Objeto y número de becas.
1. Se convocan tres becas de formación sobre comunicación institucional, interna y
externa, dirigidas a jóvenes titulados que deseen especializarse en este campo.
2. La formación será básicamente práctica, mediante la participación en las tareas
propias del Departamento de Medios de Comunicación de la Dirección de Relaciones
Institucionales de la Secretaría General del Senado.
3. De dichas becas se reservará una para su concesión entre personas con
discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por ciento siempre que reúnan los
requisitos establecidos en la base tercera y acrediten, dentro del plazo a que se refiere la
base cuarta, el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de
las tareas y funciones correspondientes. En el caso de que dicha beca no quedara
cubierta, acrecerá al turno libre.
4. Los aspirantes que deseen acogerse al turno de reserva previsto en el apartado
anterior deberán consignarlo así en la correspondiente instancia.
Características de las becas.
1. Las becas se otorgan con una duración de un año (desde el 1 de enero hasta el
31 de diciembre de 2016) y consistirán en doce pagos por meses vencidos de novecientos
(900) euros brutos.
2. El Senado, de conformidad con lo dispuesto en el Rel Decreto 1493/2011, de 24
de octubre («BOE» del 27), dará de alta a las personas que obtengan la beca en el régimen
general de la Seguridad Social, cotizando por todas las contingencias comunes y
profesionales legalmente establecidas, con la excepción de las de desempleo, Fondo de
Garantía Salarial y formación profesional.
3. Las becas son improrrogables e incompatibles con cualquier otra beca concedida
para el mismo período, así como con el desempeño de cualquier actividad laboral.
4. La concesión y disfrute de la beca no supondrá vinculación laboral o funcionarial
de ningún tipo entre el becario y la Cámara.
Solicitantes.
Pueden solicitar la concesión de beca los ciudadanos españoles y los de otros países
miembros de la Unión Europea poseedores de un título superior universitario de grado o
de licenciatura en periodismo, que reúnan las dos condiciones siguientes:
a) Haber nacido con posterioridad al 1 de enero de 1988,
b) No haber disfrutado en años anteriores de la misma beca del Senado, excepto los
sustitutos que hubieran accedido a la misma dentro del último cuatrimestre del año 2015.
Presentación de solicitudes.
Los solicitantes de las becas deberán presentar una instancia según el modelo oficial
anexo a la presente convocatoria en el Registro de la Dirección de Relaciones
Institucionales del Senado (Palacio del Senado, calle Bailén, número 3, 28071 Madrid), en
horario de lunes a viernes, entre las 9:30 horas y las 14 horas, o remitirla en la forma
prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo para la
presentación de instancias será de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de
publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 24 de septiembre al 23 de octubre de 2015, a.i.}
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