miércoles, 19 de mayo de 2010

Ayuntamiento de Moncada (L'Horta Nord-València) sobre aprobación de bases constitución bolsas de temporales de trabajo.

Anuncio del Ayuntamiento de Moncada sobre aprobación de bases constitución bolsas de temporales de trabajo.
Expte.: UP 38-2010.
La Alcaldía por resolución nº 541/2010, de 10 de mayo, ha dictado el siguiente acuerdo:
1. Aprobar el texto de las bases de los criterios generales para la constitución y funcionamiento de bolsas de empleo temporal, para proveer provisionalmente puestos de trabajo de personal funcionario interino o contratado en régimen laboral para causas previstas legalmente, por el sistema de concurso, y que se acompañan como anexo.
2. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento.
ANEXO
CRITERIOS GENERALES PARA LA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE BOLSAS DE EMPLEO TEMPORAL PARA PROVEER PROVISIONALMENTE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO O CONTRATADO EN RÉGIMEN LABORAL PARA CAUSAS PREVISTAS LEGALMENTE, POR EL SISTEMA DE CONCURSO.
Primero. Objeto de la Bolsa: Esta Bolsa de Empleo Temporal, tiene por objeto regular la provisión temporal de los puestos de trabajo de personal funcionario o laboral de la plantilla municipal (incluye OO.AA.), mediante el nombramiento de personal funcionario interino o laboral temporal en las formas previstas en la actual legislación.
Segundo. Condiciones generales de los aspirantes.- 2.1. Según lo dispuesto en el artículo 56 del Estatuto Básico del Empleado Público, tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente.
2.1.1. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, como personal funcionario o laboral, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones públicas. Estas previsiones serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. El acceso al empleo público como personal funcionario, se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Los extranjeros anteriormente referidos, así como los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles.
2.1.2. Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
2.1.3. Estar en posesión de la titulación requerida para cada puesto convocado. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la Credencial que acredite su homologación.
2.1.4. Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de las funciones de los puestos de trabajo ofertados.
2.1.5. No hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
2.1.6. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, de cualquier Administración o empleo público.
2.1.7. Los/las aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.2. Las condiciones para ser admitido/a a las pruebas, deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión o contratación en régimen laboral.
Serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los otros aspirantes, a excepción de lo establecido en el requisito 2.1.4.
Tercero: Solicitudes, documentación y plazo de presentación.- Quienes reúnan los requisitos señaladas en el artículo segundo y deseen formar parte de la presente convocatoria, lo solicitaran mediante instancia dirigida al Señor/a Alcalde/sa-Presidente/a del Ayuntamiento de MONCADA, que será facilitada al efecto en el Registro de Entrada, y presentada en el mismo, sito en Cl. Major nº 63, o en la forma que determina el artículo 38.4 Ley 30/1992 de 26 de noviembre Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común (LRJAP).
Cuarto: Presentación de solicitudes y documentación.- La Documentación que deberá acompañarse a cada una de las solicitudes será la siguiente:
1. Declaración jurada de "No estar inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas ni haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública o empleo público".
2. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, o documento legal que lo sustituya.
3. Fotocopia de la titulación requerida o documento oficial equivalente. La equivalencia deberá ser acreditada por el/la aspirante.
4. Fotocopia del informe de vida laboral emitida por la Seguridad Social.
5. Fotocopia de la documentación que acredite los méritos que el solicitante aporta en base a la puntuación y forma de acreditación establecida por el Anexo I de las Bases de esta Convocatoria.
Transcurrido el plazo de presentación de instancias no se admitirá ninguna documentación que no haya sido presentada dentro de dicho plazo.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del edicto de la Convocatoria en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de MONCADA. [del 20 al 31 de Mayo de 2010, a.i.]
Publicidad: Las presentes Bases, la convocatoria, así como la composición nominal del Tribunal de Selección, se publicarán en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, en Bandos Municipales y en la Página Web. http://www.moncada.es/opencms/moncada/ca

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia