en el artículo 3 de la Orden AAA/1254/2013, de 19 de junio, que establece las bases reguladoras (BOE de 4 de julio):
a) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de graduado, licenciado, arquitecto, ingeniero técnico o superior en las materias y especialidades relacionadas con las becas que son objeto de la correspondiente convocatoria. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de presentación de la solicitud.
b) Dominio del idioma castellano.
c) Conocimiento de inglés.
d) Se valorará positivamente tener conocimiento de otro idioma de un Estado miembro de la Unión Europea.
e) Conocimientos específicos en materia de pesca marítima y economía financiera.
f) Manejo como usuario de office, bases de datos, ArcGis (software de sistemas de información geográfica), Outlook e internet.
2. Los aspirantes deberán haber finalizado sus estudios con posterioridad al mes de mayo del año 2006. Para el área de conocimiento de la pesca marítima preferentemente en campos asimilados a los de biología, ciencias medioambientales y ciencias del mar. En cuanto al área de conocimiento de economía financiera, preferiblemente estudios relacionados con el derecho, la economía, la empresa, o la gestión y administración públicas.
3. Los solicitantes deberán reunir los requisitos establecidos en esta orden el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
5. Presentación de solicitudes. 1. La presentación de las solicitudes, dirigidas al titular del Departamento, se llevará a cabo, según establece el artículo 5 de la Orden AAA/1254 /2013, de 19 de junio, en el Registro General de la Secretaría General de Pesca, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como mediante su presentación electrónica conforme se establece en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente convocatoria.{del 2 al 12 de noviembre de 2013, a.i.}

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