martes, 9 de julio de 2013

programa Emprendetur I+D+i compuesto por las líneas Emprendetur I+D y Emprendetur Desarrollo de Productos Innovadores, ayudas para proyectos y actuaciones, en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo, correspondientes al ejercicio 2013.

1. Objeto. Se convoca la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur I+D+i compuesto por las líneas Emprendetur I+D y Emprendetur Desarrollo de productos innovadores en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo.
Esta convocatoria se regirá por la Orden IET/2481/2012, de 15 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur I+D+i compuesto por las líneas Emprendetur I+D y Emprendetur Desarrollo de productos innovadores en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo.
3. Requisitos de los solicitantes. En la presente convocatoria podrán ser beneficiarios todas las categorías de personas físicas y jurídicas que se detallan en el apartado séptimo de la Orden IET/2481/2012, de 15 de noviembre.
Los solicitantes de estas ayudas deberán acreditar, como condición de solvencia económica en el momento de presentación de su solicitud que la suma de sus bienes y derechos, incluyendo créditos frente a terceros es superior a la suma de sus deudas incrementada en un 50 por ciento.
Los solicitantes deberán cumplir con éste y los demás requisitos previstos el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en la presente convocatoria.
7. Formalización y presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes de ayudas para la presente convocatoria del programa Emprendetur I+D+i se dirigirán al órgano instructor y se presentarán en el Registro electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, de acuerdo con la Orden IET/1902/2012, de 6 de septiembre, por la que se crea y regula dicho registro.
Las solicitudes deberán especificar claramente la concreta línea Emprendetur a la que optan, entendiéndose que la solicitud en una línea excluye la de la otra. En caso de que no se exprese en la petición, se solicitará al interesado su manifestación en el improrrogable plazo de cinco días. Su falta de definición en este tiempo dará lugar a que se desestime sin más la solicitud.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes que se contará a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 10 de julio al 9 de agosto de 2013, a.i.}
3. La solicitud de ayudas del programa Emprendetur I+D+i constará de tres elementos: solicitud, cuestionario y memoria, que se presentarán en la forma siguiente:
a) La solicitud y el cuestionario seguirán el modelo que figura, a título informativo, en el anexo II de la Orden IET/2481/2012, de 15 de noviembre. Dicho modelo estará disponible para su cumplimentación y presentación en la dirección de Internet del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (https://sede.minetur.gob.es/).
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