Conselleria d'Indústria, Comerç i Innovació
ORDRE 8/2010, de 25 de març, de la Conselleria d'Indústria, Comerç i Innovació, per la qual es regulen les ajudes del Pla IVEX EXIT per a l'exercici 2010. [2010/3452] (pdf 462KB)
importe global máximo de 1.440.000,00 €.
Objeto y ámbito.- El objeto de la presente orden es establecer el régimen de la concesión de ayudas destinadas a poner en marcha un Plan de Competitividad de la internacionalización de las empresas de la Comunitat Valenciana, durante el ejercicio 2010, favoreciendo la realización de actuaciones de carácter singular en los mercados internacionales, que permitan mejorar el nivel de competitividad de nuestro tejido productivo.
ORDRE 8/2010, de 25 de març, de la Conselleria d'Indústria, Comerç i Innovació, per la qual es regulen les ajudes del Pla IVEX EXIT per a l'exercici 2010. [2010/3452] (pdf 462KB)
importe global máximo de 1.440.000,00 €.
Objeto y ámbito.- El objeto de la presente orden es establecer el régimen de la concesión de ayudas destinadas a poner en marcha un Plan de Competitividad de la internacionalización de las empresas de la Comunitat Valenciana, durante el ejercicio 2010, favoreciendo la realización de actuaciones de carácter singular en los mercados internacionales, que permitan mejorar el nivel de competitividad de nuestro tejido productivo.
Beneficiarios de las ayudas.- 1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas las asociaciones empresariales con independencia de la forma jurídica que adopten y las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro radicadas en la Comunitat Valenciana, así como los miembros asociados de éstas que participen, en nombre y por cuenta de la asociación o entidad de la que son miembros, en algunas de las acciones subvencionables (concretamente de las contempladas en el apartado 1 del artículo 5 de esta orden), organizadas por las citadas asociaciones o entidades, conforme a lo previsto en el artículo 11.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Podrán asimismo ser beneficiarios de las ayudas las empresas con domicilio social o establecimiento principal de producción/prestación de servicios ubicado en la Comunitat Valenciana que participen, a título individual, en las acciones previstas.
Presentación de solicitudes y plazo.- 1. Las solicitudes y la documentación anexa para la obtención de las ayudas reguladas por la presente orden, deberán dirigirse a la Dirección General de Internacionalización y presentarse mediante el impreso normalizado en el Registro General de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación (calle Colón nº 32, 46004 Valencia).
2. Podrán asimismo ser beneficiarios de las ayudas las empresas con domicilio social o establecimiento principal de producción/prestación de servicios ubicado en la Comunitat Valenciana que participen, a título individual, en las acciones previstas.
Presentación de solicitudes y plazo.- 1. Las solicitudes y la documentación anexa para la obtención de las ayudas reguladas por la presente orden, deberán dirigirse a la Dirección General de Internacionalización y presentarse mediante el impreso normalizado en el Registro General de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación (calle Colón nº 32, 46004 Valencia).
2. El impreso normalizado de solicitud se cumplimentará utilizando la aplicación diseñada para estas ayudas que aparece en la página web del IVEX, < www.ivex.es >, o bien cumplimentando un impreso facilitado por el IVEX.
7. Los solicitantes podrán ejecutar los proyectos desde el 1 de enero de 2010, sin esperar a que la concesión de la ayuda se produzca y sin que ello prejuzgue la decisión que finalmente se adopte.
8. El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana hasta el 23 de abril de 2010.
7. Los solicitantes podrán ejecutar los proyectos desde el 1 de enero de 2010, sin esperar a que la concesión de la ayuda se produzca y sin que ello prejuzgue la decisión que finalmente se adopte.
8. El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana hasta el 23 de abril de 2010.
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