Orden AAA/1980/2015, de 23 de septiembre, por la que se definen los bienes y rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro base con garantías adicionales para uva de vinificación en la Península y en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, comprendido en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2015.
1. Ámbito de aplicación.
El ámbito de aplicación de esta Orden esta constituido por todas las parcelas de viñedo
destinadas a uva de vinificación inscritas en el registro vitícola o que tengan solicitada su
regularización en la fecha de contratación del seguro y estén ubicadas en la Península y
en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. Bienes asegurables.
1. Son asegurables, con la cobertura especificada para cada riesgo en el anexo I, las
producciones de las distintas variedades de uva de vinificación procedentes de parcelas
que constituyen el ámbito de aplicación.
También son asegurables los plantones ubicados en las parcelas que constituyen el
ámbito de aplicación, durante la fase de desarrollo previa a la entrada en producción.
Asimismo, serán asegurables las instalaciones tal como se definen en el artículo 3,
letra l).
2. No son producciones asegurables y por tanto quedan excluidas de la cobertura de
este seguro, aún cuando por error hayan podido ser incluidas por el tomador o el asegurado
en la declaración de seguro:
a) En el aseguramiento de otoño, las producciones de uva para vinificación
procedentes de plantaciones con edades inferiores a las indicadas a continuación, según
el tipo de plantación:
1.º Plantaciones de secano:
Con barbado: 4 años.
Con planta injertada: 3 años.
2.º Plantaciones de regadío:
Con barbado: 3 años.
Con planta injertada: 2 años.
b) Las producciones de uva para vinificación procedentes de parcelas que se
encuentren en estado de abandono.
c) Las producciones de uva para vinificación procedentes de parcelas destinadas a
experimentación o ensayo, tanto de material vegetal como de técnicas o prácticas de
cultivo.
d) Las producciones de uva para vinificación procedentes de huertos familiares
destinadas al autoconsumo.
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