viernes, 4 de noviembre de 2016

1 Director-Gerente de la Sociedad Pública "Geonet Territorial SAU ".

(Aprobadas por el Consejo de Administración de la sociedad pública GEONET TERRITORIAL SAU, en sesión del 27 de octubre de 2016).
BASE 1ª.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Es objeto de la presente convocatoria atendiendo a los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como los de publicidad y concurrencia la provisión del puesto de Director-Gerente de la empresa pública GEONET TERRITORIAL SAU, mediante la suscripción de un contrato laboral de alta dirección. Con el fin de garantizar la debida publicidad del procedimiento se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante así como en la página web de la sociedad (www.geonet.es).
De conformidad con el artículo 23 de los Estatutos de la sociedad (BOP de Alicante de 25/01/2016) corresponde al Consejo de Administración de la sociedad la designación y cese del Director-Gerente.
Funciones del Director-Gerente:
En virtud de lo establecido en el artículo 23 de los Estatutos de la sociedad, el Director Gerente es el órgano estatutario, encargado de auxiliar al Consejo de Administración en el cumplimiento diario y habitual de sus competencias relativas al giro o tráfico propio del objeto social. Ejecutará los acuerdos de dicho órgano de Administración y vigilará su cumplimiento.
Para ello:
a)
Corresponderá a la Gerencia la responsabilidad directa e inmediata sobre toda la organización y actividades de la Sociedad.
b) Ordenará todos los recursos de la Sociedad: humanos, materiales y financieros, mediante su programación, dirección, control y evaluación.
c) En especial, será responsable de la dirección y vigilancia de las actividades cuya gestión tiene encomendada la Sociedad, adoptando las decisiones técnicas que procesan para la mejor utilización de las instalaciones y equipos afectos a tal actividad a fin de que puedan satisfacer con continuidad, regularidad y sin discriminación entre los potenciales usuarios, el interés público al que están destinados.
d) Formulará y propondrá al Consejo de Administración los objetivos y planes generales de tal actividad, instrumentando programas de dirección por objetivos.
e) Anualmente y, no más tarde del mes de Noviembre de cada año, formulará y propondrá al Consejo de Administración el presupuesto de ingresos y gastos correspondiente al ejercicio económico siguiente, junto con los programas de inversiones extraordinarias a realizar en dicho ejercicio, si los hubiere.
f) Con periodicidad trimestral presentará al Consejo de Administración informe relativo a la actividad de la Sociedad, al control de gestión y a la cuenta de explotación.
g) Anualmente y con la antelación suficiente para que el Consejo de Administración pueda formular las cuentas anuales antes del 31 de marzo de cada año, preparará la documentación necesaria y, en especial, los datos que habrá de contener el informe de gestión con especial referencia a los medios técnicos de los que dispone la actividad objeto de la Sociedad, las medidas que se hayan adoptado o haya que adoptar para evitar su obsolescencia y todo lo relativo a la atención general a los usuarios analizando cuanto se haya realizado para hacer más satisfactoria la recepción por los mismos de los Servicios cuya gestión tiene confiada la Sociedad.
h) Una vez aprobado por el Consejo de Administración los planes anuales sobre política de personal y las partidas que en el presupuesto anual se hayan establecido como costes salariales, la Gerencia se responsabilizará de todo lo relativo a la dirección de personal, ejerciendo las facultades que la legislación laboral reconoce a la Sociedad y cumplimiento las obligaciones que la misma le impone, especialmente en materia de Seguridad e higiene en el trabajo y en materia de Seguridad Social.
BASE 2ª.- SELECCIÓN
La designación para el puesto se realizará conforme a los principios de mérito, capacidad y a criterios de idoneidad garantizando la publicidad y concurrencia.
BASE 3ª.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para poder ser admitido en esta convocatoria, será necesario reunir los siguientes requisitos:
a)
Poseer la capacidad para contratar la prestación de su trabajo conforme a lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
b) Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 53 1 letra c de la Ley 10/2010 de la Función Pública Valenciana.
c) Titulación universitaria correspondiente al grupo A1.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni estar inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial.
BASE 4ª.- CRITERIOS A VALORAR
Para la valoración de los distintos candidatos se atenderá a los principios de mérito y capacidad, y a los criterios de idoneidad y adecuación del perfil profesional de la persona candidata, en relación con las funciones a desempeñar. A estos efectos se formará una Comisión de Selección. 
Durante el proceso selectivo se podrán valorar como méritos, los siguientes aspectos:
1.- Experiencia y formación
Formación académica en materia jurídica, económica, de dirección de empresas, gestión de personal, publicidad y marketing, sector público, ya sea de nivel de grado, postgrado y/o master. 

Experiencia profesional en puestos de dirección, tanto en el sector público como en el privado, y en especial como como director/gerente o asimilado en empresas -públicas o privadas- o instituciones públicas.  Experiencia en el desempeño de otros puestos/cargos en el sector público (Administraciones, Organismos Autónomos, y demás entidades del sector público). 
Sólo se valoraran los méritos alegados en el curriculum vitae cuando vengan lo suficientemente acreditados documentalmente. Sólo se valorará la formación obtenida mediante titulación en centros oficiales. Para acreditar la experiencia profesiona se deberá presentar el certificado de vida laboral actualizado emitido por la Seguridad Social que permitan comprobar la categoría profesional ocupada en cada momento por el candidato, acompañándose en su caso los correspondientes contratos laborales y/o alta dirección firmados por el director de la empresa o cualquier otra documentación que permitan acreditar la misma.
2.- Entrevista

Que versará sobre conocimiento de las materias relacionadas con el objeto social de la empresa, la estructura, objetivos y proyectos específicos de la empresa así como habilidades directivas, conocimientos de herramientas de planificación, programación y seguimiento y evaluación de proyectos.

BASE 7ª.- SOLICITUDES, PLAZO Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Dado que se exige a los aspirantes la formación académica y técnica adecuada para el ejercicio de las funciones de Gerente, las personas interesadas que deseen formar parte en este proceso deberán presentar su solicitud en GEONET TERRITORIAL SAU, Calle Ausó y Monzó 16, 4ª planta (Edificio Hispania) CP 03014 ALICANTE, dirigidas al Sr. Presidente del Consejo de Administración.
El modelo de solicitud se adjunta como anexo a las presentes bases.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOP de Alicante. {del 5 al 24 de noviembre de 2016, a.i.}
Documentación: Además de solicitud con los datos personales, deberá acompañarse:
Curriculum Vitae 

Títulos académicos y estudios realizados 
Puestos de trabajo desempeñados 
Informe de vida laboral acreditativo de la experiencia profesional, copia de los contratos laborales/alta dirección, y cualquier otra documentación acreditativa 
Otros méritos que considere oportunos

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