viernes, 4 de diciembre de 2015

1 Ordenanza (AP) en el Instituto Alicantino de Cultura Juan Gil-Albert, Organismo Autónomo de la Excma. Diputación Provincial de Alicante

Instituto Alicantino de Cultura Juan Gil-Albert. BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE UN ORDENANZA
convoca el procedimiento para la selección de UN ORDENANZA, en régimen de contratación laboral temporal, con arreglo a las siguientes: 
BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCIÓN DE UN ORDENANZA  PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. 
Es objeto de esta convocatoria la contratación laboral temporal, conforme a las modalidades previstas en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, de un ORDENANZA (AP), para que preste sus servicios en el Instituto Alicantino de Cultura Juan Gil-Albert, Organismo Autónomo de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en horario de tarde de 14:00 horas a 21:00 horas.
Todos los aspirantes que aprueben el ejercicio teórico, entrarán a formar parte de una bolsa de empleo, cuya vigencia máxima será de dos años, a contar desde la publicación del candidato seleccionado. 
Los cometidos del puesto consistirán en ejecutar y gestionar los servicios de atención e información al público visitante de la Sede del Instituto  
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. 
I.- Para poder participar en estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 
a)
Tener la nacionalidad española. También podrán acceder como personal laboral temporal, en igualdad de condiciones que los españoles, a los empleos públicos: 
a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o nacionales de aquellos Estados, a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.  
a.2) El cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. 
Todos estos aspirantes deberán acompañar a su solicitud la documentación que acredite las condiciones que se alegan. 
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. El Instituto Alicantino de Cultura Juan Gil-Albert se reserva el derecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebas considere pertinentes para evaluar el cumplimiento de este requisito. 
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 
e) Certificado de Estudios Primarios, Libro de Escolaridad o equivalente  
II.- De conformidad con lo establecido en Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias de esta plaza, acreditándose las condiciones personales de aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar competente. 
En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes. 
III.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta el nombramiento. 
TERCERA.- SOLICITUDES. 
I.-
Quienes deseen tomar parte en este procedimiento, lo solicitarán en instancia dirigida al Sr. Presidente del Instituto Alicantino de Cultura Juan Gil-Albert, en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones o requisitos exigidos en la Base Segunda, adjuntando a la instancia fotocopia del Documento Nacional de Identidad, y curriculum vitae. El modelo de instancia se facilitará en las dependencias del Instituto, y a través de la página web del mismo 
(http://www.diputacionalicante.es/es/IAC_Gil_Albert/Paginas/InicioIAC.aspx
Las personas con discapacidad deberán aportar fotocopia de la certificación del órgano competente, que acredite tal condición, así como el tipo y graduación de la misma. 
II.- Las Bases de la Convocatoria y Anexos a las mismas se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.). 
III.- El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el B.O.P. 
Las instancias y documentación oportunas se presentarán en horas hábiles, de lunes a viernes, en el Registro General del Instituto Alicantino de Cultura Juan GilAlbert, sito en la calle San Fernando número 44, de Alicante, Casa Bardin, o en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 
IV.- Los efectos administrativos de la Convocatoria se producirán desde la fecha en que se publiquen en el B.O.P. las presentes bases. 
V.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará Edicto en el B.O.P., la lista de admitidos y excluidos, la Comisión técnica de valoración  y fecha del primer ejercicio.
Las demás publicaciones se harán en la página web (http://www.diputacionalicante.es/es/IAC_Gil_Albert/Paginas/InicioIAC.aspx

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