Bases comunes
Los procesos selectivos previstos en esta Resolución se rigen por la Orden
APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que
regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en Cuerpos o Escalas de la
Administración General del Estado («Boletín Oficial del Estado» núm. 284, de 27 de
noviembre de 2007), modificada por la Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio («Boletín
Oficial del Estado» núm. 183, de 30 de julio de 2009).
Bases específicas
1. Aplicación
Las bases específicas comunes de la convocatoria a que se refiere esta Resolución se
aplicarán a los procesos previstos en la misma, sin perjuicio de las normas específicas que
vienen recogidas en los anexos correspondientes a cada uno de ellos.
Las normas específicas del proceso selectivo para ingreso por promoción interna
figuran en el anexo I.
Las normas específicas del proceso selectivo para ingreso por el sistema de acceso
libre figuran en el anexo II.
5. Solicitudes
5.1 Quienes deseen participar en los procesos selectivos deberán cumplimentar la
solicitud de admisión a pruebas selectivas en el modelo oficial, realizar el pago de la
correspondiente tasa de derechos de examen y presentar la solicitud en la forma
establecida.
El modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas convocadas por la
Agencia Estatal de Administración Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de
examen (modelo 791) se encuentra a disposición de los interesados en la dirección de
Internet www.agenciatributaria.es [«Sede electrónica/Procesos no Tributarios/Empleo
Público/Modelo 791. Empleo Público. Presentación de instancias oposiciones (Trámites)»].
5.2 La presentación de solicitudes se realizará por vía telemática, con o sin certificado
electrónico, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria ubicada en la dirección
de Internet citada en el punto 5.1, sin perjuicio de lo establecido en el apartado duodécimo.2
de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre. La presentación de solicitudes se
encuentra regulada en las Resoluciones de la Presidencia y de la Dirección General de la
Agencia Tributaria, de 18 y 21 de septiembre de 2012 («Boletín Oficial del Estado» de 28
de septiembre) respectivamente.
El plazo para realizar la presentación de solicitudes será de veinte días naturales a
partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado».{del 11 al 30 de septiembre de 2015, a.i.} La solicitud se dirigirá al Director General de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria.
ANEXO II - Normas específicas del proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de acceso
libre, en el Cuerpo Técnico de Hacienda
1. Plazas
El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo Técnico de Hacienda –código 0014–
por acceso libre será de 323 plazas.
Del total de las plazas convocadas se reservarán 29 para ser cubiertas por personas
con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas no se
acumularán a las del turno general de este sistema.
2. Requisitos
Los aspirantes que opten a ingresar en el Cuerpo objeto de esta convocatoria, deberán
poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el
momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera, además de los requisitos
enumerados en el apartado noveno de la citada Orden APU/3416/2007, de 14 de
noviembre, los siguientes requisitos:
2.1 Nacionalidad: Ser español.
2.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima
de jubilación forzosa.
2.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniero
Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Grado. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su
homologación o convalidación en su caso. Este requisito no será de aplicación a los
aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el
ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho
Comunitario.
2.4 Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las
tareas que se deriven del puesto de trabajo a desempeñar.
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