Subvenciones. Orden EDU/1372/2010, de 20 de mayo, por la que se publica la convocatoria para la subvención de acciones con cargo al programa de Estudios y Análisis, destinadas a la mejora de la calidad de la enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario en el año 2010.
Objeto y plazo de ejecución.-El objeto de esta orden es hacer pública la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con cargo al programa de Estudios y Análisis de la Dirección General de Política Universitaria, para la realización de trabajos en alguna de las dos modalidades siguientes:
A) Trabajos de análisis sobre las líneas que a continuación se relacionan:
1. Mejora de la gestión y administración del sistema universitario español, de los procesos decisionales y de los mecanismos de rendición de cuentas.
2. Mejora de las herramientas que inciden en la innovación docente, la calidad de la actividad docente y su evaluación.
3. Políticas contra la exclusión social y de fomento de la igualdad de oportunidades en el acceso a los estudios superiores, integración e igualdad de género y análisis de la situación de la mujer en los diversos ámbitos del conocimiento.
4. Análisis de la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior.
5. Formación y movilidad del profesorado.
B) Propuestas de estudio sobre los temas específicos que se detallan a continuación:
1. Perfil y condiciones académicas y sociales de la vida de los estudiantes universitarios españoles.
2. Costes de modernización de la carrera docente del PDI o de la carrera profesional del PAS y de acciones destinadas a la atracción estratégica de talento al sistema universitario español.
3. Estrategias de optimización de los espacios urbanístico-arquitectónicos para la implantación de modalidades innovadoras de enseñanza-aprendizaje y adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).
4. Modelos de impacto y seguimiento del programa Campus de Excelencia Internacional.
5. Indicadores cuantitativos y cualitativos referidos al ámbito de becas y ayudas universitarias.
6. Desarrollo de una herramienta de obtención, procesamiento, tratamiento y explotación de la información.
7. Desarrollo teórico-práctico de indicadores económico-financieros del Sistema Universitario Español.
8. Análisis de variables e indicadores en el ámbito de la I+D+i de las universidades.
El plazo de ejecución para todos los trabajos subvencionados será el 30 de junio de 2011. El resultado del estudio deberá remitirse en soporte informático, con el estudio en un formato no propietario (pdf editable no protegido, rtf, etc.), y acompañado de los archivos de datos necesarios (un archivo guía en texto y el resto en formatos habituales procesables con herramientas de uso común).
Requisitos de las solicitudes, formalización y plazo de presentación.- 1. Podrán presentar solicitudes las universidades públicas, o privadas sin ánimo de lucro, los centros públicos de investigación y las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro en los que presten servicios los profesores o investigadores responsables de las propuestas, siempre que no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas o para la contratación con el Estado u otros entes públicos.
2. No se aceptará más de una solicitud por investigador responsable.
3. Las propuestas de análisis que se presenten a la modalidad A) deberán encuadrarse solamente en una de las líneas especificadas para dicha modalidad, y serán rechazadas si en el impreso de solicitud figuran dos o más líneas. Los evaluadores podrán proponer a la Comisión de Selección el traslado de una propuesta a otra línea distinta de la originalmente señalada cuando lo consideren apropiado. Las propuestas de estudios presentadas a la modalidad B) deberán ajustarse a las orientaciones especificadas en cada caso.
4. No se tendrán en consideración las propuestas que carezcan de interés general para el sistema universitario, ni los estudios restringidos a asignaturas, departamentos, centros o universidades específicos.
5. El formulario de solicitud estará disponible en la dirección electrónica http://educacion.es/universidades/ea. Una vez debidamente cumplimentado el formulario en todos sus apartados a través de los medios telemáticos habilitados para ello en la citada página web, se deberán confirmar y enviar los siguientes archivos en formato electrónico:
a) Un plan de trabajo en el que se especifiquen:
1.º Objetivos de la propuesta.
2.º Composición del grupo de trabajo.
3.º Calendario de actividades y fechas previstas de conclusión y entrega del trabajo (fecha límite: 30 de junio de 2011).
4.º Memoria económica en la que especifique y justifique el presupuesto solicitado, desglosado según los conceptos establecidos en el artículo 4.2 de esta orden.
5.º Cualquier otra información que pudiera ser relevante para la correcta evaluación de la solicitud.
En el caso de las propuestas de estudios presentadas a la modalidad B) deberán adjuntar el desarrollo ajustado a lo señalado en el artículo 1.B).
b) Un currículo abreviado del responsable y de los demás miembros del grupo de trabajo (con un máximo de cinco páginas por currículo), con indicación de las contribuciones más relevantes en relación con la propuesta.
6. Una vez confirmado el envío telemático de la solicitud y de los archivos de los documentos electrónicos señalados en el apartado anterior, se deberá imprimir el formulario de solicitud y presentarlo firmado y sellado por el representante legal de la entidad solicitante de la subvención y por el responsable de la propuesta. La entidad solicitante se comprometerá a apoyar la correcta realización de la acción en el caso de que ésta sea financiada, así como a delegar en el responsable de la propuesta los trámites que puedan derivarse de la aplicación del apartado 9 de este artículo y del artículo 5.3 de esta orden.
En el caso de no haber prestado su conformidad para la verificación de los datos de identidad de acuerdo con el artículo único del Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, al formulario de solicitud se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad del responsable de la propuesta o su equivalente en el caso de ciudadanos de la Unión Europea, o de la tarjeta de residente en vigor en el caso de ciudadanos de otros países.
7. Los formularios de solicitud se presentarán directamente en el Registro General del Ministerio de Educación (c/ Los Madrazo, 17), o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
A estos efectos, se hace constar que los registros de las universidades no producen efecto en cuanto al cumplimiento de los plazos.
8. El plazo máximo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado». {del 29 de Mayo al 17 de Junio de 2010, a.i.}
A) Trabajos de análisis sobre las líneas que a continuación se relacionan:
1. Mejora de la gestión y administración del sistema universitario español, de los procesos decisionales y de los mecanismos de rendición de cuentas.
2. Mejora de las herramientas que inciden en la innovación docente, la calidad de la actividad docente y su evaluación.
3. Políticas contra la exclusión social y de fomento de la igualdad de oportunidades en el acceso a los estudios superiores, integración e igualdad de género y análisis de la situación de la mujer en los diversos ámbitos del conocimiento.
4. Análisis de la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior.
5. Formación y movilidad del profesorado.
B) Propuestas de estudio sobre los temas específicos que se detallan a continuación:
1. Perfil y condiciones académicas y sociales de la vida de los estudiantes universitarios españoles.
2. Costes de modernización de la carrera docente del PDI o de la carrera profesional del PAS y de acciones destinadas a la atracción estratégica de talento al sistema universitario español.
3. Estrategias de optimización de los espacios urbanístico-arquitectónicos para la implantación de modalidades innovadoras de enseñanza-aprendizaje y adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).
4. Modelos de impacto y seguimiento del programa Campus de Excelencia Internacional.
5. Indicadores cuantitativos y cualitativos referidos al ámbito de becas y ayudas universitarias.
6. Desarrollo de una herramienta de obtención, procesamiento, tratamiento y explotación de la información.
7. Desarrollo teórico-práctico de indicadores económico-financieros del Sistema Universitario Español.
8. Análisis de variables e indicadores en el ámbito de la I+D+i de las universidades.
El plazo de ejecución para todos los trabajos subvencionados será el 30 de junio de 2011. El resultado del estudio deberá remitirse en soporte informático, con el estudio en un formato no propietario (pdf editable no protegido, rtf, etc.), y acompañado de los archivos de datos necesarios (un archivo guía en texto y el resto en formatos habituales procesables con herramientas de uso común).
Requisitos de las solicitudes, formalización y plazo de presentación.- 1. Podrán presentar solicitudes las universidades públicas, o privadas sin ánimo de lucro, los centros públicos de investigación y las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro en los que presten servicios los profesores o investigadores responsables de las propuestas, siempre que no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas o para la contratación con el Estado u otros entes públicos.
2. No se aceptará más de una solicitud por investigador responsable.
3. Las propuestas de análisis que se presenten a la modalidad A) deberán encuadrarse solamente en una de las líneas especificadas para dicha modalidad, y serán rechazadas si en el impreso de solicitud figuran dos o más líneas. Los evaluadores podrán proponer a la Comisión de Selección el traslado de una propuesta a otra línea distinta de la originalmente señalada cuando lo consideren apropiado. Las propuestas de estudios presentadas a la modalidad B) deberán ajustarse a las orientaciones especificadas en cada caso.
4. No se tendrán en consideración las propuestas que carezcan de interés general para el sistema universitario, ni los estudios restringidos a asignaturas, departamentos, centros o universidades específicos.
5. El formulario de solicitud estará disponible en la dirección electrónica http://educacion.es/universidades/ea. Una vez debidamente cumplimentado el formulario en todos sus apartados a través de los medios telemáticos habilitados para ello en la citada página web, se deberán confirmar y enviar los siguientes archivos en formato electrónico:
a) Un plan de trabajo en el que se especifiquen:
1.º Objetivos de la propuesta.
2.º Composición del grupo de trabajo.
3.º Calendario de actividades y fechas previstas de conclusión y entrega del trabajo (fecha límite: 30 de junio de 2011).
4.º Memoria económica en la que especifique y justifique el presupuesto solicitado, desglosado según los conceptos establecidos en el artículo 4.2 de esta orden.
5.º Cualquier otra información que pudiera ser relevante para la correcta evaluación de la solicitud.
En el caso de las propuestas de estudios presentadas a la modalidad B) deberán adjuntar el desarrollo ajustado a lo señalado en el artículo 1.B).
b) Un currículo abreviado del responsable y de los demás miembros del grupo de trabajo (con un máximo de cinco páginas por currículo), con indicación de las contribuciones más relevantes en relación con la propuesta.
6. Una vez confirmado el envío telemático de la solicitud y de los archivos de los documentos electrónicos señalados en el apartado anterior, se deberá imprimir el formulario de solicitud y presentarlo firmado y sellado por el representante legal de la entidad solicitante de la subvención y por el responsable de la propuesta. La entidad solicitante se comprometerá a apoyar la correcta realización de la acción en el caso de que ésta sea financiada, así como a delegar en el responsable de la propuesta los trámites que puedan derivarse de la aplicación del apartado 9 de este artículo y del artículo 5.3 de esta orden.
En el caso de no haber prestado su conformidad para la verificación de los datos de identidad de acuerdo con el artículo único del Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, al formulario de solicitud se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad del responsable de la propuesta o su equivalente en el caso de ciudadanos de la Unión Europea, o de la tarjeta de residente en vigor en el caso de ciudadanos de otros países.
7. Los formularios de solicitud se presentarán directamente en el Registro General del Ministerio de Educación (c/ Los Madrazo, 17), o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
A estos efectos, se hace constar que los registros de las universidades no producen efecto en cuanto al cumplimiento de los plazos.
8. El plazo máximo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado». {del 29 de Mayo al 17 de Junio de 2010, a.i.}
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