viernes, 5 de julio de 2013

Convocatoria «Plan Conjunto de Empleo. Anualidad 2013», dentro del Programa de subvenciones destinado al fomento del empleo en el ámbito local

DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE.
-APROBACIÓN PLAN CONJUNTO DE EMPLEO ANUALIDAD 2013 [butlletí oficial de la província - alacant, 5 juliol 2013 - n.º 126, página 38] Boletín Nº 126 del 05/07/2013 (pdf)
EDICTO
La Excma. Diputación Provincial de Alicante, por acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 4 de julio de 2013, aprobó la Convocatoria «Plan Conjunto de Empleo. Anualidad 2013», dentro del Programa de subvenciones destinado al fomento del empleo en el ámbito local, al amparo de la Orden 3/2013, de 22 de marzo, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, enmarcado en el Plan de Empleo Conjunto de las Administraciones Públicas Valencianas, conforme a las siguientes:
BASES
«PRIMERA.- OBJETO DEL PLAN. 1. Las presentes bases tienen por objeto favorecer la contratación de personas desempleadas de la provincia de Alicante, mediante la articulación de un programa de ayudas enmarcado en el Plan de Empleo Conjunto de las Administraciones Públicas valencianas al amparo de la Orden 3/2013, de 22 de marzo, de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo (D.O.C.V de 28.03.2013) y conforme a lo previsto en dicha Orden, en ejercicio de las obligaciones asumidas por esta Diputación como entidad colaboradora por Convenio de colaboración suscrito con la citada Conselleria en fecha 30 de mayo de 2013.
2. Con independencia de su modalidad contractual y de que puedan tener una mayor duración o jornada, resultarán subvencionables las contrataciones llevadas a cabo por empresas que tengan lugar en 2013 en una fecha posterior a la de la entrada en vigor de la convocatoria que efectúe el Ayuntamiento y, en cualquier caso, formalizados antes del 1 de octubre de 2013, en centros de trabajo radicados en la provincia de Alicante.
3. Resultarán subvencionables con una ayuda de 1.125.-€ las contrataciones por un periodo de al menos tres meses con una jornada de al menos 25 horas semanales, de conformidad con lo punto 2 de esta misma Base.
ENTIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . APORTACIÓN
GENERALITAT VALENCIANA . .  375 €
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE . . 375 €
 
AYUNTAMIENTO .  375 €
                                   1.125 €
4. Para atender el importe de las subvenciones a conceder dentro de la presente convocatoria queda afectada la aplicación y crédito consignado en el presupuesto provincial de 2013 que se relaciona a continuación, sin perjuicio de las variaciones al alza que pudieran producirse como consecuencia de posteriores modificaciones presupuestarias.
APLICACIÓN CRÉDITO: 25.241A.4620000 3.943.394 €
SEGUNDA.- DESTINATARIOS FINALES. Los destinatarios finales de las ayudas serán las empresas o entidades que contraten a desempleados para la prestación de servicios en centros de trabajo radicados en la provincia de Alicante que podrán acceder a las subvenciones a través de las convocatorias que publiquen los Ayuntamientos participantes en el Plan.
No podrán obtener la condición de destinatario final las empresas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Tampoco podrán obtenerla las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pudiera realizar las actuaciones
Los trabajadores deberán haber permanecido desempleados e inscritos de forma ininterrumpida como demandantes de empleo en los centros SERVEF de Empleo desde, al menos, el 1 de marzo de 2013.
TERCERA.- BENEFICIARIOS. Podrán adquirir la condición de beneficiarias de esta convocatoria los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante. La solicitud de participación supondrá la aceptación de los términos y cláusulas de esta convocatoria.
No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
CUARTA.-CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS FONDOS. En atención a su naturaleza y finalidad, la dotación presupuestaria de este programa se distribuirá entre los Ayuntamientos participantes en función del número de desempleados correspondiente al mes de enero de 2013 de su respectivo ámbito territorial, la cuantía máxima establecida para cada contratación y el compromiso de aportación comprometido por cada una de ellas, hasta agotar el crédito disponible establecido en la Base Primera.
QUINTA.- EXCLUSIONES E INCOMPATIBILIDADES. Quedan excluidos los supuestos contemplados en los apartados 5, 6 y 7 del artículo 6 de la Orden 3/2013, de 22 de marzo.
A los efectos de este Programa, se considerará empresa en crisis cuando concurran las condiciones fijadas en la Disposición Adicional Tercera de la referida Orden.
SEXTA.- SOLICITUD DEL BENEFICIARIO, DOCUMENTACIÓN GENERAL Y PLAZO. Los Ayuntamientos interesados deberán presentar su solicitud de participación, ajustada al modelo normalizado, que estará disponible en la página web de esta Diputación (www.diputacionalicante.es), en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, Calle Tucumán nº 8, 03005 Alicante en el plazo de 15 días hábiles desde la publicación de estas Bases en el BOP.[butlletí oficial de la província - alacant, 5 juliol 2013 - n.º 126, página 38] {del 6 al 23 de Julio de 2013, a.i.} Asimismo, las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
Al modelo de SOLICITUD NORMALIZADO se adjuntará la siguiente documentación:
a)
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