Objeto de los premios y régimen de la convocatoria.
1. El objeto de los premios es reconocer y valorar actuaciones ejemplares de
innovación y experimentación en orientación y en formación profesional, de manera que
estas buenas prácticas, consecuencia del esfuerzo compartido en la búsqueda de la
mejora en la acción educativa y profesional, sirvan de modelo e inspiración a otros
profesionales y centros educativos. Con ello se busca estimular la iniciativa del profesorado,
del alumnado, de los centros educativos y de las empresas, reconociendo y promoviendo
el trabajo colaborativo, la iniciativa y el espíritu emprendedor a través de proyectos de
innovación e investigación que supongan un incremento en la calidad del proceso
educativo y de la orientación profesional.
Ámbito de convocatoria.
Las candidaturas deberán ser promovidas por centros docentes españoles sostenidos
con fondos públicos en los que se impartan enseñanzas de Formación Profesional del
Sistema Educativo, regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, en su redacción
dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
En el caso de la innovación en orientación profesional también podrán promover
candidaturas los centros de Enseñanza Secundaria, Centros específicos de Formación
Profesional, Centros de Educación de Personas Adultas y Centros Integrados de
Formación Profesional, siempre y cuando dichas candidaturas correspondan a labores
realizadas por los orientadores o equipos pertenecientes a los departamentos de
orientación.
Las candidaturas promovidas por estos centros podrán corresponder a proyectos,
trabajos y experiencias realizados por:
1. Profesores a título individual, o en colaboración con el centro educativo.
2. Equipos de profesores.
3. Equipos de profesores y alumnos.
Solicitud y plazos de presentación de la documentación.
1. El plazo de presentación será hasta el día 30 de septiembre de 2015, inclusive.
2. Los Centros Educativos que deseen acceder a esta convocatoria deberán formular
su solicitud mediante el formulario de inscripción que figura como Anexo III de la presente
Resolución, y que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadanomecd/sede-electronica.html,
sección «Trámites y Servicios». También podrá descargarse
en el Portal TodoFP: www.todofp.es.
3. La solicitud, una vez cumplimentada, podrá presentarse en el registro del Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte (calle Los Madrazo, 15-17, 28014 Madrid)
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