Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas
en la Orden APU73416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27 de
noviembre), modificada por Orden PRE/2061/2009, de 23 de junio («Boletín Oficial del
Estado» del 30 de julio).
Bases específicas
La presente convocatoria, se publicará en la página www.administración.gob.es, en la
página web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.meyss.es/itss y en la
página web del Departament de Empresa i Ocupació de la Generalitat de Cataluña www.gencat.cat/empreaiocupacio.
1. Descripción de las plazas
1.1.A) Se convocan pruebas selectivas para cubrir un total de 35 plazas del Cuerpo
Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, código A1502, por el sistema
general de acceso libre; 12 plazas son las comprendidas en el anexo I del Real Decreto
196/2015 de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el
año 2015, 19 plazas se convocan en virtud de lo previsto en el artículo 3 Real Decreto-ley
3/2015, de 22 de marzo, por el que se prevé una oferta de empleo público extraordinaria y
adicional para luchar contra el fraude en los servicios públicos, para el impulso del
funcionamiento de la Administración de Justicia y en aplicación de las medidas previstas
en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la
Administración Local y otras cuatro plazas se convocan a petición del Departament de
Empresa i Ocupació de la Generalitat de Cataluña en base a lo establecido en el apartado
B.2 del Real Decreto 206/2010, de 26 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios
a la Generalitat de Cataluña en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social y sus normas de desarrollo, y cuyo destino será en la
Generalitat de Cataluña en puestos de su Relación de Puestos de Trabajo
Del total de las 35 plazas antes señaladas, se reservarán dos plazas para quien tenga
la condición legal de persona con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o
superior al 33 por 100, ...
3. Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta
convocatoria.
4. Titulación
Los aspirantes deberán estar en posesión o condiciones de obtener el título de Doctor,
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado antes de la finalización del plazo de presentación
de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite,
en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
5. Nacionalidad
Solo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido
en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
7.2 La presentación de solicitudes se podrá realizar por cualquiera de los siguientes
medios:
a) Los interesados podrán formalizar su solicitud en soporte papel, rellenando e
imprimiendo el modelo 790 referido en el punto anterior y presentándolo en el Registro
General del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, así como en los registros de las
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado y
en los Registros del Departament de Empresa y Ocupació de la Generalitat de Cataluña y
de sus servicios territoriales, ...
b) Los interesados podrán realizar el registro electrónico de su solicitud a través de
Internet, en el portal del ciudadano www.administracion.gob.es (Empleo Público y BecasEmpleo
Público-Inscripción en pruebas selectivas)
7.3 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en un plazo de veinte días naturales
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado»{del 4 al 23 de septiembre de 2015, a.i.} y en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña», y se
dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. En el caso de que
la publicación no fuese simultánea, los plazos se computarán a partir de la publicación de
la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La no presentación de ésta en
tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
7.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
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