MINISTERIO DE CULTURA
Ayudas
Resolución de 23 de abril de 2010, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan ayudas a la difusión del teatro y del circo y a la comunicación teatral y circense en 2010.
Finalidad, objeto y ámbito de aplicación.—La presente resolución tiene por objeto la regulación de las ayudas al teatro y al circo en régimen de concurrencia competitiva del INAEM, en el marco de las competencias de este organismo y de acuerdo con los objetivos que tiene encomendados en orden a la preservación del patrimonio cultural teatral y circense y a su difusión en el ámbito del territorio del Estado y fuera de sus fronteras, favoreciendo especialmente la comunicación entre las distintas Comunidades Autónomas, la igualdad de todos los ciudadanos en el acceso a los bienes culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos.
Beneficiarios.—Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución para cada modalidad de ayuda. Los solicitantes deberán tener la nacionalidad de cualquiera de los Estados de la Unión Europea y demás Estados asociados al Espacio Económico Europeo, con excepción de los considerados paraísos fiscales en el Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio.
Asimismo, podrán solicitar ayuda las personas y entidades indicadas en el apartado segundo 2 de la Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre (Boletín Oficial del Estado de 8 de enero de 2005).
Modalidades de ayuda y requisitos para participar en cada una de ellas.—Las modalidades de ayuda que se convocan, incluidas en los distintos programas de actuación del INAEM en este ámbito, son las enumeradas a continuación:
A. Programa de difusión del teatro en el ámbito nacional:
A1.1 Apoyo a las giras teatrales por el territorio nacional.
A1.2 Apoyo a las giras por el territorio nacional de proyectos de nueva creación teatral.
A1.3 Apoyo a las giras por el territorio nacional de proyectos teatrales interautonómicos.
A2 Apoyo a programaciones de ámbito nacional en salas privadas de teatro.
A3 Concertaciones bienales.
B. Programa de difusión del teatro en el ámbito internacional:
B1 Apoyo a las giras teatrales por el extranjero.
B2 Apoyo a las producciones teatrales en el extranjero.
C. Programa de difusión y desarrollo técnico del circo:
C1 Apoyo a las giras circenses por el territorio nacional.
C2 Apoyo a las giras circenses por el extranjero.
C3 Ayudas complementarias a la infraestructura móvil circense.
D. Programa de apoyo a la comunicación teatral y circense:
D1 Ayudas a la realización de festivales, ferias, muestras, circuitos y otras actividades teatrales.
D2 Ayudas a la realización de festivales, ferias, muestras, circuitos y otras actividades circenses.
D3 Ayudas complementarias a la comunicación teatral y circense con las Comunidades Autónomas insulares y Ceuta y Melilla.
D4 Ayudas complementarias a la sobretitulación de espectáculos.
Solicitudes.—Las solicitudes, dirigidas al Sr. Director General del INAEM, deberán ajustarse al modelo publicado en el Anexo I de esta resolución y acompañarse de los restantes Anexos, todos ellos fechados y firmados:
Anexo II (el correspondiente a la modalidad solicitada): Descripción del proyecto y datos necesarios para la valoración del mismo. Este anexo se acompañará, en su caso, de la documentación acreditativa de los datos declarados.
Anexo III: Declaraciones responsables exigidas en esta convocatoria, incluyendo la de otras ayudas, subvenciones o patrocinios obtenidos o solicitados para financiar el proyecto.
Anexo IV: Presupuesto del proyecto.
Dichos modelos también se encuentran disponibles en la página web:
Ayudas
Resolución de 23 de abril de 2010, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan ayudas a la difusión del teatro y del circo y a la comunicación teatral y circense en 2010.
Finalidad, objeto y ámbito de aplicación.—La presente resolución tiene por objeto la regulación de las ayudas al teatro y al circo en régimen de concurrencia competitiva del INAEM, en el marco de las competencias de este organismo y de acuerdo con los objetivos que tiene encomendados en orden a la preservación del patrimonio cultural teatral y circense y a su difusión en el ámbito del territorio del Estado y fuera de sus fronteras, favoreciendo especialmente la comunicación entre las distintas Comunidades Autónomas, la igualdad de todos los ciudadanos en el acceso a los bienes culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos.
Beneficiarios.—Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución para cada modalidad de ayuda. Los solicitantes deberán tener la nacionalidad de cualquiera de los Estados de la Unión Europea y demás Estados asociados al Espacio Económico Europeo, con excepción de los considerados paraísos fiscales en el Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio.
Asimismo, podrán solicitar ayuda las personas y entidades indicadas en el apartado segundo 2 de la Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre (Boletín Oficial del Estado de 8 de enero de 2005).
Modalidades de ayuda y requisitos para participar en cada una de ellas.—Las modalidades de ayuda que se convocan, incluidas en los distintos programas de actuación del INAEM en este ámbito, son las enumeradas a continuación:
A. Programa de difusión del teatro en el ámbito nacional:
A1.1 Apoyo a las giras teatrales por el territorio nacional.
A1.2 Apoyo a las giras por el territorio nacional de proyectos de nueva creación teatral.
A1.3 Apoyo a las giras por el territorio nacional de proyectos teatrales interautonómicos.
A2 Apoyo a programaciones de ámbito nacional en salas privadas de teatro.
A3 Concertaciones bienales.
B. Programa de difusión del teatro en el ámbito internacional:
B1 Apoyo a las giras teatrales por el extranjero.
B2 Apoyo a las producciones teatrales en el extranjero.
C. Programa de difusión y desarrollo técnico del circo:
C1 Apoyo a las giras circenses por el territorio nacional.
C2 Apoyo a las giras circenses por el extranjero.
C3 Ayudas complementarias a la infraestructura móvil circense.
D. Programa de apoyo a la comunicación teatral y circense:
D1 Ayudas a la realización de festivales, ferias, muestras, circuitos y otras actividades teatrales.
D2 Ayudas a la realización de festivales, ferias, muestras, circuitos y otras actividades circenses.
D3 Ayudas complementarias a la comunicación teatral y circense con las Comunidades Autónomas insulares y Ceuta y Melilla.
D4 Ayudas complementarias a la sobretitulación de espectáculos.
Solicitudes.—Las solicitudes, dirigidas al Sr. Director General del INAEM, deberán ajustarse al modelo publicado en el Anexo I de esta resolución y acompañarse de los restantes Anexos, todos ellos fechados y firmados:
Anexo II (el correspondiente a la modalidad solicitada): Descripción del proyecto y datos necesarios para la valoración del mismo. Este anexo se acompañará, en su caso, de la documentación acreditativa de los datos declarados.
Anexo III: Declaraciones responsables exigidas en esta convocatoria, incluyendo la de otras ayudas, subvenciones o patrocinios obtenidos o solicitados para financiar el proyecto.
Anexo IV: Presupuesto del proyecto.
Dichos modelos también se encuentran disponibles en la página web:
http://www.mcu.es/artesEscenicas/SC/becasAyudasSubvenciones/index.html .
Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.—Las solicitudes podrán presentarse en los servicios correspondientes de las Comunidades Autónomas o en las dependencias centrales del INAEM (Plaza del Rey, 1, 28004, MADRID), sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la LRJ-PAC. La solicitud también podrá presentarse por Internet a través de la oficina virtual —Registro Electrónico— del Ministerio de Cultura:
Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.—Las solicitudes podrán presentarse en los servicios correspondientes de las Comunidades Autónomas o en las dependencias centrales del INAEM (Plaza del Rey, 1, 28004, MADRID), sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la LRJ-PAC. La solicitud también podrá presentarse por Internet a través de la oficina virtual —Registro Electrónico— del Ministerio de Cultura:
( http://www.mcu.es/registro/procedimientos.jsp ), siempre que se posea un certificado de firma electrónica con plena validez.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. [del 5 al 24 de Mayo de 2010, a.i.]
El plazo para la presentación de las solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. [del 5 al 24 de Mayo de 2010, a.i.]
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