miércoles, 24 de julio de 2013

Bases: ayudas Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

El objetivo del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad es financiar e incentivar la formación y especialización de los recursos humanos en I+D+I; impulsar su inserción laboral, tanto en el sector público como privado; facilitar su movilidad dentro del sector público –universidades y organismos de investigación– y entre éste y el sector privado; e impulsar su movilidad, participación y liderazgo internacionales, particularmente en el ámbito del nuevo Programa Marco europeo de I+D+I «Horizonte 2020».
Las actuaciones a desarrollar en ejecución de este Programa se desagregan en tres subprogramas:
a)
En el Subprograma Estatal de Formación se incluyen las relacionadas con la selección y formación de investigadores, tecnólogos y demás personal involucrado en las actividades de I+D+I y con el fomento de las vocaciones científicas y tecnológicas.
b) En el Subprograma Estatal de Incorporación se incluyen las relacionadas con la incorporación e inserción laboral, en el sector público y privado, de investigadores, tecnólogos y demás personal involucrado en las actividades de I+D+I.
c) En el Subprograma Estatal de Movilidad se incluyen las relacionadas con la movilidad de investigadores, tecnólogos y técnicos.
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Estas bases reguladoras han sido elaboradas para permitir que sean las convocatorias dictadas en su desarrollo las que detallen las características concretas de las diferentes modalidades de ayudas, proporcionándoles un marco jurídico común que contribuya a racionalizar, sistematizar y simplificar las ayudas públicas de I+D+I, de acuerdo con lo previsto en el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
Por otra parte, con el propósito de contribuir a la simplificación normativa, se concentran en una sola orden ministerial las bases reguladoras de las ayudas de los diferentes subprogramas cuya competencia corresponde a la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
En este sentido, las bases reguladoras se dirigen a potenciales beneficiarios muy diversos, del sector público y del privado, sometidos a una regulación diferenciada, especialmente en cuanto a la normativa comunitaria de ayudas estatales. Por este motivo, y para facilitar a cada beneficiario la identificación de la normativa que le es aplicable, la orden se ha dividido en dos títulos. El título preliminar contiene las disposiciones comunes a cualquier tipo de beneficiario. El título primero se divide en sendos capítulos, el capítulo I, que corresponde a la normativa específica para las ayudas cuyos beneficiarios sean personas físicas o aquellas entidades que tienen la consideración de organismos de investigación en la citada normativa comunitaria, y el capítulo II, que contiene la normativa que ha de seguirse para las ayudas para empresas y entidades no comprendidas en el ámbito de aplicación del capítulo I.
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1. Objeto. El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 (Plan Estatal I+D+I). 
2. Ámbito de aplicación. Las actuaciones que se financien al amparo de esta orden se enmarcarán dentro de alguno de los siguientes subprogramas estatales:
a)
Subprograma Estatal de Formación.b) Subprograma Estatal de Incorporación.c) Subprograma Estatal de Movilidad.
4. Finalidad de las ayudas. La finalidad de las ayudas objeto de esta orden es contribuir a la formación y especialización de investigadores, tecnólogos, personal técnico y otros profesionales en I+D+I y potenciar sus capacidades, así como facilitar su inserción laboral en actividades de I+D+I, tanto en el sector público como privado, y estimular la movilidad de los recursos humanos en I+D+I a nivel internacional, dentro del sector público - centros de investigación y universidades- y entre éste y el sector empresarial, impulsando la transferencia, favoreciendo la interrelación entre éstos y propiciando una cooperación eficiente.
Las ayudas tienen los siguientes objetivos específicos, distribuidos por subprogramas:
a)
Subprograma Estatal de Formación: La formación de doctores, investigadores, tecnólogos, personal de investigación, especialistas técnicos de I+D+I y gestores de I+D+I, así como el fomento, a través de acciones formativas, de las vocaciones científicas y tecnológicas entre los jóvenes para potenciar valores y capacidades orientadas a la innovación, el espíritu crítico, la creatividad, el emprendimiento y la curiosidad científica a lo largo de la vida.
b) Subprograma Estatal de Incorporación: La promoción de la incorporación de investigadores, tecnólogos, personal técnico y otros profesionales en I+D+I, facilitando su inserción laboral tanto en el sector público como en el privado para contribuir a incrementar la competitividad de la investigación y la innovación en España.
c) Subprograma Estatal de Movilidad: El fomento de la movilidad de investigadores, tecnólogos y técnicos tanto dentro del sector público como entre éste y el sector empresarial, así como la movilidad internacional.
11. Modalidades de ayuda. 1. Las ayudas podrán concederse bajo las modalidades de subvención, préstamo, anticipo reembolsable con cargo a fondos estructurales de la Unión Europea, créditos financieros, o una combinación de las mismas.
2. Las ayudas podrán tener carácter anual o plurianual, con la duración que se especifique en las convocatorias.
3. Las convocatorias podrán estar cofinanciadas con fondos provenientes de la Unión Europea.
17. Presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, conforme al modelo disponible en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad, con el contenido que se establezca en la convocatoria, y se presentarán de forma electrónica a través de la sede electrónica de la página web del Ministerio de Economía y Competitividad (www.mineco.gob.es), de acuerdo con los términos previstos en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio. En los casos en que se opte por la presentación de la solicitud por medios no electrónicos, la misma podrá efectuarse en los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Las solicitudes se presentarán en el plazo establecido en cada convocatoria, junto con la documentación que se especifique en las mismas. Cuando así se requiera para la evaluación, las convocatorias podrán exigir la presentación de documentación técnica en lengua inglesa.

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