Las bases de la convocatoria se adjuntan a continuación:
Bases de la convocatoria para la dotación de una bolsa de trabajo al efecto de hacer frente a las necesidades temporales, esporádicas o urgentes para el Servicio de Ayuda A Domicilio (SAD).
Objeto y características de la convocatoria.- 1.- Objeto de la convocatoria. El objeto de la convocatoria consiste en la creación de una bolsa de trabajo de Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD), al efecto de hacer frente a las necesidades temporales de personal de dicha categoría que puedan surgir por ausencias, bajas, necesidades urgentes, etc., en cualquiera de las áreas de actividad del Ayuntamiento de La Nucía.
2.- La contratación o nombramiento a realizar se adaptará a las disposiciones legales vigentes en la fecha de la firma del contrato de obra o servicio determinado, interinidad, acumulación de tareas, o nombramiento de funcionario interino.
3.- Adscripción Temporal. El aspirante que forme parte de la presente bolsa de trabajo deberá aceptar de inmediato el desempeño temporal de las tareas de SAD. La adscripción se realizará por Resolución de la Alcaldía indicando el motivo de la misma y se notificará a la persona interesada.
2.- La contratación o nombramiento a realizar se adaptará a las disposiciones legales vigentes en la fecha de la firma del contrato de obra o servicio determinado, interinidad, acumulación de tareas, o nombramiento de funcionario interino.
3.- Adscripción Temporal. El aspirante que forme parte de la presente bolsa de trabajo deberá aceptar de inmediato el desempeño temporal de las tareas de SAD. La adscripción se realizará por Resolución de la Alcaldía indicando el motivo de la misma y se notificará a la persona interesada.
El rechazo de cualquier oferta para ser destinado temporalmente, supondrá que el aspirante responsable será pospuesto al final de la lista de la bolsa de trabajo. Si el aspirante está en situación de incapacidad temporal será informado de la posibilidad de ser adscrito temporalmente a la realización de éstas tareas, debiendo presentar inexcusablemente el alta médica para poder ser destinado.
4.- Retribuciones. El aspirante adscrito temporalmente a la realización de las tareas de Servicio de Ayuda a Domicilio, percibirá las retribuciones básicas correspondientes al grupo AP y las complementarias correspondientes al puesto de trabajo efectivamente ocupado.
5.- Vigencia de la Bolsa de Trabajo.- Se mantendrá en vigor la presente bolsa de trabajo en tanto existan aspirantes en la lista correspondiente, o no sea sustituida por otra nueva, en cuyo caso la presente quedará anulada automáticamente.
Requisitos.-1.- Las personas que aspiren a ocupar el puesto de trabajo deberán reunir los siguientes requisitos:
5.- El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. {del 1 al 10 de Junio de 2010, a.i.}
4.- Retribuciones. El aspirante adscrito temporalmente a la realización de las tareas de Servicio de Ayuda a Domicilio, percibirá las retribuciones básicas correspondientes al grupo AP y las complementarias correspondientes al puesto de trabajo efectivamente ocupado.
5.- Vigencia de la Bolsa de Trabajo.- Se mantendrá en vigor la presente bolsa de trabajo en tanto existan aspirantes en la lista correspondiente, o no sea sustituida por otra nueva, en cuyo caso la presente quedará anulada automáticamente.
Requisitos.-1.- Las personas que aspiren a ocupar el puesto de trabajo deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o la de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación e trabajadores/ras, en los términos previstos en la Ley estatal que regula esta materia. Los nacionales de otros Estados deberán demostrar un conocimiento adecuado del castellano.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su
caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública; ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
2.- Los requisitos exigidos deberán reunirse por las personas interesadas en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.
Solicitudes.-1.- Las personas que deseen participar en la selección lo solicitarán mediante instancia dirigida al señor Alcalde de este Ayuntamiento, en la que harán constar que reúnen todos los requisitos establecidos en las Bases, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
2.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o a través de cualquier medio previsto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo, en este caso, las personas interesadas deberán comunicarlo, dentro del plazo de presentación de instancias, bien por fax o telegrama.
3.- Las tasas por derechos de examen para participar en el procedimiento selectivo están fijadas en 30 €. La falta de pago será motivo de exclusión del procedimiento de selección.
El importe sólo será devuelto cuando el aspirante no fuera admitido por falta de los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas.
4.- La instancia deberá ir acompañada, inexcusablemente, de la siguiente documentación:
a- Fotocopia del DNI o documento equivalente a efectos de esta convocatoria.
b- Fotocopia del Título Exigido.
c- Currículum Vitae.
d- Documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados.
e- Justificante del pago de los derechos de examen, y que deberá ingresarse en la siguiente cuenta bancaria de Caixa Altea: Entidad: 3045 Oficina: 0002 Dígito Control: 51 cuenta número: 1661961126
En cualquier momento del proceso, la Comisión de Selección podrá solicitar a los candidatos que acrediten la veracidad de los méritos alegados, mediante cotejo o compulsa con los documentos originales.b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su
caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del certificado de escolaridad o equivalente.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública; ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
2.- Los requisitos exigidos deberán reunirse por las personas interesadas en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.
Solicitudes.-1.- Las personas que deseen participar en la selección lo solicitarán mediante instancia dirigida al señor Alcalde de este Ayuntamiento, en la que harán constar que reúnen todos los requisitos establecidos en las Bases, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
2.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o a través de cualquier medio previsto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo, en este caso, las personas interesadas deberán comunicarlo, dentro del plazo de presentación de instancias, bien por fax o telegrama.
3.- Las tasas por derechos de examen para participar en el procedimiento selectivo están fijadas en 30 €. La falta de pago será motivo de exclusión del procedimiento de selección.
El importe sólo será devuelto cuando el aspirante no fuera admitido por falta de los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas.
4.- La instancia deberá ir acompañada, inexcusablemente, de la siguiente documentación:
a- Fotocopia del DNI o documento equivalente a efectos de esta convocatoria.
b- Fotocopia del Título Exigido.
c- Currículum Vitae.
d- Documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados.
e- Justificante del pago de los derechos de examen, y que deberá ingresarse en la siguiente cuenta bancaria de Caixa Altea: Entidad: 3045 Oficina: 0002 Dígito Control: 51 cuenta número: 1661961126
5.- El plazo de presentación de instancias será de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. {del 1 al 10 de Junio de 2010, a.i.}
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia