jueves, 20 de mayo de 2010

ajudes per a l'adequació, reforma o construcció de consultoris auxiliars d'atenció primària a la Comunitat Valenciana per a l'exercici 2010.

Conselleria de Sanitat

ORDE 6/2010, de 6 de maig, de la Conselleria de Sanitat, per la qual s'establixen les bases reguladores i es convoquen ajudes per a l'adequació, reforma o construcció de consultoris auxiliars d'atenció primària a la Comunitat Valenciana per a l'exercici 2010. [2010/5687] (pdf 1.002KB)

Objeto y ámbito.- 1. El objeto de la presente orden es establecer el régimen de concesión de ayudas de la Agencia Valenciana de Salud para el ejercicio 2.010 para el desarrollo del programa de actuación complementaria para la adecuación, reforma o construcción de Consultorios Auxiliares municipales de atención primaria en la Comunitat Valenciana.

2. El régimen de ayudas será de aplicación tal y como se determina en los siguientes artículos.
Actuaciones subvencionables.-1. Las ayudas que se convocan son en concepto obras de adecuación, reforma o construcción de consultorios auxiliares municipales de atención primaria. Se entenderá por obras de adecuación o reforma aquellas que aparecen definidas en el artículo 6 de la Ley de 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
2. La subvención concedida solo se destinará a financiar el coste de ejecución de la obra civil con IVA. Consecuentemente, no se sufragarán los gastos generados con ocasión de la redacción del proyecto técnico, estudios de seguridad, los que se deriven de la dirección de obra, o cualquier otro que no esté directamente relacionado con la ejecución de la obra.
3. Las ayudas que se establecen en la presente orden tendrán la consideración de subvención a fondo perdido, siendo el porcentaje de ayuda a aplicar, el 100% del importe solicitado, sin que este pueda superar al coste de ejecución del correspondiente proyecto aprobado, o el de adjudicación en su caso.
Beneficiarios.- Podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas reguladas en la presente orden los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que ostenten la titularidad del suelo en el caso de nueva construcción o de ampliación, o de la disponibilidad del local en la que se propone la adecuación o reforma del consultorio auxiliar.
b) Que dispongan, previamente a la solicitud de esta ayuda, de la memoria, el anteproyecto o el proyecto de obra correspondiente, previamente revisado, informado o supervisado por el Área de Infraestructuras y Mantenimiento de la Dirección General de Recursos Económicos de la Agencia Valenciana de Salud.
Presentación de solicitudes.- A la solicitud, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo I, firmada por la presidencia de la corporación local o representación autorizada del ayuntamiento, se adjuntará la siguiente documentación: ...
Lugar de presentación de solicitudes y plazo.- 1. La solicitud de ayuda, dirigida a la Dirección General de Recursos Económicos, se presentará, junto con la documentación requerida, en la Dirección Territorial de Sanidad de la provincia donde radique el consultorio auxiliar para el que se solicita la subvención, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo para presentar las solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. [del 21 de Mayo al 21 de Junio de 2010, a.i.]

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