martes, 25 de mayo de 2010

9 Administrativos de Administración General, de grupo C1, Bases. Ajuntament d'Alcoi.

AYUNTAMIENTO DE ALCOY. Convocatoria para cubrir nueve (9) plazas de Administrativo de Administración General, de grupo C1, vacantes en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, de las cuales ocho (8) por Oposición Libre (códigos 1300609, 1300613, 1300632, 1300682, 1300688, 1300689, 1300690 y 1300691), estando las tres últimas reservadas para personas con discapacidad, y una (1) por Concurso-Oposición de Promoción Interna (código 1300692).
Preliminar: La convocatoria que regula estas bases está sujeta también a lo que determinan las Bases Genéricas del Ayuntamiento de Alcoy, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, número 291, del día 21 de diciembre de 2006.
Objeto de la convocatoria: cubrir las plazas que figuran en el epígrafe.
Las plazas serán asignadas según el orden que figura en el encabezado de la convocatoria, acumulándose en su caso al turno libre general aquellas plazas reservadas a personas con discapacidad o al turno de promoción interna que pudieran quedar desiertas.
Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos turnos, libre o de promoción interna.
Funciones de las plazas convocadas: las plazas de referencia se destinan a la realización de las funciones propias de la categoría que se convoca, según vienen figuradas expresamente en el anexo número II de estas bases.
Requisitos específicos del turno libre: Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente. Las equivalencias de los títulos deben ser acreditadas por los propios aspirantes, exigiéndose Certificación sobre las equivalencias a cargo de la autoridad académica competente.
Los aspirantes que opten a las plazas deldeberán aportar el reconocimie turno libre reservadas para personas con discapacidad nto de la minusvalía, certificado por el Centro de Orientación, Diagnóstico y Tratamiento de los Servicios Sociales de la Conselleria de Bienestar Social, que acredite tener una discapacidad de grado igual o superior al 33%.

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