AYUNTAMIENTO CALLOSA D´EN SARRIÀ. Boletín Nº 129 del 10/07/2013 (pdf)
-CONVOCATORIA BOLSA TRABAJO AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL [ butlletí oficial de la província - alacant, 10 juliol 2013 - n.º 129, página 14]
-CONVOCATORIA BOLSA TRABAJO AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL [ butlletí oficial de la província - alacant, 10 juliol 2013 - n.º 129, página 14]
Información pública del Ayuntamiento de Callosa d’en Sarrià (Alicante) de la convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo para la provisión mediante nombramiento interino, de plazas de Agente de la Policía Local, escala Administración Especial, clase policía local y sus auxiliares, pertenecientes a la escala básica, por el sistema de concurso-oposición.
Por medio de la presente, se hace público que en el Tablón Oficial de Anuncios y Edictos del Ayuntamiento de Callosa d’en Sarrià y en la página Web del Ayuntamiento, se encuentran publicadas íntegramente las bases que han de regir la convocatoria, aprobadas por acuerdo de la J.G.L. de fecha 20 de junio de 2013.
El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del presente {del 11 al 20 de julio de 2013, a.i.} Edicto en el BOP. Los siguientes anuncios referentes a esta convocatoria se realizarán por medio del Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página web. www.callosa.es DESCARGUE LAS BASES AQUÍ.
Por medio de la presente, se hace público que en el Tablón Oficial de Anuncios y Edictos del Ayuntamiento de Callosa d’en Sarrià y en la página Web del Ayuntamiento, se encuentran publicadas íntegramente las bases que han de regir la convocatoria, aprobadas por acuerdo de la J.G.L. de fecha 20 de junio de 2013.
El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del presente {del 11 al 20 de julio de 2013, a.i.} Edicto en el BOP. Los siguientes anuncios referentes a esta convocatoria se realizarán por medio del Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página web. www.callosa.es DESCARGUE LAS BASES AQUÍ.
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SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para poder tomar parte en la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de la presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se establezcan, y tener una estatura mínima de 1’65 metros los hombres y 1’60 metros las mujeres.
d) Haber cumplido dieciocho años y no haber cumplido treinta y seis años. A los solos efectos de la edad máxima, se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente a la Administración Local como Policía Local o Auxiliar de Policía Local.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de las clases B y A, o equivalente.
g) Estar en posesión de la autorización BTP.
b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se establezcan, y tener una estatura mínima de 1’65 metros los hombres y 1’60 metros las mujeres.
d) Haber cumplido dieciocho años y no haber cumplido treinta y seis años. A los solos efectos de la edad máxima, se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente a la Administración Local como Policía Local o Auxiliar de Policía Local.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de las clases B y A, o equivalente.
g) Estar en posesión de la autorización BTP.
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