ORDRE 7/2010, de 25 de març, de la Conselleria d'Indústria, Comerç i Innovació, per la qual es regulen les ajudes per al suport a l'assistència a fires internacionals en territori nacional (AFIN), per a l'exercici 2010. [2010/3370] (pdf 385KB)
Por un importe global máximo de 1.875.000,00 €.
Objeto y ámbito.- El objeto de la presente orden es establecer el régimen de la concesión de ayudas con el objeto de apoyar la participación de las empresas de la Comunitat Valenciana en las ferias internacionales que se celebran en territorio nacional.
Beneficiarios de las ayudas y acciones apoyables.- 1. Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente orden las empresas con personalidad jurídica propia y domicilio social o establecimiento principal de producción ubicado en la Comunitat Valenciana que participen durante el ejercicio 2010 en certámenes feriales en territorio nacional, que se consideren internacionales por la Secretaría de Estado de Comercio.
2. Las ayudas establecidas irán destinadas a apoyar la contratación del espacio ferial por parte de la empresa participante.
3. Podrán concederse subvenciones para financiar los gastos relativos a un número máximo de una acción por empresa. Sólo en los casos de certámenes que celebren dos ediciones en el mismo año, podrán financiarse los gastos relativos a ambas ediciones que deberán detallarse en la misma solicitud.
4. Las ayudas previstas en la presente orden podrán alcanzar una intensidad de hasta el 60% del coste (IVA excluido), con un límite de 10.000 € por empresa, siempre que el presupuesto mínimo elegible sea el que corresponda a la contratación de un mínimo de 32 mts2. En el caso de certámenes que celebren dos ediciones en el mismo año, se tomará en consideración la suma del espacio contratado en ambas.
Presentación de solicitudes y plazo.- 1. Las solicitudes y la documentación anexa para la obtención de las ayudas reguladas por la presente orden, deberán dirigirse a la Dirección General de Internacionalización y presentarse mediante el impreso normalizado en el Registro General de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación (calle Colón, 32 46004 Valencia), o en cualesquiera otra de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una Oficina de Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que sea fechada y sellada por la oficina de correos antes de ser certificada.
2. El impreso normalizado de solicitud se cumplimentará utilizando la aplicación diseñada para estas ayudas que aparece en la página web del IVEX, < www.ivex.es >, o bien cumplimentando un impreso facilitado por el IVEX.
3. Los solicitantes podrán remitir al IVEX su solicitud y los demás documentos electrónicos de forma provisional vía internet, utilizando la aplicación informática mencionada en el apartado 2.
4. Este envío deberá convalidarse mediante la presentación del impreso de solicitud y documentación anexa en el lugar establecido en el apartado 1, dentro del plazo indicado en el apartado 8 del presente artículo.
La presentación de la solicitud lleva implícita la aceptación de las bases de esta convocatoria.
8. Los solicitantes podrán haber iniciado la ejecución de sus proyectos a partir del 1 de enero de 2010.
9. El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana siendo la fecha límite el 21 de mayo 2010.
2. Las ayudas establecidas irán destinadas a apoyar la contratación del espacio ferial por parte de la empresa participante.
3. Podrán concederse subvenciones para financiar los gastos relativos a un número máximo de una acción por empresa. Sólo en los casos de certámenes que celebren dos ediciones en el mismo año, podrán financiarse los gastos relativos a ambas ediciones que deberán detallarse en la misma solicitud.
4. Las ayudas previstas en la presente orden podrán alcanzar una intensidad de hasta el 60% del coste (IVA excluido), con un límite de 10.000 € por empresa, siempre que el presupuesto mínimo elegible sea el que corresponda a la contratación de un mínimo de 32 mts2. En el caso de certámenes que celebren dos ediciones en el mismo año, se tomará en consideración la suma del espacio contratado en ambas.
Presentación de solicitudes y plazo.- 1. Las solicitudes y la documentación anexa para la obtención de las ayudas reguladas por la presente orden, deberán dirigirse a la Dirección General de Internacionalización y presentarse mediante el impreso normalizado en el Registro General de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación (calle Colón, 32 46004 Valencia), o en cualesquiera otra de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una Oficina de Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que sea fechada y sellada por la oficina de correos antes de ser certificada.
2. El impreso normalizado de solicitud se cumplimentará utilizando la aplicación diseñada para estas ayudas que aparece en la página web del IVEX, < www.ivex.es >, o bien cumplimentando un impreso facilitado por el IVEX.
3. Los solicitantes podrán remitir al IVEX su solicitud y los demás documentos electrónicos de forma provisional vía internet, utilizando la aplicación informática mencionada en el apartado 2.
4. Este envío deberá convalidarse mediante la presentación del impreso de solicitud y documentación anexa en el lugar establecido en el apartado 1, dentro del plazo indicado en el apartado 8 del presente artículo.
La presentación de la solicitud lleva implícita la aceptación de las bases de esta convocatoria.
8. Los solicitantes podrán haber iniciado la ejecución de sus proyectos a partir del 1 de enero de 2010.
9. El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana siendo la fecha límite el 21 de mayo 2010.
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