MINISTERIO DE EDUCACIÓN Ayudas
Orden EDU/1364/2010, de 21 de mayo, por la que se convocan ayudas para participar en el programa Campus científicos de verano con alumnos de enseñanza secundaria y bachillerato. PDF (BOE-A-2010-8456 - 4 págs. - 178 KB)
Otros formatosPrimero.- Se convocan 300 ayudas en régimen de concurrencia competitiva para participar en el año 2010 en el Programa «Campus Científicos de Verano con alumnos de enseñanza secundaria y bachillerato». Los Campus se desarrollarán del 4 al 31 de julio de 2010 en institutos y/o departamentos de investigación adscritos a los Campus de Excelencia Internacional (CEI) o Regional (CER) en dos turnos de 14 días de duración cada uno (1.º de Bachillerato del 4 al 17 de julio; 4.º de ESO del 18 al 31 de julio) en las siguientes sedes: Andalucía: Universidad de Córdoba.
Asturias: Universidad de Oviedo.
Cantabria: Universidad de Cantabria.
Galicia: Universidad de Santiago de Compostela.
Cataluña: Universidad de Barcelona y Universidad Autónoma-Universidad Politécnica.
Madrid: Universidad Autónoma, Universidad Complutense, Universidad Politécnica y Universidad Carlos III.
Otros formatosPrimero.- Se convocan 300 ayudas en régimen de concurrencia competitiva para participar en el año 2010 en el Programa «Campus Científicos de Verano con alumnos de enseñanza secundaria y bachillerato». Los Campus se desarrollarán del 4 al 31 de julio de 2010 en institutos y/o departamentos de investigación adscritos a los Campus de Excelencia Internacional (CEI) o Regional (CER) en dos turnos de 14 días de duración cada uno (1.º de Bachillerato del 4 al 17 de julio; 4.º de ESO del 18 al 31 de julio) en las siguientes sedes: Andalucía: Universidad de Córdoba.
Asturias: Universidad de Oviedo.
Cantabria: Universidad de Cantabria.
Galicia: Universidad de Santiago de Compostela.
Cataluña: Universidad de Barcelona y Universidad Autónoma-Universidad Politécnica.
Madrid: Universidad Autónoma, Universidad Complutense, Universidad Politécnica y Universidad Carlos III.
Segundo.–Constituye el objeto de los Campus incentivar el acceso de los estudiantes a titulaci ones científico-técnicas, apoyar la permanencia en el primer año de los estudios de Grado para consolidar las vocaciones en estos ámbitos, que los estudiantes conciban el conocimiento científico como un saber integrado que se estructura en distintas áreas científicas, así como su aplicación en la resolución de problemas en diversos campos de la investigación científica y de la innovación, transmitir a los estudiantes la experiencia científica directa, así como los valores, fundamentos y procesos metodológicos de la ciencia, conectar la vida no universitaria y la universitaria y potenciar la convivencia entre estudiantes de diferentes comunidades autónomas.
Tercero. –Podrán participar en los Campus alumnos/as que en el curso 2009/2010 estén cursando 4.º curso de Educación Secundaria Obligatoria o primer curso de Bachillerato del área científica en centros docentes españoles y que tengan una nota media mínima en el curso escolar 2008-2009 de 7,5.
Cuarto.–La propuesta de los alumnos participantes será efectuada por profesores de centros escolares españoles de dichos niveles educativos que podrán presentar hasta tres candidatos cada uno. Los citados profesores serán los encargados de difundir el Programa entre los alumnos.
La selección de los alumnos se efectuará por una Comisión mixta constituida por un representante de la FECYT nombrado por su Director, un representante del Ministerio de Educación designados por el Secretario General de Universidades y el coordinador de los Campus de cada una de las universidades sede de la actividad.
La selección de los alumnos se efectuará por una Comisión mixta constituida por un representante de la FECYT nombrado por su Director, un representante del Ministerio de Educación designados por el Secretario General de Universidades y el coordinador de los Campus de cada una de las universidades sede de la actividad.
Sexto.–La ayuda cubre la totalidad de los gastos de matrícula en el curso, materiales, actividades, alojamiento, asistencia de monitores y manutención de los alumnos quienes contarán, asimismo, con un seguro que cubra las contingencias de accidente y responsabilidad civil durante el desarrollo de los Campus. Corresponde al Ministerio de Educación el abono del cincuenta por ciento de los gastos, con lo que la cuantía individual de la ayuda financiada por el Ministerio será de hasta 500 euros, siendo de cuenta de la FECYT el abono del cincuenta por ciento restante, de acuerdo con lo establecido en el convenio de colaboración suscrito.
El traslado de los alumnos desde sus lugares de origen hasta los Campus, así como desde éste hasta sus domicilios será de cuenta de los alumnos, sin que proceda el abono de ayuda alguna por este concepto.
Séptimo.–Antes del día 3 de junio los profesores encargados de efectuar las propuestas harán llegar la relación de candidatos propuestos con su puntuación a la dirección electrónica http://www.campuscientificos.es/ .
La tramitación de las ayudas se efectuará por la FECYT de acuerdo con lo establecido en el correspondiente convenio de colaboración.
Antes del día 15 de junio, el Secretario General de Universidades, por delegación del Ministro, a propuesta de la Comisión Mixta a que se refiere el apartado Cuarto, dictará resolución aprobando la lista definitiva de alumnos admitidos en el programa y sus suplentes que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
El traslado de los alumnos desde sus lugares de origen hasta los Campus, así como desde éste hasta sus domicilios será de cuenta de los alumnos, sin que proceda el abono de ayuda alguna por este concepto.
Séptimo.–Antes del día 3 de junio los profesores encargados de efectuar las propuestas harán llegar la relación de candidatos propuestos con su puntuación a la dirección electrónica http://www.campuscientificos.es/ .
La tramitación de las ayudas se efectuará por la FECYT de acuerdo con lo establecido en el correspondiente convenio de colaboración.
Antes del día 15 de junio, el Secretario General de Universidades, por delegación del Ministro, a propuesta de la Comisión Mixta a que se refiere el apartado Cuarto, dictará resolución aprobando la lista definitiva de alumnos admitidos en el programa y sus suplentes que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
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