1. Objeto, finalidad y condiciones del Certamen. 1. La presente Resolución tiene por objeto la convocatoria del Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores cuya finalidad es la de fomentar entre los jóvenes la cultura emprendedora y la creación de empresas, como motor de dinamismo de la economía, mediante una ayuda económica que les facilite la puesta en marcha, consolidación y crecimiento de los proyectos de empresa promovidos por ellos, en las siguientes modalidades:● Turismo, ocio y tiempo libre.
● Socio sanitario.
● Educación y formación.
● Socio sanitario.
● Educación y formación.
● TIC´S (telecomunicaciones, software, producción de videojuegos).
● Agricultura y medio rural.
En cada una de ellas habrá dos categorías:
● Proyectos de empresas no constituidas.
● Proyectos de empresas creadas y constituidas en los dos años precedentes a la fecha de publicación en el BOE de la presente Resolución de convocatoria.
2. A efectos de la presente convocatoria se entenderá por empresa los trabajadores autónomos, las empresas familiares, las sociedades colectivas y las asociaciones que ejerzan regularmente una actividad económica, conforme a la definición que de microempresas, pequeñas y medianas empresas hizo la Comisión Europea en su Recomendación de 6 de mayo de 2003, en su artículo 1 y siguientes, en todo caso promovidas por jóvenes de nacionalidad española y aquéllos con residencia legal en España, que no superen la edad de 35 años.
● Agricultura y medio rural.
En cada una de ellas habrá dos categorías:
● Proyectos de empresas no constituidas.
● Proyectos de empresas creadas y constituidas en los dos años precedentes a la fecha de publicación en el BOE de la presente Resolución de convocatoria.
2. A efectos de la presente convocatoria se entenderá por empresa los trabajadores autónomos, las empresas familiares, las sociedades colectivas y las asociaciones que ejerzan regularmente una actividad económica, conforme a la definición que de microempresas, pequeñas y medianas empresas hizo la Comisión Europea en su Recomendación de 6 de mayo de 2003, en su artículo 1 y siguientes, en todo caso promovidas por jóvenes de nacionalidad española y aquéllos con residencia legal en España, que no superen la edad de 35 años.
3. Destinatarios. El Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores va dirigido a jóvenes de nacionalidad española y aquéllos con residencia legal en España, empresarios individuales y colectivos.
Cuando se trate de empresarios individuales éstos deben tener residencia legal en España y permiso de trabajo en España, y que no superen la edad de 35 años en la fecha límite de la presentación de las solicitudes.
Cuando el proyecto sea realizado por una persona jurídica, la solicitud debe ser presentada por el/la representante legal de dicha persona jurídica, quien en ningún caso debe superar los 35 años. Asimismo, en el caso de sociedades mercantiles, el capital social debe ser mayoritariamente (51 %) de jóvenes menores de 35 años.
El domicilio social y el ámbito de realización de la actividad principal, del proyecto que se presente, deben estar en territorio español.
Cuando se trate de empresarios individuales éstos deben tener residencia legal en España y permiso de trabajo en España, y que no superen la edad de 35 años en la fecha límite de la presentación de las solicitudes.
Cuando el proyecto sea realizado por una persona jurídica, la solicitud debe ser presentada por el/la representante legal de dicha persona jurídica, quien en ningún caso debe superar los 35 años. Asimismo, en el caso de sociedades mercantiles, el capital social debe ser mayoritariamente (51 %) de jóvenes menores de 35 años.
El domicilio social y el ámbito de realización de la actividad principal, del proyecto que se presente, deben estar en territorio español.
4. Presentación de las candidaturas. Requisitos, forma y plazos.
1. La solicitud de participación en la convocatoria del Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores deberá formalizarse en el modelo de instancia que figura en el anexo I de la presente Resolución, y que está disponible en la página web del INJUVE (www.injuve.es).
Las solicitudes, dirigidas al Director General del Instituto de la Juventud, así como toda la documentación que se presente al certamen, deberá hacerse en soporte digital y también en papel; podrán presentarse en el Registro General del organismo, calle Ortega y Gasset, 71, 28006 Madrid, o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo para la presentación de candidaturas será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». {del 20 de julio al 8 de agosto de 2013, a.i.}
1. La solicitud de participación en la convocatoria del Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores deberá formalizarse en el modelo de instancia que figura en el anexo I de la presente Resolución, y que está disponible en la página web del INJUVE (www.injuve.es).
Las solicitudes, dirigidas al Director General del Instituto de la Juventud, así como toda la documentación que se presente al certamen, deberá hacerse en soporte digital y también en papel; podrán presentarse en el Registro General del organismo, calle Ortega y Gasset, 71, 28006 Madrid, o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo para la presentación de candidaturas será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». {del 20 de julio al 8 de agosto de 2013, a.i.}
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